A través del Decreto 518 de 2015 (Diciembre 11) se adoptan las medidas administrativas y policivas necesarias para garantizar el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas, de las personas en la Urbanización Santa Rosa de la Localidad de San Cristóbal.
Según informe de riesgo No. 006-15 emitido por la Defensoría Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y DIH del 4 de mayo de 2015, se evidenció que la población de la Localidad de San Cristóbal se encuentra en riesgo de vulneraciones a los derechos humanos.
Un grupo de propietarios de viviendas ubicadas en la Urbanización Santa Rosa promovieron la acción popular No. 2003-01565, solicitando la protección de los derechos colectivos, tales como, moralidad administrativa, seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, seguridad y salubridad pública, goce de un ambiente sano, realización de las construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos respetando las disposiciones jurídica.
El Consejo de Estado amparó el derecho a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente y al goce del medio ambiente sano y, creó el comité de verificación del cumplimiento de la acción popular, instancia integrada por un delegado administrativo de Cundinamarca, los actores populares, principales interesados en el mismo, el Alcalde de Bogotá o su delegado y el representante legal de La Constructora S.A., para el momento del inicio de las construcciones de la urbanización Santa Rosa.
En acatamiento de lo anterior el Instituto Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático - IDIGER, emitió el diagnóstico técnico (CT) 6889 de 2013, el cual concluyó que se está configurando una situación de riesgo público, asociado al deterioro dado por las deficiencias constructivas, las existentes condiciones de humedad, la falta de mantenimiento, ocupación indebida y en general el abandono a que están sujetas las unidades habitacionales de la Ciudadela Santa Rosa.
Dando cumplimiento al Decreto, se concluyó:
Adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar el orden público, la seguridad y la protección de los derechos y libertades públicas.
En relación con los bienes inmuebles adquiridos por Bogotá Distrital Capital en la Urbanización Santa Rosa de la Localidad de San Cristóbal, la Secretaría Distrital de Gobierno adelantará las acciones policivas que correspondan para recuperar su tenencia y posesión.
Asimismo, coordinará las acciones necesarias para garantizar la seguridad, la convivencia pacífica, la participación y el goce efectivo de los derechos humanos de los habitantes la Urbanización Santa Rosa.Bogotá Distrito Capital, a través de las entidades competentes, podrá realizar intervenciones e inversiones en los predios que surjan como producto de la compraventa de los inmuebles que integran la actualmente denominada "Ciudadela Santa Rosa", de la Localidad de San Cristóbal.
Se beberá conformar un Comité de seguimiento que verificará que las disposiciones establecidas en el presente decreto se cumplan mediante la interacción institucional en el marco de las competencias propias de cada una de las entidades.
La Secretaría Técnica del Comité para la coordinación de las actuaciones administrativas tendientes al cumplimiento del presente decreto, será ejercida por la Secretaría Distrital de Gobierno a través de la Alcaldía Local de San Cristóbal.
- El Comité de seguimiento, a través de la Secretaría Técnica, deberá presentar cada dos meses o las veces que sean necesarias, informes del cumplimiento tanto del Plan de Acción como del cronograma de acciones institucionales al Despacho del Alcalde Mayor, por el término que duren las medidas adoptadas y hasta tanto se dé solución definitiva a la problemática, conforme se establezca por el Comité.
Conozca el Decreto 518 de 2015 (Diciembre 11) completo.
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