Todo lo que necesitas saber sobre la Lotería de Bogotá: respondemos a tus dudas

Lotería de Bogotá: Respondemos a tus inquietudes sobre el juego Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá
En el Portal Bogotá resolvemos todas tus dudas o inquietudes acerca de La Lotería de Bogotá y su forma de jugarlo.
Publicado:
13
Jun
2024

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La Lotería de Bogotá ha sido una tradición en la capital colombiana por décadas, ofreciendo no solo la oportunidad de cambiar vidas a través de sus premios, sino también contribuyendo a importantes causas sociales. Sin embargo, muchos ciudadanos todavía tienen dudas y curiosidades sobre cómo funciona este emblemático juego de azar.

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Con ayuda de la Lotería de Bogotá, respondemos las preguntas más frecuentes por los ciudadanos para que puedas participar con toda la información necesaria y aumentar tus posibilidades de ganar.

Portal Bogotá (PB):¿A qué hora juega la Lotería de Bogotá y por qué medio se transmite?

Lotería de Bogotá (LB): De acuerdo con el cronograma de sorteos ordinarios emitido por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, la Lotería de Bogotá inicia su juego todos los jueves a partir de las 10:25 p. m., dependiendo de los espacios en televisión, por el Canal Uno, salvo en los casos en que por circunstancias ajenas a nuestra voluntad deba retrasarse.

De acuerdo con el Decreto 3034 de 2013, en caso de ser el día jueves festivo, el sorteo podrá realizarse en un día de la misma semana.

(PB): ¿Cómo comprar la Lotería de Bogotá?

(LB): Puedes comprar Lotería de Bogotá de muchas maneras:

  • En nuestro portal web (www.loteriadebogota.com). A continuación, un instructivo de registro, compras y cobro de premios a través de la página web aquí.
  • Con nuestros loteros o distribuidores de lotería física (Nuestros Distribuidores)
  • En Puntos Paga Todo
  • En Loticolombia.
  • En Efecty 
  • En Puntos Punto de Pago 
  • En puntos CODENSA

(PB): ¿Cómo saber que un billete o fracción de la Lotería de Bogotá es auténtico?

(LB): Para resolver este interrogante, la Lotería de Bogotá estableció las siguientes recomendaciones para los compradores de billetes y / o fracciones físicas preimpresas:

  • Verifica que el número y fecha del sorteo no presenten señales de adulteración.
  • Verifica que el valor del billete y de la fracción del actual plan de premios sea de $18.000 el billete y $6.000 la fracción.
  • Al frotar con una moneda la casilla marcada en el frente del billete con la frase “FROTE CON UNA MONEDA” debe aparecer la palabra “AUTÉNTICO”.

(PB): ¿Cómo se reclama el premio de la Lotería? ¿Cuál es el debido proceso?

-Premios menores a SEIS SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTES (6 SMLMV) los puedes cobrar a través de su lotero de confianza o en un punto de venta los cuales puedes consultar en el siguiente enlace. (Distribuidores, Lotería de Bogotá)

- Premios mayores a SEIS SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES VIGENTES (6 SMLMV)
Estos pagos los realiza directamente la Lotería de Bogotá, para lo cual se deben presentar en la dirección carrera 32 A # 26 – 14 Bogotá los siguientes documentos:

  • Billete o fracción original en perfecto estado, con la información diligenciada al respaldo por parte del ganador.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía
  • Carta de autorización dirigida a la Lotería de Bogotá, donde autorizas o solicitas sea consignado el valor del premio ganado a determinada cuenta bancaria o a través de cheque.
  • Si decides que le sea consignado el premio, debes anexar certificación bancaria donde se certifique que la cuenta bancaria está activa y está a tu nombre.
  • Diligenciar el formato SIPLAFT el cual puedes descargar haciendo clic aquí. 

Nota 1: Si estás fuera de Bogotá puedes llevar esta documentación a un punto de venta y/o agencia para que ellos nos la hagan llegar a las oficinas de la Lotería.

Nota 2: No olvides diligenciar siempre la información al reverso y firmar su billete y/o fracción.

2. Para premios ganados por la página web:

El jugador deberá seguir el instructivo de registro, compras y cobro de premios a través de www.loteriadebogota.com (Ver instructivo aquí)

(PB): ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un premio de Lotería?

(LB): El ganador debe presentar el documento de juego para su cobro, en un término máximo de un (1) año contado a partir de la fecha de realización del sorteo; vencido ese término opera la prescripción extintiva del derecho. El término de prescripción se interrumpe con la sola presentación del documento ganador al operador. (Artículo 12, Ley 1393 de 2010).

(PB): ¿Hacen algún tipo de asesoramiento a las personas que ganan el premio?

(LB): La Lotería de Bogotá a través de los profesionales del área de la Dirección de Operación de Producto y Comercialización, brinda una asesoría y unos tips a los jugadores que son ganadores de premios millonarios, de cómo pueden invertir su dinero; esta información también la puede conocer la ciudadanía a través del siguiente vídeo.

(PB): Al momento de pagar un premio ¿Cuánto porcentaje es descontado del premio? ¿Por qué motivo?

(LB): En el juego de lotería tradicional el operador del juego está abocado a aplicar la retención en la fuente respecto de dos impuestos diferentes.

  • Retención en la fuente sobre el impuesto a ganadores (artículo 48 de la Ley 643 de 2001) que corresponde al 17 % del valor total del premio. Al no estar definida una base mínima de retención, esta se aplica a todos los premios sin importar su monto.
  • Retención en la fuente por ganancia ocasional (estatuto tributario) corresponde al 20 % del valor del premio. Para este ocaso, el estatuto tributario y el Decreto Único Tributario establecen una base de retención en la fuente (48 UVT). Esto quiere decir que esta retención solo aplica para aquellos premios cuyo valor sea igual o superior a la base, se aplicará la retención correspondiente.

(PB): Si no cae el número ganador a ninguna persona, ¿Qué se hace con el premio?

(LB): El juego de lotería tradicional tiene un modelo de operación basado en la constitución de reservas técnicas para el pago de premios. Por regla general tiene un retorno teórico del 40 %, esto es que de sus ventas el 40 % va con destino al pago de premios. El juego en todos los sorteos entrega miles de premios, sin embargo, en algunos casos estos no llegan a ser superiores en valor al 40 % de las ventas. Esa diferencia se abona a la reserva técnica.

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Pero también hay eventos en los que la premiación es muy superior al 40 % de las ventas. En estos casos los premios se pagan con lo que ya está fondeado en la reserva técnica.

En conclusión, cuando no cae un premio el dinero se lleva a la reserva técnica en las condiciones definidas en la normativa. Esto para garantizar que cuando llegue a caer la empresa operadora del juego cuente con los recursos suficientes para el pago.

Para más información, te invitamos a unirte al canal de difusión de la Lotería de Bogotá  aquí