Los conjuntos residenciales y edificios de Bogotá, mi Ciudad, mi Casa son escenarios donde la convivencia interespecie se hace visible todos los días. Un perro que recorre el pasillo, un gato que transita por una zona común bajo el cuidado de su tenedor o una familia que utiliza los jardines para compartir con su animal de compañía recuerdan que el bienestar animal y la convivencia ciudadana no son asuntos separados.
Vivir en una copropiedad significa construir acuerdos, reconocer las necesidades de los demás y comprender qué decisiones cotidianas tienen efectos sobre quienes habitan el mismo espacio.
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El Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) invita a reconocer que la tenencia responsable no termina en la puerta de la vivienda y también se ejerce en ascensores, escaleras, porterías, senderos peatonales, parques internos y demás espacios compartidos de la propiedad horizontal.
Tener un animal de compañía en Bogotá implica asumir responsabilidades en comunidad
Al salir de un apartamento o casa, se debe mantener el control y la supervisión del animal, utilizar los elementos de manejo que correspondan y adoptar medidas razonables de seguridad.
En el caso de los perros, el uso de la traílla en los espacios comunes constituye una medida esencial de prevención, sin perjuicio de las reglas especiales aplicables a los perros de manejo especial.
En cuanto a los gatos y otros animales de compañía, su desplazamiento debe realizarse de manera segura, atendiendo a sus características y necesidades, para evitar escapes, accidentes o situaciones de estrés.
La responsabilidad también se expresa en acciones sencillas como:
Ecoger inmediatamente los excrementos y disponerlos adecuadamente.
Limpiar los residuos ocasionados por el animal.
Evitar que deteriore jardines o mobiliario.
Procurar que sus comportamientos no generen riesgos o afectaciones evitables a la tranquilidad de las y los vecinos.
Las zonas comunes son espacios compartidos, no espacios sin reglas
Los pasillos, ascensores, escaleras y porterías son espacios de circulación en los que pueden coincidir niños, personas mayores, personas con discapacidad, visitantes, trabajadores, residentes y animales de compañía. Por esta razón, quienes tienen animales bajo su cuidado deben anticiparse a posibles situaciones de riesgo, evitar que circulen sin supervisión y procurar que los encuentros con otros animales o personas se desarrollen de forma segura.
Esto implica, por ejemplo, mantener una distancia prudente cuando otro animal muestra señales de miedo o incomodidad, no permitir acercamientos sin autorización de su responsable, evitar que los perros se aproximen de manera descontrolada a otros residentes y utilizar adecuadamente los elementos de contención durante los desplazamientos.
De igual manera, las zonas verdes no deben convertirse en lugares donde se permita indiscriminadamente la disposición de excrementos o se afecten las plantas, los jardines y el mobiliario. Su utilización debe responder a las condiciones establecidas para cada espacio y a las necesidades de los animales, sin desconocer que su bienestar exige oportunidades de actividad física, exploración, socialización y esparcimiento apropiadas.
La corresponsabilidad también compromete a las administraciones
La convivencia interespecie no depende exclusivamente de las familias cuidadoras. Las administraciones, los consejos de administración y las asambleas de copropietarios también desempeñan un papel importante en la construcción de entornos seguros y respetuosos.
La Ley 675 de 2001, que regula el régimen de propiedad horizontal, establece un marco para la organización de la vida en comunidad, el uso de los bienes comunes y el cumplimiento de las obligaciones de los propietarios.
A su vez, la Ley 1774 de 2016 reconoce a los animales como seres sintientes y fortalece el marco de protección frente al sufrimiento y el maltrato animal.
Estas disposiciones deben comprenderse de manera armónica con las normas de convivencia ciudadana, las obligaciones de tenencia responsable y las reglas válidamente establecidas en cada copropiedad.
En consecuencia, las administraciones pueden promover campañas pedagógicas, divulgar pautas de manejo seguro, identificar puntos críticos para la disposición de residuos, facilitar canales de comunicación para reportar situaciones que afecten la convivencia y establecer procedimientos claros para atender los conflictos relacionados con animales de compañía.
También es importante que los reglamentos y manuales de convivencia contemplen disposiciones razonables, claras y compatibles con la legislación vigente. Las medidas adoptadas deben orientarse a prevenir riesgos y resolver situaciones concretas, no a generar barreras injustificadas para las personas que conviven con animales ni a desconocer las obligaciones de protección y bienestar animal.
Ante una dificultad, el diálogo, la verificación de los hechos y la aplicación proporcional de las normas deben ser el punto de partida. La presencia de un animal no constituye, por sí sola, una afectación a la convivencia; cada situación debe valorarse de acuerdo con sus circunstancias y con los derechos y deberes involucrados.
Cinco acciones para una mejor convivencia interespecie
Construir una copropiedad amigable con los animales en el Distrito Capital requiere compromisos cotidianos que pueden incorporarse a la rutina de todos los residentes:
Mantener el control y la supervisión: Desplazar a los animales de manera segura por las zonas comunes, utilizar los elementos de manejo pertinentes y prevenir escapes, accidentes o acercamientos no consentidos.
Recoger y disponer adecuadamente los excrementos: Llevar bolsas y los implementos necesarios para limpiar los residuos, evitando afectaciones sanitarias y molestias a la comunidad.
Respetar a los demás residentes y animales: No todos los animales ni todas las personas reaccionan de la misma manera ante un encuentro. Respetar las distancias, evitar interacciones forzadas y actuar con prudencia reduce conflictos y previene incidentes.
Cuidar los bienes comunes: Evitar daños en jardines, ascensores, pasillos, mobiliario y demás instalaciones, y responder por las afectaciones que correspondan conforme a la normativa aplicable.
Participar en la construcción de acuerdos: Promover el diálogo con vecinos y administraciones, conocer el reglamento de propiedad horizontal y contribuir a campañas de educación sobre protección, bienestar y tenencia responsable.
La convivencia no se construye expulsando a los animales de los espacios compartidos, sino promoviendo un uso responsable, seguro e incluyente de estos, de acuerdo con la normativa vigente y las características de cada copropiedad.
Estas conductas no deben entenderse como simples formalidades ni como exigencias que limitan injustificadamente el vínculo entre las personas y sus animales.
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Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por el Instituto Distrital de Protección y Bienestar Animal (IDPYBA) https://www.animalesbog.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.







