¡Aquí sí pasa! Conoce cómo opera la medida de pico y placa en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa del 1 al 31 de agosto de 2025, para vehículos particulares.
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La restricción rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Aquí encuentras el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para que planees tus viajes durante agosto.
Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares
En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.
Calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante agosto de 2025
Del 1 al 3 de agosto
Viernes 1 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Sábado 2 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 3 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 4 al 10 de agosto
Lunes 4 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Martes 5 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Miércoles 6 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Jueves festivo 7 de agosto: No aplica
Viernes 8 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Sábado 9 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 10 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 11 al 17 de agosto
Lunes 11 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Martes 12 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Miércoles 13 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Jueves 14 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Viernes 15 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Sábado 16 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 17 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 18 al 24 de agosto
Lunes festivo 18 de agosto: Aplica el pico y placa regional
Martes 19 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Miércoles 20 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Jueves 21 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Viernes 22 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Sábado 23 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 24 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Semana del 25 al 31 de agosto
Lunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
Sábado 30 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Domingo 31 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.
Así opera el pico y placa regional
El pico y placa regional funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a Bogotá.
A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par, y, de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.
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Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.








