Conoce cómo opera el pico y placa en ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa' para vehículos de carga del 1 al 31 de agosto de 2025. Conoce el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). ¡Aquí todos los detalles!
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La medida de pico y placa en Bogotá para vehículos de carga, mayores a 20 años de antigüedad, opera los sábados de 5:00 a. m. a 9:00 p. m, según la placa de los vehículos. La restricción no aplica los domingos y festivos.
Para agosto de 2025, la distribución de las placas es la siguiente:
- Sábado 2 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9
- Sábado 9 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8
- Sábado 16 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 3, 5, 7 y 9
- Sábado 23 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 0, 2, 4, 6 y 8
- Sábado 30 de agosto: pueden circular los vehículos con placas terminadas en1, 3, 5, 7 y 9
Cabe destacar que los vehículos de carga, mayores a 20 años, tienen restricción de circulación en Bogotá, de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 8:00 a. m. y de 5:00 p. m. a 8:00 p. m., sin importar el dígito de la placa.
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Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.








