Así será el pico y placa para vehículos particulares en enero de 2023 en Bogotá

31·DIC·2022
Hasta el 6 de enero de 2023 la medida de pico y placa se aplicará con total normalidad y, a partir del 10 de enero, empezará a regir el nuevo.
Pico y placa para vehículos particulares en enero de 2023 en BogotáFoto: Alcaldía de Bogotá
Ten en cuenta que, a partir del 10 de enero, empezará a regir en Bogotá el nuevo pico y placa para vehículos particulares.

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Del 2 al 6 de enero de 2023, primera semana del año, el pico y placa para vehículos particulares en Bogotá seguirá rigiendo con total normalidad: los días pares no pueden circular los vehículos con placas finalizadas en 0, 2, 4, 6 y 8; en días impares, no pueden movilizarse los vehículos cuyas placas finalizan en 1, 3, 5, 7 y 9.   

Sin embargo, a partir del martes 10 de enero –luego del puente festivo con motivo del Día de los Reyes Magos–, empezará a aplicarse el nuevo pico y placa en la ciudad: hasta el mes de abril del 2023, los días impares circularán los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 y los días pares podrán circular los vehículos placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.

Cabe mencionar que las sanciones por el incumplimiento de la medida de pico y placa están estipuladas en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente”.  La multa equivale en el 2022 a $468.500; además, el vehículo será inmovilizado.

Pico y placa para vehículos particulares en enero de 2023 en Bogotá

Semana del 2 al 8 de enero

  • Lunes 2: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Martes 3: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
  • Miércoles 4: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Jueves 5: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
  • Viernes 6: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
  • Sábado 7: No aplica   
  • Domingo 8: No aplica  

Semana del 9 al 15 de enero

  • Lunes festivo 9: No aplica
  • Martes 10: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Miércoles 11: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Jueves 12: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Viernes 13: La restricción aplica para placas terminadas 6, 7, 8, 9 y 0
  • Sábado 14: No aplica
  • Domingo 15: No aplica   

Semana del 16 al 22 de enero

  • Lunes 16: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 17: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Miércoles 18: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Jueves 19: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Viernes 20: La restricción aplica para placas terminadas 1, 2, 3, 4 y 5
  • Sábado 21: No aplica
  • Domingo 22: No aplica 

Semana del 23 al 29 de enero

  • Lunes 23: La restricción aplica para placas terminadas 6, 7, 8, 9 y 0
  • Martes 24: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Miércoles 25: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Jueves 26 La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Viernes 27: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0
  • Sábado 28: No aplica
  • Domingo 29: No aplica   

Semana del 30 al 31 de enero

  • Lunes 30: La restricción aplica para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5
  • Martes 31: La restricción aplica para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0