Desde el 1 de febrero de 2022 los generadores de residuos hospitalarios y similares deberán contratar directamente los servicios de transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado.
Cada generador será responsable de la cadena de gestión de este tipo de residuos, garantizando así la adecuada disposición para evitar fugas en el transporte hasta la disposición final.
¿Dónde consultar la lista de gestores autorizados?
Los generadores que requieran contratar estos servicios pueden consultar en el listado de gestores autorizados a nivel nacional en el siguiente link: http://rua-respel.ideam.gov.co/respelpr2009/mapa.php.
Contenidos relacionados
¿Quiénes son generadores de residuos hospitalarios y similares?
Personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con:
- Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además, de farmacias y droguerías.
- Bancos de sangre, tejidos y semen.
- Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
- Bioterios y laboratorios de biotecnología.
- Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
- El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
- Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
- Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
- Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
- Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.