Este 30 de junio el Distrito sancionó el Decreto 270, con el cual se da una prórroga a la restricción de acompañante hombre en moto y otras medidas transitorias y preventivas para la conservación de la seguridad y la convivencia de Bogotá, sancionadas en el Decreto 119 del 7 de abril de 2022.
Bogotá: días en los que se restringe el acompañante hombre en moto
Como dicta el Decreto 270, los días jueves, viernes y sábados en Bogotá no podrán circular motocicletas que movilicen a acompañantes hombres; los horarios en los que rige la medida son de 7:00 p.m. a 4:00 a.m. La restricción estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022.
Esta medida exceptúa a la fuerza pública, organismos de socorro y salud; personal de seguridad privada; transporte de personas en condición de discapacidad, aseguradoras y conductor elegido.
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(Vea también: Decreto 270: Nuevo plazo para aplicar medidas que refuerzan seguridad en Bogotá)
Cabe mencionar que esta restricción y la obligatoriedad de la placa visible en el casco, y opcionalmente en su indumentaria; la restricción de reuniones en parques, plazoletas y plazas públicas en horas de la noche; y un horario para el expendio de licor y control de establecimiento nocturnos, han ayudado en la reducción de delitos de alto impacto en Bogotá, como aseguró el secretario de Seguridad, Aníbal Fernández de Soto.