La Secretaría Distrital de Gobierno le recuerda a la ciudadanía que hasta hoy martes 2 de diciembre de 2014, las 20 Personerías Locales estarán abiertas para que los interesados se inscriban como candidatos a ser elegidos como jueces y juezas de paz y de reconsideración para el periodo 2015-2020.
Requisitos para participar:Las elecciones se llevarán a cabo el día 1 de marzo de 2015, donde se escogerán democráticamente 108 jueces de paz y 40 de reconsideración.
Para ser elegidos, los interesados deberán ser mayores de edad, ciudadanos en ejercicio, estar en pleno goce de los derechos civiles y políticos y residir en la localidad.
Adicionalmente, deberán ser postulados por organizaciones comunitarias, con personería jurídica, o por grupos organizados de vecinos, inscritos en la respectiva Unidad de Planeamiento Zonal o Rural (UPZ/R) habilitadas, excepto las de San Cristóbal, Parque Entrenubes, Mochuelo, Monteblanco, Tintal Norte, Aeropuerto El Dorado, Academia Guaymaral y Parque El Salitre, tal como lo determinó la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Funciones de los jueces y juezas:
Entre las funciones que deben desarrollar las personas elegidas, están las de aplicar con rigor los principios de justicia y paz; apoyar la solución pacífica de conflictos; actuar con equidad en la resolución de los conflictos que se presenten al interior de su respectiva comunidad; promover y facilitar, mediante el diálogo, el entendimiento, la tolerancia, y la solución del conflicto, directamente entre las partes.
Importancia de los jueces y juezas:
Quienes sean elegidos y posesionados se desempeñarán gratuitamente como mediadores en la resolución de conflictos particulares o comunitarios, para que dichas controversias no tengan que ser trasladadas a otras instancias, con los consecuentes costos en tiempo y dinero.
Según la directora de Derechos Humanos y Apoyo a la Justicia, Ada América Millares, “este ejercicio democrático facilitará, entre otros, la resolución pacífica de los conflictos, con lo que contribuimos a la paz y a la justicia social; por lo que invitamos a la ciudadanía para que participen en este proceso democrático y así, contribuyan a la solución pacífica de los conflictos que se presentan entre los ciudadanos y ciudadanas”.
La figura de los jueces de paz y de reconsideración está establecida en la Ley 497 de 1999 y su elección reglamentada en el Decreto No.466 de 2014.
Más información en los sitios en Internet de las alcaldías locales o en las sede de la respectiva alcaldía local.