¿Eres artista, gestor o gestora cultural? Esta alternativa de ahorro es para ti

Beneficios Económicos Periódicos que entrega la Secretaría de CulturaFoto: Secretaría de Cultura.
Los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, también tienen una modalidad para artistas, gestores y gestoras culturales de 18 años en adelante.
Publicado:
1
Jun
2022
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La Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, SCRD, invita a artistas, gestoras y gestores culturales que no se encuentren aportando al sistema pensional y que tengan ingresos inferiores a un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, SMMLV, para ser parte de esta modalidad de los Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, que busca principalmente aportar e incentivar el ahorro y lograr conciencia por una vejez más estable, segura e independiente.

La Financiación de Aportes al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos, BEPS, también se denomina como motivación al ahorro, y a esta modalidad pueden aplicar creadores y gestores culturales hombres entre 18 y 61 años, y mujeres entre 18 y 56 años.

“Motivar a aquellos y aquellas que dedican su vida al arte y la cultura al ahorro desde el momento en el que cumplen la mayoría de edad es vital para lograr un futuro más estable, en el que nuestras y nuestros artistas y gestores culturales puedan tener una seguridad económica y emocional que les permita convertirse en referentes positivos de su profesión” agrega Nicolás Montero, secretario de Cultura, Recreación y Deporte.

Requisitos mínimos para participar en esta alternativa

  • Tener nacionalidad colombiana

  • Estar afiliado o afiliada al régimen subsidiado en salud o como beneficiarios del régimen contributivo. 

  • Residir durante los últimos diez (10) años en el territorio nacional.

  • Percibir ingresos inferiores a un (1) Salario Mínimo Mensual Legal Vigente.

  • Que se acredite la condición de gestor, gestora o creador, creadora cultural, de acuerdo con los requisitos establecidos por el Ministerio de Cultura.

¿Cómo funciona esta modalidad?

El aporte mínimo anual por cada ciudadano o ciudadana realizado por la SCRD será equivalente a seis (6) Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV) y el valor máximo de ese aporte dependerá, a su vez, del ahorro que realice el o la ciudadana en cada vigencia que será a partir de $50.000.

Esta ‘motivación al ahorro’ será llevada a cabo mediante una relación 1 a 3, es decir, por cada peso que ahorra la o el ciudadano la SCRD pone tres pesos, sin que al final de cada vigencia se supere el tope anual de aportes fijado por Colpensiones, que para el año 2022 es de $1.390.000.

A continuación, te compartimos un tuit de la entidad invitando a la ciudadanía a participar por los Beneficios Económicos Periódicos (BEPS).

Las y los artistas, gestores y gestoras culturales que decidan acogerse a la modalidad de Financiación de Aportes al Servicio Social Complementario de Beneficios Económicos Periódicos tendrán hasta los primeros 10 días del mes de octubre de cada año para realizar sus aportes a los BEPS. Una vez la SCRD haga la verificación de dicho aporte con Colpensiones, y se haya realizado confirmación previa del Ministerio de Cultura de la viabilidad de esas y esos ciudadanos, la SCRD procederá efectuar la respectiva transferencia a Colpensiones.

Las y los ciudadanos que hagan parte de esta modalidad, ‘motivación al ahorro’, iniciarán el disfrute de su beneficio una vez cumplan la edad establecida en la normativa vigente, la cual será para mujeres a partir de los 57 años y hombres de 62 años.

Existen otros incentivos para los ahorros de las y los ciudadanos en esta modalidad.

Los beneficios que se contemplan para artistas, gestores y gestoras culturales que ahorren en esta alternativa son:

  • Sorteos de bonos para compra de vivienda y equipamiento, en donde por cada $20.000 ahorrados tendrán la oportunidad de participar.

  • Incentivos periódicos, otorgados por el gobierno nacional, del 20% sobre los dineros ahorrados por los artistas, gestores o gestoras culturales.

  • Seguros de vida.

  • Amparos y coberturas que contemplan fallecimiento, así como amparo exequial, por enfermedades graves, entre otros.

Más información

Línea de atención: 3274850 ext. 730

Atención presencial: Carrera 8 N° 9 83 - De lunes a viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m.

Correo: info.beneficioadultomayor@scrd.gov.co.