Implementación de tabletas para taxis en Bogotá, se reajusta en tres etapas

La Alcaldía amplió el plazo para implementar tableta en los taxis de Bogotá - Foto: Alcaldía Bogotá
La Alcaldía amplió el plazo para implementar tableta en los taxis de Bogotá - Foto: Alcaldía Bogotá
Publicado:
24
Mayo
2018
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La modernización del servicio de taxi en Bogotá, una de las prioridades del gobierno de Enrique Peñalosa, ha presentado demoras en el ajuste tecnológico de las plataformas inteligentes, su revisión y aprobación, pero especialmente debido al proceso de implementación por parte de las empresas. Por ello, la administración distrital definió tres etapas para la instalación de dispositivos y el cobro mediante plataformas tecnológicas, de acuerdo con el último dígito de la placa de los taxis.

Así lo dio a conocer hoy el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, al anunciar la expedición del acto administrativo que define la continuidad, con nuevos plazos, para la implementación del Taxi Inteligente, el sistema que permite conocer el costo del servicio al inicio de la carrera (precio que no se modifica), además de verificar en tiempo real los datos del conductor y calificar su servicio.

“Seguimos avanzando en la implementación del Taxi Inteligente. Los datos del primer mes de operación de las pruebas iniciales son muy positivos. El sistema permite hacer un mejor seguimiento a la operación, control a los taxistas y conocer detalles de características de la demanda. Lo más importante es que permite evaluar desempeño del servicio e identificar a los mejores taxistas.”, dijo el Secretario Distrital de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo.


Fases de la implementación

Las tres etapas de implantación permiten que tanto fabricantes como importadores puedan satisfacer la demanda en cuanto a equipos y elementos para la instalación. La Secretaría Distrital de Movilidad reitera que los taxis en Bogotá, de acuerdo con la Resolución 220 de 2017, deberán contar con dos dispositivos (solo una tableta disponible para el pasajero y el celular del conductor), y las empresas están en la obligación de instalar las aplicaciones avaladas por la Secretaría Distrital de Movilidad en los dispositivos que presente el taxista, que pueden ser los que ya tienen.

Por ello se ha pedido a las empresas implementar un cronograma obligatorio de implantación en tres fases, como se explica a continuación:

Placas terminadas enFecha de implementaciónFecha de imposición de sanciones
4,5,6A más tardar el 30 de junio de 2018A partir del 1 de julio de 2018
7, 8, 9A más tardar el 31 de julio de 2018A partir del 1 de agosto de 2018
0,1, 2, 3A más tardar el 31 de agosto de 2018A partir del 1 de septiembre de 2018

Así, los taxis cuyas placas finalicen en los dígitos 4, 5 y 6 deberán implementar el cobro de la tarifa mediante las plataformas tecnológicas a más tardar el 30 de junio de 2018. Los de placas finalizadas en 7, 8 y 9 deberán hacerlo a más tardar del 31 de julio y los taxis cuyas placas finalicen en 0, 1, 2 y 3 a más tardar el 31 de agosto de este año. Al día siguiente de la expiración de los plazos por grupo de placas, la Policía de Tránsito impondrá las sanciones correspondientes. No habrá comparendos pedagógicos.  

Sanciones
 
a) Para empresas:
 
Las empresas que después de la fecha de implementación por placa no reporten información de la operación de los vehículos, conforme lo establecido en los Decretos Distritales 450, 568 y su resolución reglamentaria serán sujetos de sanciones que prevén multas de hasta por setecientos (700) salarios mínimos legales mensuales vigentes, suspensión y cancelación de la habilitación (artículos 46, 47 y 48 de la Ley 336 de 1996).
 
b) Para taxistas:
 
Al finalizar el tiempo establecido en el calendario de implantación por placa, se aplicará la sanción C.18 a los conductores cuando el vehículo no tenga instalada la plataforma tecnológica y/o no cuente con los dispositivos descritos en los Decretos Distritales 456 y 568 de 2017, de conformidad con lo establecido en el Código Nacional de Tránsito. La multa, además de la inmovilización del vehículo, es de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes que equivalen a 390 mil 600 pesos.

Feria de Taxi Inteligente en Bogotá - Foto: Alcaldía Bogotá
 
Sistema de Información y Registro de Conductores (SIRC)
 
De acuerdo con el Decreto Nacional 1079 de 2015, las empresas habilitadas para la prestación del servicio de taxi no podrán expedir o refrendar tarjetones o tarjetas de control sin haber realizado el reporte respectivo a través del Sistema de Información y Registro de Conductores SIRC. Esto sucederá en Bogotá a partir del 28 de mayo. Es decir, que el 28 de mayo de 2018 los conductores que no se encuentren registrados en el nuevo sistema, no tendrán su tarjeta de operación vigente.
 


Este nuevo sistema de registro de conductores permite actualizar la información de las tarjetas de control (tarjetón) en tiempo real y validar los requisitos de Ley de una manera más eficiente. Además, permite a las autoridades y a los usuarios realizar la validación del vehículo y del conductor por medio de la aplicación móvil SIMUR.
 
Todos los conductores de transporte publico individual deberán estar inscritos en el SIRC a más tardar el 28 de mayo de 2018, expidiendo una nueva tarjeta de operación.
 
Feria de Taxi Inteligente en Bogotá - Foto: Alcaldía Bogotá

Adicionalmente, de acuerdo con el último dígito de la placa y las fechas del cronograma de implementación, deben actualizar en el SIRC el sistema de cobro una vez hayan migrado al sistema de Taxi Inteligente.

Los conductores que el día 28 de mayo de 2018 no hayan actualizado su tarjeta de control en el SIRC, serán sujetos a la infracción B15: “Conducir un vehículo de servicio público que no lleve el aviso de tarifas oficiales en condiciones de fácil lectura para los pasajeros o poseer este aviso deteriorado o adulterado”. La multa es de 8 salarios mínimos legales diarios vigentes, que equivalen a 208 mil trescientos pesos.

 
Cobro de la tarifa
 
Con relación al cobro de la tarifa, los taxistas que hagan el cambio al Taxi Inteligente podrán cobrar el incremento de 7,4% (establecido en el decreto 568 del 20 de octubre de 2017), de acuerdo con lo que indique la plataforma. Quienes acorde con el cronograma de implementación no hayan hecho el cambio, deberán continuar cobrando con taxímetro la tarifa vigente en 2016.

 Tarifa vigente 2016 (cobro con taxímetro)Tafira vigente 2017
(cobro con plataforma)
Banderazo$ 2.300$ 2.500
Carrera mínima$ 4.100$ 4.400
Recargo hacia y desde el Aeropuerto o Puente Aéreo$ 4.100$ 4.400
Recargo nocturno (de 20:00 a 5:00 horas), dominical y/o festivo$ 2.000$ 2.100
Servicio puerta a puerta$ 700$  800