En Bogotá, el pico y placa para vehículos particulares rige de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.
La medida aplica de la siguiente manera:
- Días impares no pueden circular placas terminadas en 6-7-8-9-0
- En días pares no pueden circular placas terminadas en 1-2-3-4-5
Pico y placa para carros particulares en agosto
Semana del 1 al 6 de agosto
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- Martes 1: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Miércoles 2:La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Jueves 3: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Viernes 4: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Sábado 5: No aplica
- Domingo 6: No aplica
Semana del 7 al 13 de agosto
- Lunes festivo 7: Aplica el pico y placa regional
- Martes 8: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Miércoles 9: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Jueves 10: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Viernes 11: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Sábado 12: No aplica
- Domingo 13: No aplica
Semana del 14 al 20 de agosto
- Lunes 14: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Martes 15: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Miércoles 16:La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Jueves 17: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Viernes 18: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Sábado 19: No aplica
- Domingo 20: No aplica
Semana del 21 al 27 de agosto
- Lunes festivo 21: Aplica el pico y placa regional
- Martes 22: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Miércoles 23:La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Jueves 24: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Viernes 25: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Sábado 26: No aplica
- Domingo 27: No aplica
Semana del 28 al 31 de agosto
- Lunes 28: La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Martes 29: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
- Miércoles 30:La restricción aplica para placas terminadas en 1-2-3-4-5
- Jueves 31: La restricción aplica para placas terminadas en 6-7-8-9-0
Pico y placa regional
El pico y placa regional opera el último día de todos los puentes festivos o cuando lo establezca el Distrito, en los nueve corredores de ingreso a Bogotá.
Cuando hay pico y placa regional, entre las 12:00 p. m. y las 4:00 p. m. solo podrán ingresar a la capital los carros de placas que finalizan en números pares (0, 2, 4, 6 y 8), mientras que de 4:00 p. m. a 8:00 p. m., el ingreso será únicamente para carros cuya placa termina en número impar (1, 3, 5, 7 y 9).