La Administración Distrital activó un mecanismo para denunciar actos de corrupción a través de un botón, publicado en las páginas web de las entidades del distrito, y que busca desarrollar un gobierno cercano, íntegro, que involucre a la ciudadanía y sus organizaciones en la gestión pública.
¿Qué es corrupción?
Cuando una persona se aprovecha de su posición, liderazgo o del cargo que desempeña en una entidad pública, para buscar beneficios personales o beneficiar a terceros, mediante el uso o desvío de recursos públicos.
¿Cómo puedo denunciarla?
A través de internet, ingresa al Portal Bogotá, a la página web de Secretaría General www.secretariageneral.gov.co o a cualquier página de las entidades públicas del Distrito y haz clic en el botón “Denuncie Actos de Corrupción”.
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¿Si no tengo internet qué otras opciones hay?
De manera presencial en los SuperCADE, CADE, o a llamando a la línea 195, opción 1.
¿Qué tipo de denuncias puedo hacer?
Si notas algún movimiento sospechoso por parte de funcionarios o contratistas que trabajen en las entidades públicas del distrito o por parte de personas que quieran beneficiarse o enriquecerse indebidamente con los recursos públicos, debes repórtalo para realizar la debida investigación. También puedes denunciar todo acto que dañe o afecte los recursos públicos.
¿Cómo funciona este mecanismo de denuncias?
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas-Bogotá te escucha, recibe las denuncias por posibles actos de corrupción, las clasifica y remite a las Oficinas de Control Interno Disciplinario de las entidades competentes; sí se da inicio a una investigación disciplinaria, se comunicará a la Procuraduría General de la Nación y a la Personería de Bogotá.
¿Cómo puedo hacer seguimiento a mi denuncia?
Con el número de radicado que te arroja el sistema en el momento que pones la denuncia. Ingresas la página web de la Secretaría General, a través del siguiente enlace: https://sdqs.bogota.gov.co/sdqs/publico/hojaRuta/.
En cuánto tiempo me responden la denuncia
Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la radicación de la denuncia (según los términos establecidos en la Ley 1755 de 2015), el ciudadano recibirá un correo electrónico a la dirección registrada, con información sobre las gestiones iniciales que se adelantarán. En el caso de las denuncias anónimas deberás consultarlo con el número de radicado.
¿Cómo clasifican y direccionan esas denuncias?
Dependiendo de la denuncia, se envía a la oficina de control interno disciplinario de la entidad a donde pertenezca el funcionario público que ha sido denunciado.
Si yo como ciudadano denuncio un acto de corrupción fuera de Bogotá, ¿Qué manejo le dan a esta denuncia?
Se recibe y se traslada a la entidad del orden nacional que corresponda.
¿La identidad del denunciante se hace pública o se protegen los datos personales?
En todos los canales de atención al ciudadano, debe garantizarse la protección de la identidad del denunciante y la reserva de la información. Los colaboradores que hacen parte del ciclo de la recepción y gestión de una denuncia, firman compromisos de confidencialidad.
Sin embargo, el denunciante debe tener en cuenta que:
- Al iniciarse la investigación disciplinaria y vincular formalmente al presunto responsable de una falta disciplinaria, este puede tener conocimiento y acceso al expediente, según los artículos 91 y 92 de la Ley 734 de 2002.
- Las actuaciones disciplinarias se reservan hasta que se formule pliego de cargos o se ordene el archivo definitivo del expediente (artículo 95 Ley 734 de 2002).
- En el marco de un proceso penal, el investigado tiene derecho a conocer en todo momento el texto y contenido de la denuncia penal promovida en su contra, según lo establecido por la Corte Suprema de Justicia en Sala de Casación Penal.
¿Puedo denunciar anónimamente?
Sí, el botón “Denuncie Actos de Corrupción” tiene una opción para denuncias anónimas.