Lineamientos para continuidad del aislamiento obligatorio en Bogotá

15·JUN·2020
Conoce el Decreto 143 que imparte lineamientos para la continuidad del aislamiento obligatorio en Bogotá
Conoce el Decreto 143 que imparte lineamientos para la continuidad del aislamiento obligatorio en Bogotá
Decreto 143

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Bogotá, 15 de junio de 2020. 

 

@juridicadistri

 

El Decreto 143 decreta medidas para dar continuidad al aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas en el territorio de Bogotá D.C., a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de julio de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19.

Dentro del mismo periodo establecido en el artículo 1º del Decreto 143 y para entrar a cualquier establecimiento a realizar actividades tales como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y por mayor, de servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano de entidades públicas, y de prestación de cualquier otro tipo de servicios excepto los de abastecimiento, salud, farmacia y servicios funerarios, se atenderá la siguiente condición:

1. En los días impares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en digito impar.

2. En los días pares no podrán acceder a estos servicios y establecimientos, las personas cuya cédula o documento de identidad termina en digito par.

 

Conoce todas las medidas y el Decreto 143 aquí