¿Sabes cómo tramitar la autorización o registro de Publicidad Exterior Visual?

Cualquier tipo de publicidad exterior que se pueda observar desde la vía pública debe ser registrada ante la Secretaría de Ambiente. Foto: Secretaría de Ambiente
Cualquier tipo de publicidad exterior que se pueda observar desde la vía pública debe ser registrada ante la Secretaría de Ambiente. Foto: Secretaría de Ambiente
Publicado:
13
Mayo
2021
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Cualquier tipo de publicidad que tenga incidencia en un entorno exterior o que se pueda observar desde la vía pública debe ser registrado ante la Secretaría de Ambiente. El trámite se puede adelantar a través del Registro Único de Elementos de Publicidad Exterior Visual (RUEPEV).

Registros que se pueden realizar ante la Secretaría de Ambiente 

  • Aviso en fachada
  • Aviso separado de fachada
  • Valla convencional (para obras comerciales e institucionales)
  • Vehículos que transporten productos o presten servicios de transporte público (taxi, bus, buseta, colectivo, articulado, biarticulado o híbrido)
  • Valla tubular
  • Aviso divisible
  • Globo anclado
  • Elemento inflable
  • Maniquí, colombina o similar
  • Mobiliario urbano

 

Valla
La Secretaria de Ambiente es la encargada de regular, controlar y supervisar todo lo que tiene relación con la Publicidad Exterior Visual en la ciudad. Foto: Secretaria de Ambiente

Quienes necesiten adelantar este trámite pueden registrarse en línea, a través del enlace de la entidad o radicar la documentación en los CADE y SuperCADE, donde está presente la Secretaría de Ambiente.

Para conocer cuáles son los documentos que deben anexar a la solicitud de registro, de acuerdo con el elemento para registrar, pueden seguir la ruta https://bit.ly/3qeQr06.

La Secretaría de Ambiente es la encargada de regular, controlar y supervisar todo lo que tiene relación con la Publicidad Exterior Visual en la ciudad. Por ejemplo, si una persona necesita visibilizar un mensaje o producto en elementos como vallas, vehículos, murales o avisos en fachada debe realizar un trámite ante la entidad para que pueda contar con la autorización o registro y así evitar incurrir en infracciones. 

En Bogotá se encuentran registrados 8.861 elementos para hacer uso de la Publicidad Exterior Visual, principalmente en las localidades de Chapinero, Usaquén y Suba, donde los factores como la actividad económica de la zona o el público en general que transita por dichas áreas hace más atractivo el sector para divulgar sus mensajes a través de este tipo de herramienta. 

Si la entidad evidencia el cumplimiento de las normas vigentes en la información suministrada por su responsable, la autoridad ambiental avala el registro y autoriza al usuario para usar los elementos publicitarios.