Exija sus derechos al momento de adquirir vivienda nueva

Vivienda nueva - Imagen: www.amarilo.com.co
Vivienda nueva - Imagen: www.amarilo.com.co
Publicado:
9
Nov
2015
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La Secretaría Distrital del Hábitat-SDHT hace un llamado a los ciudadanos para que se informen oportunamente sobre los derechos que tienen y las herramientas con las que cuentan en la entidad, para que inviertan de manera segura al comprar vivienda nueva en Bogotá.

Sandra Milena Santos Pacheco, subsecretaria de Inspección, Vigilancia y Control de Vivienda de la SDHT, resuelve algunas inquietudes.

¿Cómo un ciudadano puede verificar si el vendedor de vivienda es legal?
Si el proyecto es de cinco o más unidades habitacionales, los compradores tienen derecho a conocer previamente quién está legalmente autorizado para anunciar y vender inmuebles destinados a vivienda en la ciudad.

El comprador puede verificar con la Subdirección de Prevención y Seguimiento de la entidad si el enajenador del proyecto cuenta con el registro que le permite realizar la actividad de venta o enajenación legalmente.

¿En dónde pueden informarse?
El interesado puede acceder a esta información a través de los diversos canales de comunicación de la Secretaría, donde encontrará la respuesta a las inquietudes que le surjan al momento de adquirir vivienda nueva.

Toda la información está disponible en la página web http://www.habitatbogota.gov.co, la línea de atención telefónica 358 3000 ext. 3032 y en el punto de Atención al Ciudadano (Carrera 13 No. 52-25, en horario de 7:00 a.m. a 4:30 p.m.).

¿Qué debe hacer una persona antes de entregar su dinero?
Si el proyecto donde quiere adquirir su vivienda se encuentra en etapa de preventas o “venta sobre planos”, el enajenador no le puede exigir la entrega de dinero en efectivo directamente, como condición para suscribir promesas de compraventa o cualquier otro acto jurídico.

Por lo tanto, para realizar separaciones o pagos por concepto de cuota inicial, debe exigir que su dinero sea depositado o consignado en una cuenta bancaria que esté a nombre de un encargo fiduciario o una fiduciaria. Antes de realizar la consignación, verifique directamente en la entidad financiera.

Y a la hora de firmar documentos…
Antes de suscribir cualquier clase de documentos puede y debe informarse y/o asesorarse por personas conocedoras del tema, o hacer al vendedor todas las preguntas que considere necesarias, teniendo en cuenta que después de firmado un acto jurídico se adquieren obligaciones que pueden generar consecuencias adversas en caso de desistimiento o incumplimiento, como en el evento de no satisfacer los requisitos exigidos para acceder a créditos o a subsidios, entre otros.

¿Cómo exigir que lo prometido sea lo que se entrega?
Usted tiene derecho a exigir que lo específicamente ofrecido al momento de la negociación de su vivienda nueva, atienda lo expresamente aprobado por la Curaduría Urbana. Que lo aprobado en la licencia urbanística corresponda exactamente a lo que finalmente es construido y se le entrega. En caso contrario, el enajenador debe concertar con usted las especificaciones modificadas y estas deberán cumplir con todas las normas que le sean aplicables.

¿Qué se debe hacer al momento de recibir la vivienda?
Debe revisar que su vivienda y las áreas comunes no presenten humedades o filtraciones provenientes de cubiertas, fachadas, vanos de ventanas, baños, cocinas, etc. Además debe revisar que su vivienda y las áreas comunes del proyecto no tengan grietas o fisuras en placas, muros y pisos, aún como consecuencia del asentamiento normal de las nuevas construcciones.

¿Qué hacer si encuentra alguna irregularidad?
Debe acudir inmediatamente a la Subdirección de Investigaciones y Control de Vivienda de la Secretaría Distrital del Hábitat (Calle 52 # 13 - 64 Piso 4); o llamando al número telefónico 358 1600 ext. 3008, 3012, 3016 y 3017.

Twitter: @ServiCiudadano
Facebook: Servicio al Ciudadano – Bogotá