Calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante agosto

1·AGO·2025
Conoce el calendario definido por la Secretaría de Movilidad para los vehículos particulares del viernes primero al domingo 31 de agosto de 2025.
Pico y placa en Bogotá vehículos particulares 1 a 31 de agosto de 2025Foto: Alcaldía Mayor de Bogotá- Juan Pablo Bello.
La medida de pico y placa para vehículos particulares opera en Bogotá de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., de lunes a viernes.

¡Aquí sí pasa! Conoce cómo opera la medida de pico y placa en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa del 1 al 31 de agosto de 2025, para vehículos particulares. 

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La restricción rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Aquí encuentras el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) para que planees tus viajes durante agosto. 

Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares 

En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.

En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

Calendario del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá durante agosto de 2025

Del 1 al 3 de agosto 

Viernes 1 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 2 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 3 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 4 al 10 de agosto 

Lunes 4 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Martes 5 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Miércoles 6 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Jueves festivo 7 de agosto: No aplica 

Viernes 8 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Sábado 9 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 10 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 11 al 17 de agosto 

Lunes 11 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Martes 12 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Miércoles 13 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Jueves 14 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Viernes 15 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 16 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 17 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 18 al 24 de agosto 

Lunes festivo 18 de agosto: Aplica el pico y placa regional

Martes 19 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Miércoles 20 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Jueves 21 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Viernes 22 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Sábado 23 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 24 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Semana del 25 al 31 de agosto 

Lunes 25 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Martes 26 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Miércoles 27 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Jueves 28 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0

Viernes 29 de agosto: Pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5

Sábado 30 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Domingo 31 de agosto: No aplica la medida de pico y placa.

Así opera el pico y placa regional 

El pico y placa regional funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a Bogotá.

A partir de las 12:00 del mediodía y hasta las 4:00 p. m., sólo se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas terminadas en número par, y, de 4:00 p. m. a 8:00 p. m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.

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Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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