Como parte de las medidas de la Nueva Realidad que avanzan en Bogotá, el Instituto de Desarrollo Urbano (IDU) informó los pasos que debe seguir una persona para solicitar el permiso temporal de uso del espacio público para alguna actividad, como Bogotá A Cielo Abierto en el caso de los restaurantes.
Los establecimientos o locales comerciales que quieran ofrecer servicios a cielo abierto podrán utilizar un máximo de 3 metros de la red de andenes y pasos peatonales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos. Es importante señalar que este trámite debe hacerse dos semanas antes de la fecha prevista para la actividad.
Aspectos que se tienen en cuenta para la expedición del permiso
Por medio de la resolución 003818 de 2020, el IDU estableció los parámetros que se tendrán en cuenta para la expedición de este permiso temporal durante la emergencia por el COVID-19.
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El permiso otorgado corresponde a la posibilidad de utilizar el frente del predio donde funciona cada establecimiento y/o local comercial y hasta máximo en 3 metros de la red de andenes, vías peatonales y pasos peatonales, los cuales se contarán desde el paramento del inmueble, siempre y cuando se garantice una franja peatonal libre y continua de mínimo 2.50 metros de ancho de anden existente.
Cuando exista ciclorruta sobre el andén, se permitirá́ actividad comercial sólo en aquellos ejes en los cuales se disponga de una franja de circulación peatonal libre y continua de mínimo 2.50 metros de anden existente.
#Miércoles
— IDU Bogotá (@idubogota) September 2, 2020
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El permiso sobre tramos de la red de andenes, vías peatonales y pasos peatonales, se concederá exclusivamente para llevar a cabo medidas de distanciamiento social tales como organización de filas de clientes para acceso al establecimiento y local comercial, incluyendo demarcación y señalización para distanciamiento, así́ como para el uso comercial temporal a establecimientos y locales comerciales dedicados a la gastronomía y servicios para bicicletas.
El uso temporal de la red de andenes, vías peatonales y pasos peatonales se hará́ en los horarios establecidos para el respectivo establecimiento o sector.
Tanto el mobiliario urbano como el amoblamiento propio que se localice en el área del respectivo permiso es potestativo del propietario del establecimiento, siempre y cuando sea removible permitiendo su almacenamiento dentro local comercial cuando no se encuentre en uso; y deberá ser presentado al IDU para su respectiva aprobación.
Las actividades de mantenimiento rutinario y limpieza del andén ubicado frente al establecimiento, son responsabilidad del propietario del establecimiento.
El trámite para obtener el permiso de bioseguridad debe adelantarse en la página web www.bogotaacieloabierto.gov.co
Ten en cuenta estos pasos para solicitar tu permiso:
1. Envía una carta de solicitud, con la dirección del predio, la descripción del espacio que utilizaría y la justificación para ocupar este espacio.
2. Anexa fotocopia de la cédula del propietario, arrendatario o poseedor del establecimiento y/o local comercial.
3. Adjunta certificado de cámara de comercio vigente y RUT del establecimiento para el cual se realiza el trámite.
4. Demuestra mediante certificación de bioseguridad, el cumplimiento de todos los protocolos para las actividades y servicios que se ofrecerán en este espacio.
5. Incluye esquema de ubicación de los elementos a utilizar y delimitando de las áreas de ocupación.
6. Fotos del andén a utilizar: Una foto de frente al establecimiento y otra que corresponda al perfil del andén.
Una vez tengas todos los documentos radícalos de manera presencial en las ventanillas de radicación del IDU ubicadas en la calle 22 No. 6 – 27 primer piso, o a través del correo electrónico correspodencia@idu.gov.co, con carta dirigida al Director Técnico de Administración de Infraestructura.