ABC del nuevo modelo de recolección de residuos hospitalarios en Bogotá

2·FEB·2022
Portal Bogotá te explica todo lo que necesitas saber acerca del modelo de recolección de residuos hospitalarios que comenzó a regir el 1 de febrero.
Nuevo modelo de recolección de residuos hospitalarios, ¿de qué trata?
El nuevo modelo de recolección de residuos hospitalarios comenzó a regir el 1 de febrero de 2022. Foto: Secretaría de Ambiente.

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Desde el 1 de febrero cambió el modelo de recolección de residuos hospitalarios en Bogotá, pasando de ser un modelo con exclusividad en la recolección y transporte, a ser de libre competencia. En el siguiente ABC podrás enterarte de qué trata este nuevo modelo y qué fue lo que cambió para que tengas mayor claridad ante el tema:

¿A partir de cuándo cambió el modelo de recolección de residuos hospitalarios en Bogotá?

El modelo de recolección de residuos hospitalarios cambió desde el 1 de febrero de 2022

¿Qué fue lo que cambió?

De ahora en adelante, los generadores de residuos hospitalarios y similares deberán contratar directamente los servicios de transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado. Cada generador será responsable de la cadena de gestión de este tipo de residuos, garantizando así la adecuada disposición para evitar fugas en el transporte hasta la disposición final.

¿Quiénes son generadores de residuos hospitalarios y similares?

Personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con:

  • Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además, de farmacias y droguerías.
  • Bancos de sangre, tejidos y semen.
  • Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
  • Bioterios y laboratorios de biotecnología.
  • Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
  • El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
  • Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
  • Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
  • Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
  • Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.

¿Dónde consultar la lista de gestores autorizados?

Los generadores que requieran contratar estos servicios pueden consultar en el listado de gestores autorizados a nivel nacional en el siguiente link: http://rua-respel.ideam.gov.co/respelpr2009/mapa.php

¿Cuál es y dónde puedo consultar la resolución que reglamenta el nuevo cambio en el modelo de recolección de residuos?

La resolución que reglamenta el nuevo modelo de recolección de residuos en Bogotá es la  Resolución 5262 del 16 de diciembre de 2021, la cual puedes consultar haciendo clic aquí .

¿Qué requisitos deben cumplir las empresas gestoras que se encargarán de realizar el almacenamiento, tratamiento y disposición final de los residuos hospitalarios y similares?

Las empresas de gestores deberán contar con la licencia ambiental vigente, además de entregar las certificaciones del tratamiento y disposición. Los transportadores tienen que cumplir con la normatividad ambiental vigente.

¿Quiénes se deben inscribir en la Secretaría de Ambiente?

Se deben inscribir ante la Secretaría de Ambiente, los generadores de residuos hospitalarios y similares, desde los microgeneradores, es decir de 0 a 10 kg; pequeños, hasta 100 kg; medianos, que van a 1000 kg; o grandes, de más de 1000 kg al mes.

¿Dónde se pueden registrar las empresas o personas generadoras de residuos hospitalarios y similares?

A través de la opción 'trámites en línea' de la página de Secretaría de Ambiente, se está realizando el registro de los generadores de residuos hospitalarios y similares. Esta inscripción se realizará teniendo en cuenta los dos últimos dígitos de cédula o NIT, sin código de verificación de la siguiente manera:

  • Del 00 al 20 - 16 de diciembre del 2021 al 28 de febrero de 2022.
  • Del 21 al 40 - 1 de marzo al 30 de abril de 2022.
  • Del 41 al 60 - 1 de mayo al 30 de junio del 2022.
  • Del 61 al 80 - 1 de julio al 30 de agosto del 2022.
  • Del 81 al 99 - 1 de septiembre al 30 octubre del 2022.

¿La inscripción tiene algún costo?

La inscripción no tiene costo y lo único que el generador deberá garantizar es realizar la actualización de la información de la gestión de los residuos generados de forma anual. Adicionalmente, podrán consultar las empresas con licencia ambiental a nivel nacional en el siguiente enlace. 

¿Por cuánto tiempo debo guardar la documentación que soporte la gestión de residuos?

El Distrito hace un llamado especial a los generadores para que guarden un archivo con toda la documentación que soporte la gestión de los residuos (manifiestos de transporte y certificaciones de almacenamiento, tratamiento y disposición final) hasta por un periodo de cinco años. 

¿A dónde me comunico si hay alguna anomalía ante malas disposiciones de residuos hospitalarios?

Cualquier situación o anomalía ante una mala disposición de residuos hospitalarios y similares, debe notificarse a través de la Línea 123 y denunciar el manejo inadecuado, ya que es un riesgo para quienes manipulan estos elementos o para la población en general que pueda verse expuesta.