Dueños de antiguo transporte colectivo podrían perder desembolso del Distrito

30·ABR·2022
A la fecha se han presentado los propietarios de 93 vehículos con el objetivo de recibir un reconocimiento económico a través de TRANSMILENIO S.A.
Desembolso del Distrito a antiguos dueños de vehículos de transporteFoto. TransMilenio S.A. Todos los derechos reservados.
El 31 de diciembre de 2021 salieron de circulación los buses del Transporte Público Colectivo (TPC) para dar paso pleno al SITP.

Únete a nuestro canal de noticias en WhatsApp

El Distrito ha estado buscando a los propietarios de 194 vehículos del ya desmontado servicio de Transporte Público Colectivo (TPC), con el fin de que accedan al beneficio de desembolso a su favor y garantizar la desintegración del 100 % de los vehículos del TPC que no se vincularon al sistema SITP.

Dicho desembolso está establecido en el Decreto Distrital 557 de 2021, reglamentado por la Resolución 001 de 2022.

Desde la convocatoria se han presentado ante las oficinas de TRANSMILENIO S.A. los propietarios de 93 vehículos, y quienes aún no se han postulado pueden hacerlo hasta el próximo lunes 2 de mayo.

“Desde TRANSMILENIO S.A. seguimos atentos a las postulaciones de los propietarios de estos vehículos que no fueron vinculados a ninguna de las concesiones del Sistema Integrado de Transporte Público de Bogotá. Para saber si un propietario es beneficiario de este desembolso, debe revisar la Resolución 001 de 2022 y ubicar su placa en las 194 placas que allí se establecen, así como cumplir con todos los requisitos de dicha Resolución”, afirma Tatiana García, Subgerente Jurídica de TRANSMILENIO S.A.

Las postulaciones se han recibido desde febrero de 2022 y se recibirán hasta las 4:00 p.m. de este lunes 2 de mayo en las oficinas de TRANSMILENIO S.A.

Aquellos propietarios que no presenten sus postulaciones en el término indicado perderán la condición de beneficiarios para el desembolso.

¿Quiénes pueden postularse para el beneficio de desembolso?

Las postulaciones las puede hacer directamente el propietario del vehículo y no requiere contar con intermediarios o tramitadores.

¿Dónde y cuándo se reciben las postulaciones para el beneficio del desembolso?

Desde el 1 de febrero de 2022 se dio vía a la recepción de postulaciones por parte de los propietarios de estos vehículos, las cuales se reciben únicamente de forma presencial en las oficinas de TRANSMILENIO S.A., ubicadas en la Av. El Dorado No. 69-76 Edificio Elemento Torre 1 Piso 2, de lunes a viernes en el horario comprendido entre las 9:00 a.m. y las 4:00 p.m.

Documentación requerida a los propietarios

La documentación establecida en la Resolución No. 001 de 2022, para la presentación de la solicitud por parte de los propietarios es la siguiente:

  • Manifestación por escrito y de manera expresa de su voluntad de aceptar el desembolso en las condiciones previstas en el Decreto Distrital 557 de 2021 y en la Resolución 001 de 2022.
  • Manifestación por escrito de la no vinculación del vehículo al Sistema Integrado de Transporte Público (SITP) y de no haber recibido contraprestación alguna por parte del Distrito Capital a través de sus Fondos, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento.
  • Manifestación por escrito de que sobre el vehículo específico que postula no tiene ningún proceso vigente en contra del Distrito Capital y sus entidades descentralizadas en el que reclame el desembolso de recursos. En caso de tenerlo, expresar en el mismo el compromiso de presentar desistimiento o retiro de la acción judicial o medio de control que se haya iniciado, de acuerdo con la etapa procesal en la que se encuentre.
  • Manifestación por escrito de no ser accionista de los concesionarios vigentes y no vigentes del SITP.
  • Copia de la licencia de tránsito del vehículo.
  • Copia del documento de identificación del propietario o de los propietarios.
  • En caso de que el vehículo tenga limitaciones al derecho a la propiedad, con el fin de que se pueda llevar a cabo la desintegración física y la cancelación de la matrícula, se deberá allegar copia de la solicitud presentada a la autoridad o al acreedor prendario, según el caso, de la autorización del levantamiento de las medidas cautelares, gravámenes o limitaciones a la propiedad que figuran en el Registro Nacional Automotor. En los casos en que corresponda a trámites sucesorales, se deberá allegar copia de la solicitud del proceso de partición.
  • En caso de que el vehículo haya sido desintegrado o de que su matrícula haya sido cancelada en cumplimiento de una orden judicial, el propietario deberá allegar los soportes documentales con los que cuente, con el fin de demostrar la realización de los debidos trámites en su momento ante la Administración, los concesionarios o el Ente Gestor para postularse o poder vincularse al SITP, o en su defecto para reponer los automotores.
  • En caso de solicitud por intermedio de apoderado, se deben entregar los documentos que acrediten tal condición.

Si la persona propietaria cumple con los requisitos descritos en los literales a), b), c) y d), podrá efectuar las manifestaciones requeridas en los mismos a través del diligenciamiento del documento denominado “Presentación de solicitud – Decreto No. 557 de 2021”, el cual el cual será entregado en la oficina de TRANSMILENIO S.A. en el momento de realizar la postulación.

Las placas de los vehículos beneficiarios son las siguientes:

Dudas o inquietudes de los propietarios

Cualquier duda e inquietud será atendida en días hábiles en el horario comprendido entre las 8:00 am y las 4:00 p.m. por parte de la Subgerencia Jurídica de TRANSMILENIO S.A. en las líneas de atención telefónica y WhatsApp dispuestas para los propietarios:  320 347 6201/ 300 685 5425. O a través del correo electrónico: postulaciones557@transmilenio.gov.co

La información legal del beneficio de desembolso a propietarios de 194 vehículos del TPC está disponible en: https://www.transmilenio.gov.co/publicaciones/152646/decreto-n-557-de-2021/