Distrito ajusta condiciones del subsidio 'Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar'

4·OCT·2024
La modificación busca ampliar la oferta de proyectos disponibles y facilitar las condiciones de acceso al subsidio.
Subsidios de vivienda en Bogotá: Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu HogarFoto: Secretaría del Hábitat
Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar es el programa de subsidio creado por la actual Administración distrital.

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En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ se ofrecen alternativas para que las familias bogotanas, cumplan el sueño de casa propia. La Secretaría del Hábitat (SDHT) modificó la reglamentación de su nuevo subsidio 'Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar', esto luego del desarrollo de espacios de discusión y retroalimentación entre la entidad, el gremio de los constructores y la comunidad. 

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La modificación busca ampliar la oferta de proyectos disponibles y facilitar las condiciones de acceso al subsidio, con el fin de que más familias puedan obtener el beneficio.

Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar, es el programa de subsidio creado por la Administración distrital de liderada por el alcalde Carlos Fernando Galán, que busca ayudar a las familias que ya están pagando la cuota inicial de su vivienda VIS o VIP y que tienen problemas de cierre financiero, es decir que aún no completan la totalidad de los recursos necesarios para pagar su vivienda.

Este programa se reglamentó por medio de la Resolución 262 de 2024, y desde entonces han sido cientos las familias que recibieron el subsidio. Doscientas de ellas recibieron su resolución de asignación durante el evento de presentación del plan de vivienda 'Mi casa en Bogotá', realizado el pasado 29 de agosto en la localidad de San Cristóbal.

Modificaciones al programa 'Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar' en Bogotá

1. El principal ajuste realizado por medio de la Resolución 500 de 2024 —norma que oficializó la modificación— fue ampliar el tiempo para la legalización del subsidio a un año, con lo que se incrementa de manera considerable el número de familias que podrán aplicar al subsidio.

2. Se permite que proyectos licenciados con normas urbanísticas anteriores al Decreto 555 de 2021 se postulen. Así las cosas, la segunda modificación fue establecer un régimen de transición para que las familias que desean adquirir estas viviendas puedan postularse al programa, fijando un área mínima de 36m2 para estas unidades de vivienda. Los proyectos licenciados con el Decreto 555 de 2021 tendrán que cumplir con las condiciones mínimas establecidas en el Plan de Ordenamiento Territorial vigente.

3. En un principio, el programa solicitaba que las familias postuladas tuvieran cierre financiero con un crédito hipotecario o leasing habitacional. Ahora, las familias que cuentan con Valor Único de Reconocimiento, producto de un reasentamiento de la Caja de la Vivienda Popular podrán realizar su cierre financiero en complementaria con el subsidio de la Secretaría del Hábitat.

4. Una de las condiciones exigidas al enajenador (constructora o vendedor del proyecto) era que el avance de la obra en la que se ubicaba la vivienda en la que la familia quería aplicar su subsidio, fuera del 90 %. Este porcentaje bajó al 70 % para darle tiempo a la familia de gestionar el subsidio mientras concluye la construcción del proyecto en el que estará su vivienda.

A continuación te compartimos un post de la Secretaría del Hábitat (SDHT) con la invitación a inscribirse en la Feria de Vivienda #MiCasaEnBogotá

¿Cómo aplicar al subsidio de vivienda en Bogotá?

Reactiva Tu Compra, Reactiva Tu Hogar es un programa que cuenta con inscripciones permanentes, pues las familias que deseen aplicar a él, solo deben acercarse a su enajenador (vendedor o constructor), quien se encargará de inscribir su proyecto y postular a la familia. Todo esto por medio de la plataforma que la Secretaría del Hábitat (SDHT) ha diseñado para tal fin.

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Los requisitos para acceder al programa son:

  • El hogar debe tener ingresos iguales o inferiores a cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

  • El hogar no debe haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda, excepto si el subsidio asignado hace parte del cierre financiero para la compra de la vivienda. Es decir que se pueden sumar subsidios del Gobierno nacional, de las cajas de compensación familiar, entre otros que no se hayan aplicado.

  • El hogar no debe ser propietario de vivienda en el territorio nacional.