Bogotá fija nuevas tarifas para el servicio de taxi

8·ENE·2021
Te contamos cuáles serán las tarifas que cobrarán los taxistas en Bogotá durante 2021
La nuevas tarifas de taxi de Bogotá comenzaron a regir a partir del 9 de enero de 2021
La nuevas tarifas de taxi de Bogotá comenzaron a regir a partir del 9 de enero de 2021

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La administración distrital fijó hoy las tarifas de taxi en la ciudad mediante el Decreto 13 de 2021. Estas comenzarán a regir a partir de este 9 de enero.

Para cobrar la nueva tarifa, las conductoras y conductores de taxi de Bogotá deberán realizar la respectiva refrendación de la tarjeta de control, pues dicho documento además de sustentar la operación del vehículo y de acreditar al conductor como el autorizado, debe contener la información relacionada con el valor de las tarifas vigentes.

La actualización de las tarifas de taxi incluye el precio de la unidad, que el taxímetro marca por cada 100 metros recorridos o por cada 24 segundos de espera, el cual se fijó en 85 pesos.

También incluye el precio del arranque, inicio del servicio o banderazo, que se fijó en 2.400 pesos, equivalentes a las 28 unidades que debe marcar el taxímetro al comienzo de la carrera.

La carrera mínima (50 unidades) se fijó en 4.200 pesos y el recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. o por servicios dominicales o en días festivos, en 2.000 pesos.

El recargo por servicios puerta a puerta para cuando el taxi se pide por teléfono o por plataforma tecnológica se fijó en 800 pesos y para las carreras desde y hacia el Aeropuerto o el Puente Aéreo se fijó en 4.200 pesos.

 

Tarifas para el servicio de taxi prestado con plataformas tecnológicas

Para los taxis que prestan servicio con plataformas tecnológicas, el costo por kilómetro recorrido se fijó en 908 pesos, el inicio del servicio, arranque o banderazo se fijó en 2.500 pesos y la carrera mínima en 4.500 pesos, equivalentes a 5 kilómetros de recorrido.

El recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. y por servicios dominicales o en días festivos es de 2.200 pesos en tanto que el recargo por servicios desde y hacia el Aeropuerto y Puente Aéreo se fijó en 4.500 pesos.

Los vehículos que prestan servicio con plataformas tecnológicas podrán acceder al Factor de Seguridad Vial por tres meses, que se fijó en 500 pesos, siempre y cuando el porcentaje de disminución de la tasa de siniestralidad vial de los taxis de Bogotá sea igual o mayor a 20% en el trimestre (enero a marzo, abril a junio, julio a septiembre, octubre a diciembre), con relación al mismo trimestre del año anterior. Durante la emergencia sanitaria este recargo está suspendido.

 

Tarifas para taxis con Factor de Calidad

Para los taxis que operan con plataformas tecnológicas y que además están acreditados con el Factor de Calidad ante la Secretaría Distrital de Movilidad, se fijó una tarifa de 1.029 pesos por kilómetro recorrido.

El inicio del servicio, arranque o banderazo se fijó para estos vehículos en 2.900 pesos, en tanto que el recargo por servicios desde y hacia el Aeropuerto y Puente Aéreo es de 5.100 pesos.

La carrera mínima para taxis con Factor de Calidad se fijó en 5.100 pesos. El recargo por servicios nocturnos entre las 8:00 p.m. y las 5:00 a.m. y por servicios en días domingos y festivos es de 2.500 pesos. Para el servicio puerta a puerta se fijó un recargo de 900 pesos en tanto que el recargo por servicios desde y hacia la Terminal ciudad Salitre es de 600 pesos.

 

Los taxis habilitados con Factor de Calidad deben cumplir con los siguientes requisitos:

 

  1. Ser de color amarillo
  2. Contar con frenos ABS, air bags frontales y apoyacabezas
  3. Tener cuatro (4) puertas laterales
  4. Tener una cabina de pasajeros con capacidad para acomodar a mínimo cinco (5) personas. Incluido el conductor, con un módulo de espacio por pasajero no inferior a cuatrocientos cincuenta milímetros (450 mm) de ancho a la altura de los hombros y con el módulo de silletería de setecientos cincuenta milímetros (750 mm)
  5. Tener una bodega o espacio para el equipaje con capacidad no inferior a cero comas cuatro metros cúbicos (0,40 m3)
  6. El vehículo no debe tener más de tres (3) años desde la fecha de expedición de la licencia de tránsito
  7. Tener una franja lateral, frontal y posterior.
  8. El conductor tendrá el uniforme que la empresa a la que esté vinculado el vehículo determine
  9. Los taxis de propulsión exclusivamente eléctrica estarán autorizados para el cobro del Factor de Calidad, independientemente de las características del automotor, siempre y cuando realicen la solicitud de modificación de la habilitación ante la Secretaría Distrital de Movilidad y cumplan con las disposiciones nacionales. En especial con las contenidas en la Resolución 1056 de 2013 del Ministerio de Transporte o la norma que modifique. Adicione o sustituya.

