Secretaría del Hábitat amplía plazo a arrendadores y enajenadores por Covid-19

Hasta el 30 de junio arrendadores y enajenadores podrán presentar sus obligaciones legales.
Hasta el 30 de junio arrendadores y enajenadores podrán presentar sus obligaciones legales.
Publicado:
28
Abr
2020
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Bogotá, abril 27 de 2020 (@HabitatBogota). Con el fin de garantizar la seguridad de los ciudadanos frente a la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid-19, la Secretaría Distrital del Hábitat amplió hasta el 30 de junio de 2020, el plazo que tenían los arrendadores, enajenadores y opv para presentar sus informes de actividades y estados financieros de 2019. La decisión fue tomada luego de que el Gobierno Nacional extendió la medida de aislamiento preventivo obligatorio, hasta el próximo 11 de mayo.  

Esta obligación legal la deben cumplir anualmente las personas naturales o jurídicas que celebren cinco (5) o más contratos de arrendamiento o aquellas que comercializan más de cinco inmuebles,  y que además cuentan con  matrícula y registro ante la Secretaría del Hábitat. Sin embargo, ante la contingencia de salud por la que atraviesa el país, la entidad suspende los términos previstos en el artículo 31 de la Resolución 1513 de 2015. 

Con corte a 31 de diciembre de 2019, se encuentran activos 2.545 arrendadores con matrícula y 1.814 enajenadores con registro, quienes deben cumplir con el mencionado compromiso.  

En 2019, la Secretaría del Hábitat, en ejercicio de sus facultades de control de vivienda, impuso a arrendadores más de 400 sanciones y 309 a enajenadores. 

Quienes incumplan podrían enfrentar multas entre uno 1 y 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes. 

No olvide que todos los trámites que adelanta la Secretaría del Hábitat son gratuitos.    

Vea aquí la resolución completa