¡Cúmplele a ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’! El Registro de Información Tributaria (RIT) es un documento de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH) que identifica, ubica y clasifica a las personas y entidades en la calidad en la que actúan ya sean contribuyentes, declarantes, agentes de retención, así como los demás sujetos de obligaciones tributarias distritales o contratistas. ¡Conoce aquí, cómo acceder a este documento y cómo realizar su descarga virtual!
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¿Cómo obtener el Registro de Información Tributaria (RIT) en Bogotá?
- Digita www.haciendabogota.gov.co
- Cuando estés en la web de la entidad, selecciona el botón ‘Solicita o Actualiza tu RIT’.
- Luego da clic en ‘Solicitar RIT por primera vez’. Recuerda, también puedes realizar inscripción o el cese de actividades económicas, registrar la apertura o clausura de establecimientos de comercio o solicitar copia del RIT.
- Diligencia los datos del formulario según corresponda, por ejemplo, si es para persona natural o jurídica, trámite que vas a realizar y datos personales, etc.
- Asegúrate de anexar los archivos correspondientes según el caso y dar ‘Enviar’.
- Revisa el correo que se registró, allí llegará información del trámite.
Consulta en el siguiente video de la Secretaría Distrital de Hacienda, el instructivo para obtener el Registro de Información Tributaria (RIT):
¿Quiénes deben hacer el trámite deL Registro de Información Tributaria (RIT) en Bogotá?
- Las personas naturales o jurídicas que por primera vez tienen una relación con la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) para el pago de impuestos y no se encuentran registradas en la base de datos de la Entidad.
- Toda persona natural o jurídica que desee acceder a los servicios de impuestos Predial, Vehículos, Delineación Urbana, Sobretasa y Publicidad Exterior, desde la nueva Oficina Virtual y que no cuente con la información suficiente en el momento de realizar su autenticación dentro de ella.
- Aquellas personas que tienen alguna obligación tributaria con el Distrito.
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Es importante recordar que los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio tienen un plazo de dos (2) meses, luego de iniciar actividades, para hacer la inscripción. Si ya están inscritos, pueden obtener copia del RIT y/o realizar novedades a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH), accede haciendo clic aquí.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) https://www.catastrobogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.







