¿Qué días aplica la restricción de acompañante hombre en moto en Bogotá?

1·JUL·2022
El Distrito sancionó el Decreto 270, que da una prórroga a las medidas transitorias y preventivas para conservar la seguridad y convivencia en Bogotá
Bogotá: ¿Qué días aplica la restricción de acompañante hombre en moto?Foto: Alcaldía de Bogotá
La restricción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.

Este 30 de junio el Distrito sancionó el Decreto 270, con el cual se da una prórroga a la restricción de acompañante hombre en moto y otras medidas transitorias y preventivas para la conservación de la seguridad y la convivencia de Bogotá, sancionadas en el Decreto 119 del 7 de abril de 2022.

Bogotá: días en los que se restringe el acompañante hombre en moto 

Como dicta el Decreto 270, los días jueves, viernes y sábados en Bogotá no podrán circular motocicletas que movilicen a acompañantes hombres; los horarios en los que rige la medida son de 7:00 p.m. a 4:00 a.m. La restricción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.

Esta medida exceptúa a la fuerza pública, organismos de socorro y salud; personal de seguridad privada; transporte de personas en condición de discapacidad, aseguradoras y conductor elegido. 

(Vea también: Decreto 270: Nuevo plazo para aplicar medidas que refuerzan seguridad en Bogotá)

Cabe mencionar que esta restricción y la obligatoriedad de la placa visible en el casco, y opcionalmente en su indumentaria; la restricción de reuniones en parques, plazoletas y plazas públicas en horas de la noche; y un horario para el expendio de licor y control de establecimiento nocturnos, han ayudado en la reducción de delitos de alto impacto en Bogotá, como aseguró el secretario de Seguridad, Aníbal Fernández de Soto.