Conoce, propone y prioriza
Notificaciones electrónicas
Si en el registro de la petición, el usuario provee un correo electrónico, certifica que se encuentra vigente, de igual manera autoriza a Bogotá Te Escucha, para que realice la notificación electrónica, a través de este mismo medio, de los actos administrativos o comunicaciones que se emitan dentro del trámite de la petición, incluida la respuesta a la misma, en los términos indicados por el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 y las normas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.
Gestión de la Petición
En los casos en los cuales el peticionario registre la petición seleccionando una entidad de destino y tipificándola como sugerencia esta será direccionada automáticamente a la oficina de atención al ciudadano (o quien haga sus veces), para que ésta inicie el trámite correspondiente. conforme a la circular 01 de 2022 "Socialización guía orientadora conoce, propone y prioriza”
Cuando el peticionario no seleccione una entidad de destino, y en caso de que se trate de una sugerencia (independientemente que sea registrado como sugerencia, queja o reclamo) la Central de peticiones de Bogotá te escucha, remitirá la petición a la oficina de atención al ciudadano de la(s) entidad(es) competente(s) (o quien haga sus veces). Tenga en cuenta que el tipo de petición puede ser modificado por la entidad para efectos de una atención efectiva y oportuna.
Cuando una solicitud contiene múltiples peticiones, en este caso la petición se asigna y/o traslada a la entidad(es) competente(s) donde la petición seguirá el curso normal de una petición en Bogotá te escucha y podrá consultarla, ingresando con su usuario y contraseña.
Requisitos para la publicación
Las peticiones podrán ser presentadas bajo dos modalidades, como usuario anónimo o como usuario identificado:
2.1. Como anónimo Si usted registra la solicitud como anónimo, declara reserva sobre sus datos personales y de contacto, por lo tanto, debe tener en cuenta que la información a suministrar debe ser clara y completa tanto en tiempo(cuándo), modo(cómo) y lugar(dónde) de los hechos a denunciar, lo anterior con el fin de efectuar el trámite a que haya lugar. Así mismo podrá realizar seguimiento en este Sistema mediante el número consecutivo asignado y/o suministrar un correo electrónico para notificaciones electrónicas sobre el estado de su petición.
2.2. Como usuario registrado
El peticionario debe registrarse, ingresando los campos obligatorios requeridos por el Sistema. Será notificada una confirmación de Registro exitoso de peticionario por medio de correo electrónico el cual relaciona el usuario y contraseña para ingreso al Sistema. Para dar mayor seguridad a su cuenta usuario, al ingresar por primera vez a Bogotá te escucha, éste le solicitará el cambio de su contraseña, la cual podrá personalizar con una de fácil recordación teniendo en cuenta que debe tener seis (6) o más caracteres de longitud entre letras mayúsculas, minúsculas, y contener como mínimo un (1) número. Se recomienda no divulgar, ni revelar la clave y el usuario asignado ya que es intransferible y de uso exclusivo, con el fin de proteger la información contra uso desautorizado o incorrecto.
Notificaciones electrónicas
Si en el registro de la petición, el usuario provee un correo electrónico, certifica que se encuentra vigente, de igual manera autoriza a Bogotá Te Escucha, para que realice la notificación electrónica, a través de este mismo medio, de los actos administrativos o comunicaciones que se emitan dentro del trámite de la petición, incluida la respuesta a la misma, en los términos indicados por el artículo 56 de la Ley 1437 de 2011 y las normas que la modifiquen, aclaren o sustituyan.