En Bogotá, la medida de pico y placa para vehículos particulares funciona de lunes a viernes, de 6:00 a.m. hasta las 9:00 p.m., de acuerdo con el último dígito de la placa, según dicta el Decreto 002 de 2022
Es importante destacar que los sábados y domingos no aplica la restricción; mientras que los festivos opera el pico y placa regional.
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Con el pico y placa regional entre las 12:00 del mediodía y las 4:00 p.m., solo podrán ingresar los vehículos con placas pares y desde 4:00 p.m. hasta las 8:00 p.m., los vehículos de placas impares.
Para el caso de los taxis, el pico y placa rige de lunes a sábado, de 5:30 a.m. a 9:00 p.m., dependiendo del último número de placa. La restricción para taxis no aplica los domingos ni festivos.
De otro modo, el pico y placa para el servicio de transporte especial- que incluye automóviles, camionetas o camperos de cuatro pasajeros (sin incluir conductor)- rige de lunes a sábado, de 5:30 a.m. a 9:00 p.m. Los domingos y festivos no aplica la restricción.
Mientras tanto, el pico y placa rotativo para vehículos de carga, mayores a 20 años, aplica los días sábados de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.
No obstante, hay que aclarar que los vehículos de carga, mayores a 20 años, tienen restricción de circulación en Bogotá de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m., sin importar el dígito de la placa.