La Plaza de Bolívar es el corazón del centro de Bogotá desde hace más de cuatro siglos. Funcionó inicialmente como centro de mercado, picota de castigos y plaza de toros colonial. Fue testigo clave de la historia de la nación, incluyendo el Grito de Independencia en 1810. Allí también se han vivido grandes movilizaciones ciudadanas, celebraciones culturales, debates democráticos y encuentros que han marcado el rumbo del país. Cada piedra guarda una historia que es parte de la memoria colectiva de Colombia. Por eso, cuidar este espacio es una responsabilidad compartida.
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Con el fin de proteger su valor histórico, simbólico y patrimonial, la Secretaría Distrital de Gobierno, como entidad encargada de su administración, aplica el Protocolo de Uso y Aprovechamiento Económico de la Plaza de Bolívar. La idea es que la plaza siga siendo un lugar de libertad, expresión, encuentro y convivencia, con condiciones que permitan cuidarla.
¿Qué regula este protocolo?
El protocolo sirve para que las actividades en la plaza se desarrollen sin problemas. Básicamente:
- Define qué actividades se pueden hacer y cómo.
- Pone las reglas para instalar tarimas, carpas, andamios y estructuras temporales.
- Ordena el aprovechamiento económico para que sea justo y respete el espacio público.
- Protege el valor histórico y simbólico de la plaza.
- Garantiza que cualquier pago o retribución se use para su cuidado y mantenimiento.
¿Qué se debe tener en cuenta para eventos con estructuras temporales?
Cuando un evento requiere tarimas u otras estructuras en la Plaza de Bolívar, es necesario cumplir unas condiciones para cuidar el espacio y a quienes lo visitan. Para ello se debe:
- Presentar un plan claro y seguro de montaje y desmontaje.
- Asegurar que el suelo y el entorno no sufran daños.
- Contar con una póliza de responsabilidad civil que cubra posibles afectaciones al espacio o a terceros.
Dato clave: la póliza es obligatoria únicamente para quien solicita el uso del espacio con instalación de estructuras. Este requisito busca proteger tanto la integridad de la plaza como la seguridad de la ciudadanía.
¿Qué no hace el protocolo?
Este protocolo no busca restringir derechos ni cerrar la plaza a la ciudadanía. Al contrario:
- No limita la libertad de expresión, la protesta pacífica ni la participación ciudadana.
- No impide eventos culturales, sociales o simbólicos; los promueve en condiciones de orden y respeto.
- No privatiza el espacio público; protege su carácter colectivo y su significado patrimonial.
¿Qué debes hacer para solicitar el uso de la Plaza de Bolívar?
1. Consulta la disponibilidad de la Plaza de Bolívar
Ingresa a la página web de la Secretaría Distrital de Gobierno y sigue esta ruta:
- Inicio > Transparencia y acceso a la Información Pública > Información de La Entidad > Calendario de Actividades y Eventos.
- En la casilla “Lugar” elige Plaza de Bolívar y selecciona la fecha que deseas consultar.
2. Consulta los requisitos para el trámite
Reúne la documentación y los requisitos solicitados teniendo en cuenta la naturaleza de la actividad. Un evento que no es movilización ciudadana (con o sin aprovechamiento económico) requiere documentos y requisitos diferentes a una actividad de manifestación ciudadana.
3. Radica la documentación y solicita su uso
Para hacerlo tienes varias opciones:
- Radica la solicitud junto con los documentos en la Ventanilla Virtual de la Secretaría de Gobierno de Bogotá, desde cualquier computador o móvil.
- También puedes hacer la solicitud a través del correo electrónico: radicacionsdg.nivelcentral@gobiernobogota.gov.co
- De manera presencial en cualquiera de las 20 alcaldías locales o en la sede principal de la Secretaría Distrital de Gobierno.
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Antes de radicar, ten en cuenta lo siguiente:
Cuando la actividad es con aprovechamiento económico, debes hacer la solicitud por medio de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, el Instituto Para la Economía Social (IPES) o el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), de acuerdo con cada caso.
Si es para actividades audiovisuales, debes hacer la solicitud por medio del Instituto Distrital de las Artes (Idartes), el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte u otras entidades que se denominan Gestoras del Espacio Público, conforme al artículo 12, del Decreto 315 de 2024 o la normatividad que lo modifique.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG) https://www.gobiernobogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.






