En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa, los comerciantes y emprendedores son clave para el desarrollo económico de la ciudad. Abrir un establecimiento de comercio implica mucho más que encontrar un local y poner en marcha una idea de negocio en Bogotá. Cumplir con los requisitos legales desde el primer día permite operar con tranquilidad, evitar sanciones y generar confianza entre clientes, proveedores y vecinas y vecinos.
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De acuerdo con el Artículo 87 de la Ley 1801 de 2016, Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, todas las personas que desarrollen actividades económicas deben cumplir una serie de condiciones relacionadas con formalización, seguridad, convivencia y normatividad urbana.
¿Qué revisar antes de iniciar operaciones?
1. ¿El uso del suelo permite la actividad que desea desarrollar?
Antes de comprar o arrendar un local, verifique que la actividad económica esté permitida en el sector donde funcionará el establecimiento. Esta consulta puede realizarse a través de los canales oficiales de la Secretaría Distrital de Planeación.
2. ¿Tiene vigente la matrícula mercantil?
La formalización del negocio comienza con la inscripción y renovación de la matrícula mercantil ante la Cámara de Comercio de Bogotá. Para este trámite es necesario contar previamente con el Registro Único Tributario (RUT) expedido por la DIAN.
3. ¿Ya informó la apertura del establecimiento?
Las y los comerciantes deben comunicar la apertura de su negocio a la autoridad de Policía correspondiente. Este requisito facilita la identificación y seguimiento de las actividades económicas que se desarrollan en la ciudad.
4. ¿El establecimiento cumple las normas sobre ruido?
Los negocios deben respetar los niveles de intensidad auditiva establecidos por la normatividad ambiental, especialmente cuando utilizan equipos de sonido o desarrollan actividades recreativas y de entretenimiento.
5. ¿Conoces los horarios autorizados para operar?
El incumplimiento de horarios es una de las causas más frecuentes de sanción. Actualmente rige el Decreto 293 de 2025, que establece los horarios para actividades relacionadas con la venta y consumo de bebidas alcohólicas.
Por ejemplo, bares y discotecas pueden operar hasta las 3:00 a. m., mientras que algunas zonas focalizadas pueden extender su horario hasta las 5:00 a. m., siempre que cumplan las condiciones establecidas por la norma.
6. ¿Cuentas con las condiciones de seguridad exigidas?
Dependiendo de la actividad económica, el establecimiento debe cumplir requisitos relacionados con seguridad humana y protección contra incendios, los cuales son verificados por las autoridades competentes.
7. ¿El establecimiento cumple las normas sanitarias y ambientales?
Se deben atender las disposiciones de las autoridades de salud, ambiente y servicios públicos, especialmente cuando en el establecimiento manipulan alimentos, generan residuos o desarrollan actividades con posibles impactos ambientales.
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8. ¿La actividad que se desarrolla coincide con la registrada?
La actividad económica que realiza el establecimiento debe corresponder a la registrada en la matrícula mercantil. Si existen cambios, estos deben actualizarse oportunamente ante la Cámara de Comercio.
9. ¿Se necesita autorización por derechos de autor?
Los establecimientos que utilizan música u otras obras protegidas por derechos de autor deben contar con las autorizaciones o certificaciones correspondientes.
10. ¿Requiere Registro Nacional de Turismo?
Los establecimientos relacionados con actividades turísticas deben contar con el Registro Nacional de Turismo, requisito indispensable para operar legalmente dentro de este sector.
¿Qué ganan las y los comerciantes al cumplir estas normas?
Cumplir con estos requisitos no solo ayuda a evitar medidas correctivas y sanciones. También contribuye a una ciudad más organizada, segura y competitiva, donde comerciantes y ciudadanía pueden desarrollar sus actividades con mayor confianza.
En línea con la apuesta de fortalecer la actividad económica y la convivencia en los territorios, liderada por el alcalde Mayor, Carlos Fernando Galán, la Secretaría Distrital de Gobierno continúa acompañando y orientando a comerciantes y personas emprendedoras para que desarrollen sus negocios de manera formal y de acuerdo con la normatividad vigente.
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Cuando un negocio cumple las reglas, ganan comerciantes, clientes y la ciudad.
Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de Gobierno (SDG) https://www.gobiernobogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá. Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.