 

En la actualidad Bogotá cuenta con 26 taxis habilitados para la operación con Factor de Calidad.

Cuadro resumen de tarifas fijadas para los taxis de Bogotá

El cuadro que se presenta a continuación sintetiza la fijación de tarifas de taxi en Bogotá de acuerdo con el Decreto 13 del 8 de enero de 2021.

 

Nuevas tarifas para los taxis en el 2021
Nuevas tarifas para los taxis de Bogotá

 

Para los vehículos del servicio de transporte público individual de pasajeros tipo Taxi en el nivel básico, que utilicen mecanismo de cobro a través de plataforma tecnológica se tendrán en cuenta los parámetros consignados en la siguiente tabla:

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad
Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad

 

Plataformas tecnológicas habilitadas para la prestación del servicio de taxi en Bogotá

En Bogotá operan en la actualidad siete (7) plataformas tecnológicas habilitadas por el Ministerio de Transporte para la prestación del servicio de transporte público individual (taxi). Estas son en orden alfabético:

 

Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad
Fuente: Secretaría Distrital de Movilidad

 

Recomendaciones para usuarios y usuarias del servicio de taxi

  1. Antes de ingresar al vehículo, verifique que los logos indiquen el nombre de la empresa de taxi a la que pertenece.
  2. Al ingresar el vehículo, identifique que la tarjeta de control se encuentre ubicada en la parte trasera del asiento del copiloto a vista completa del pasajero y que en ella esté relacionada la siguiente información:
  • Fotografía reciente del conductor.
  • Número de la tarjeta.
  • Nombre completo del conductor.
  • Grupo Sanguíneo e Información de la EPS y ARL a las que el conductor se encuentra afiliado.
  • Nombre o razón social de la empresa y número de identificación tributaria.
  • Letras y números correspondientes a las placas del vehículo que opera.
  • Firma y sello de la empresa.
  • Número interno del vehículo.

También pueden validar la información del conductor y del vehículo a través de la página web SIMUR: https://www.simur.gov.co/portal-simur/consultas/conductores-taxis/

  1. Revise que el vehículo se encuentre limpio y que cuente con los cinturones de seguridad en funcionamiento. Úselos tan pronto ingrese al vehículo.
  2. Verifique que la conductora o el conductor del taxi lleve puesto el tapabocas y que le cubra la nariz, la boca y el mentón.
  3. Confirme que la conductora o el conductor ponga en funcionamiento el taxímetro al iniciar la carrera y que marque las unidades indicadas para el arranque o banderazo (28 unidades).
  4. Si solicitó el taxi a través de una plataforma tecnológica tenga en cuenta que marcando el destino, la plataforma le indicará el precio de la carrera al inicio y que este no cambia a lo largo de la misma.

 

Cómo interponer una queja por el servicio de taxi

Para interponer una queja por el servicio de taxi, es importante identificar:

  • El motivo y el detalle de la queja
  • La placa y empresa del vehículo
  • Si tomó el servicio en la calle o lo pidió por teléfono o por plataforma
  • El nombre de la empresa o de la plataforma tecnológica
  • El número de unidades que marcó el taxímetro
  • La fecha y hora del servicio
  • El origen y destino de la carrera
  • Los datos de contacto de quien interpone la queja

La queja se puede interponer:

Por teléfono: marcando la línea 195 de atención al ciudadano de la Alcaldía de Bogotá

Por Internet: en el portal Bogotá te Escucha www.bogota.gov.co/sdqsde la Alcaldía de Bogotá

 

Las acciones con el servicio de transporte público individual se realizan en cumplimiento del propósito 4 del Plan Distrital de Desarrollo 2020-2024 ‘Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI’ relacionado con ‘Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible’, en su programa ‘Movilidad segura, sostenible y accesible’ y la meta ‘Definir e implementar un instrumento para la medición y seguimiento de la experiencia del usuario y del prestador del servicio en el transporte público individual’.

 

Conoce y descarga el decreto 013 del 8 de enero de 2021, en el cual se fijan las tarifas de transporte público individual de pasajeros en vehículos tipo taxi en el nivel básico en Bogotá.

 

Descarga el decreto 013 del 8 de enero de 2021