¿Sabe usted cómo registrar el blindaje o desmonte del blindaje de un vehículo?

20·NOV·2014
Es obligación del propietario de un automotor registrar, ante el Organismo de Tránsito, la instalación o retiro de material a prueba de proyectiles en u...

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Es obligación del propietario de un automotor registrar, ante el Organismo de Tránsito, la instalación o retiro de material a prueba de proyectiles en un vehículo. Dicho trámite tiene un costo de $106.500 y se realiza en las diferentes sedes SIM (Servicios Integrales para la Movlidad) de la ciudad.

Requisitos generales

  • Formulario de solicitud de trámite debidamente diligenciado. (Descargue el formulario aqui.)

  • SOAT vigente incorporado en RUNT.

  • Paz y salvo por concepto de multas por infracciones a las normas de tránsito.

  • Pago de los derechos del trámite.

  • Para niveles de blindaje tres (III) y cuatro (IV) resolución expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada a través de la cual se autoriza el blindaje o desmonte del blindaje del vehículo.

  • Certificado de la empresa blindadora que efectuó el blindaje o el desmonte de éste, debidamente registrada ante la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, con improntas del vehículo adheridas. Esto para todos los niveles de blindaje.

  • Copias de los recibos de pago de los últimos cinco años de impuestos del vehículo.

  • Si el propietario es persona jurídica deberá anexar la copia del certificado de existencia y representación legal con vigencia no mayor a treinta (30) días. 

  • Poder especial o contrato de mandato. Cuando el trámite o trámites por adelantarse ante un organismo de tránsito se realice a través de un tercero, este deberá estar registrado en el sistema RUNT y para efectos de realizar la gestión deberá presentar el contrato de mandato (poder general) o poder especial, a través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar los trámites a que haya lugar por cuenta y riesgo del mandante.

En caso de ser requerido consulte la normativa aplicable:

Decreto 6 de 1993, "Por el cual se expiden normas de control sobre el porte de armas, municiones y explosivos y se dictan otras disposiciones"

Resolución 36 de 1999, "Por medio de la cual se definen los requisitos para la prestación del servicio en el Área de Atención al Usuario"