Decreto 113 toma medidas transitorias en los Fondos de desarrollo local

Decreto 113 sobre medidas transitorias en los Fondos de desarrollo local
Decreto 113 sobre medidas transitorias en los Fondos de desarrollo local
Publicado:
17
Abr
2020

Únete a nuestro canal de noticias en WhatsApp

Escucha la noticia

Bogotá, 17 de abril de 2020.

@juridicadistri

 

El decreto 113 adopta medidas excepcionales y transitorias en el manejo presupuestal de los Fondos de desarrollo local, para atender la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto ley 417 de 2020 y la calamidad pública declarada en Bogotá D.C. por el Decreto Distrital 87 de 2020, debido a la situación epidemiológica causada por el COVID-19, ejecutando los recursos a través delSistema "Bogotá solidaria en casa" y del Sistema Distrital para la mitigación del impacto económico, el fomento y la reactivación económica de Bogotá D.C.

Por este motivo, los alcaldes locales ordenarán el gasto de estos recursos, de acuerdo a lo establecido en los respectivos Manuales Operativos de dichos sistemas.

Bajo el principio de solidaridad podrán destinarse parte de estos recursos de una localidad a otra, para atender la población focalizada que durante la emergencia y calamidad pública aún se mantenga desprotegida.

 

Conoce el decreto Distrital aquí