En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa cumplimos a tiempo para evitar sanciones y mantener al día nuestras obligaciones tributarias. La Secretaría de Hacienda de Bogotá le recuerda a todos los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que deben cumplir con la presentación de la declaración de retención en la fuente del ICA (ReteICA) correspondiente al quinto bimestre del año gravable 2025 (septiembre-octubre).
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El plazo máximo es hasta el viernes, 21 de noviembre de 2025, después de esta fecha, se aplicarán sanciones por extemporaneidad e intereses moratorios.
¿Qué es la retención del ICA (ReteICA)?
Es un mecanismo de recaudo anticipado del impuesto de Industria y Comercio (ICA) que aplica a los agentes de retención, indicados por la administración distrital, para descontar el valor del impuesto de sus transacciones comerciales gravadas con ICA.
¿Quiénes son agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio (ICA)?
Son personas naturales o jurídicas autorizadas por la administración distrital, para aplicar retenciones en el momento del pagar o abonar en cuenta por actividades industriales, comerciales o de servicios gravadas con el impuesto, como:
- Entidades de derecho público
- Grandes Contribuyentes de la DIAN
- Agentes designados mediante la Resolución DDI-000305 del 16 de enero de 2020, de la Secretaria de Hacienda de Bogotá
- Intermediarios o terceros que intervengan en operaciones económicas sujetas a retención, conforme lo determine el reglamento.
Obligaciones de los agentes retenedores del Impuesto de Industria y Comercio (ICA)
Como lo señalan las normas vigentes los agentes retenedores del ICA tienen la obligación de retener, declarar, pagar y certificar, esa certificación debe incluir los siguientes datos:
- Año gravable y ciudad donde se practicó la retención
- Nombre o razón social y NIT del retenedor
- Dirección del agente retenedor
- Nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le hizo la retención.
- Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
- Concepto y cuantía de la retención efectuada.
- Firma del pagador o agente retenedor.
Así se liquida y paga la retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA)
- Ingrese a www.haciendabogota.gov.co
- En la Oficina Virtual, elija la opción Impuesto de Industria y Comercio
- Con el usuario y contraseña del contribuyente, liquide la retención del impuesto, presente la declaración y pague en línea, o si lo prefiere, genere y descargue el recibo para pagar en los bancos autorizados.
Próximo plazo
La fecha límite para el pago del 6to. bimestre (noviembre-diciembre) es el viernes 16 de enero de 2026.
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Importancia de la retención
La retención del ICA asegura el recaudo anticipado del impuesto y facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes, al descontar el impuesto en el momento de la transacción.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/es . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.







