Paso a paso para canjear los bonos por alimentos de noviembre ¡Toma nota!

15·NOV·2023
Hasta el 29 de noviembre de 2023, personas con discapacidad podrán acercarse a los almacenes habilitados Colsubsidio y Cencosud para cajear los bonos.
Paso a paso para canjear bonos por alimentos en noviembre de 2023Secretaría Distrital de Integración Social - SDIS
La fecha límite para canjearlos es el 29 de noviembre de 2023

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Las personas con discapacidad y/o cuidadoras y cuidadores, vinculados al servicio de bonos canjeables por alimentos de la Subdirección para la Discapacidad de la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS), podrán llevar a cabo el proceso para recibir los bonos correspondientes al mes en vigencia en las 20 localidades de la ciudad, hasta el 29 de noviembre de 2023. 

A continuación te contamos todo lo que debes saber para realizar el canje de bonos, que beneficiará a 12.900 personas residentes en Bogotá:

¿Cómo se puede canjear el bono?

Las personas beneficiarias de los servicios sociales de la Secretaría Distrital de Integración Social pueden acercarse a los supermercados que tienen asignados en su localidad de residencia (Colsubsidio o Jumbo-Metro) y, luego de conocer el convenio al cual pertenecen, con el número de la cédula, que ya aparece registrado, podrán acceder al canje de alimentos por el valor de $180.000 cada bono.

En el siguiente post de la Secretaría Distrital de Integración Social en la red social X puedes consultar más información:

¿En qué horario puedo realizar el canje?

Las y los beneficiarios se podrán acercar al punto más cercano a su lugar de residencia, sin restricción de horario, de 8:00 a.m. a 9:00 p.m., de lunes a domingo. No olvides que no podrás realizar el canje del bono en un almacén diferente al asignado en tu localidad de residencia. 

¿Cuál supermercado está asignado en mi localidad?

Para llevar a cabo el canje, las personas beneficiarias podrán dirigirse a:

  • Almacenes Colsubsidio, en las localidades de Antonio Nariño, Chapinero, Usme, Bosa, Kennedy, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Teusaquillo, Barrios Unidos, Sumpaz, Usaquén y Engativá.
     
  • Cencosud (Jumbo y Metro), en las localidades de Ciudad Bolívar, La Candelaria, San Cristóbal, Tunjuelito, Fontibón, Los Mártires, Suba y Santa Fe.

¿A quiénes van dirigidos los bonos canjeables?

Los bonos canjeables por alimentos van dirigidos a personas con discapacidad hasta los 59 años, que se encuentren en condición de vulnerabilidad y residan en Bogotá.

Los requisitos para ingresar al servicio son:

  • Contar con medios para preparar y consumir alimentos. (Tener un lugar o espacio definido como cocina en donde puedan transformar los alimentos).
  • Cumplimiento a lo establecido en el documento oficializado: “Acta de compromiso de los participantes con la SDIS” vigente, firmado al inicio del proceso de atención en la modalidad.
  • Persona con discapacidad sin generación de ingresos por concepto de pensión igual o superior a un SMLV.
  • Persona con discapacidad sin generación de ingresos por vinculación laboral formal (superior a tres meses) con un ingreso igual o superior a un SMLV.

¿Qué trámite deben hacer las personas interesadas en acceder a este beneficio?

Deben acercarse a la Subdirección Local de Integración Social más cercana a su lugar de residencia, e iniciar el trámite de solicitud de este servicio. Se debe agotar el procedimiento de focalización, para lo cual se deben aportar los siguientes documentos:

  • Copia del documento de identificación de la persona con discapacidad y de las personas que componen su núcleo familiar.
  • Copia de un recibo de un servicio público, de agua o de luz, del inmueble en donde resida actualmente.
  • Copias del Certificado de Discapacidad no mayor a un año de su fecha de expedición.
  • Copia de consulta de SISBEN.

Es importante resaltar, que el ingreso a los servicios sociales prestados por la entidad se realizará una vez la entidad verifique el cumplimiento de los criterios de identificación, y se cuente con la disponibilidad de cupos, siguiendo rigurosamente el orden de las listas de inscritos, con el fin de garantizar el derecho a la igualdad y el acceso a los servicios por parte de quienes han agotado todo el procedimiento.