Así opera el pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante julio de 2026

1·JUL·2026
Te presentamos el calendario definido por la Secretaría de Movilidad para los vehículos particulares durante julio de 2026.
Foto de una vía de Bogotá donde se ven varios vehículos Foto: Secretaría de Movilidad.
El pico y placa para vehículos particulares funciona en Bogotá de 6:00 a. m. a 9:00 p. m., de lunes a viernes.

Aquí sí pasa, revisa cómo opera la medida de pico y placa en Bogotá, mi Ciudad, mi Casa del 1 al 31 de julio de 2026 para vehículos particulares, según el calendario definido por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM). ¡Toma nota y programa tus recorridos!   

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Recuerda que la restricción de pico y placa para vehículos particulares rige de lunes a viernes, de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. 

Así opera la medida de pico y placa en Bogotá para vehículos particulares 

  • En días impares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 1, 2, 3, 4 y 5.
  • En días pares pueden circular los vehículos particulares con placa terminada en: 6, 7, 8, 9 y 0.

Pico y placa en Bogotá para vehículos particulares durante julio de 2026

Del 1 al 5 de julio 

  • Miércoles 1 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves 2 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 3 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Sábado 4 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 5 de julio: no aplica la medida de pico y placa.

Semana del 6 al 12 de julio 

  • Lunes 6 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Martes 7 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Miércoles 8 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Jueves 9 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Viernes 10 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 11 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 12 de julio: no aplica la medida de pico y placa.

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Semana del 13 al 19 de julio 

  • Lunes festivo 13 de julio: aplica la medida de pico y placa regional de ingreso a Bogotá.
  • Martes 14 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles 15 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves 16 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 17 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Sábado 18 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 19 de julio: no aplica la medida de pico y placa.

Semana del 20 al 26 de julio 

  • Lunes festivo 20 de julio: aplica la medida de pico y placa regional de ingreso a Bogotá.
  • Martes 21 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Miércoles 22 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Jueves 23 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Viernes 24 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Sábado 25 de julio: no aplica la medida de pico y placa.
  • Domingo 26 de julio: no aplica la medida de pico y placa.

Semana del 27 al 31 de julio 

  • Lunes 27 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes 28 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Miércoles 29 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Jueves 30 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
  • Viernes 31 de julio: pueden circular los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5. 

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Así opera el pico y placa regional de ingreso a Bogotá

La medida de pico y placa regional funciona el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca la Administración distrital, en los nueve corredores de ingreso a la capital del país.

La medida opera de la siguiente manera:   

  • Entre las 12:00 p. m. y las 4:00 p. m., solo podrán ingresar a Bogotá los carros particulares de placa que finalizan en número par: 0, 2, 4, 6 y 8.
  • Mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m., el ingreso será únicamente para carros cuya placa termina en número impar: 1, 3, 5, 7 y 9. 
  • Antes de las 12:00 del mediodía  y después de las 8:00 p. m., todos los vehículos pueden ingresar sin restricción.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) https://www.movilidadbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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