Bogotá abre nueva convocatoria de Arrendamiento Temporal Solidario con postulaciones presenciales: 7 al 23 de septiembre

4·SEP·2026
Para realizar la postulación, los hogares deberán cumplir los requisitos establecidos para el programa y presentar la documentación completa.
Imagen gráfica con el texto: arrendamiento temporal solidario una alternativa para avanzar hacia una mayor estabilidad habitacional Foto: Secretaría Distrital del Hábitat
Las familias interesadas en postularse podrán elegir la fecha y lugar de su elección, salvo la jornada especial dirigida a víctimas.

¡En Bogotá, mi Ciudad, mi Casa se fortalecen los programas sociales! La Secretaría Distrital del Hábitat (SDHT) realizará una nueva convocatoria del programa 'Arrendamiento Temporal Solidario', que en esta oportunidad tendrá un proceso de postulación presencial, con acompañamiento del equipo de la entidad, entre el 7 y el 23 de septiembre de 2026, en diferentes puntos de Bogotá

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A diferencia de convocatorias anteriores, en esta oportunidad no habrá un enlace para realizar la postulación de manera virtual, sino que los hogares interesados deberán asistir a las jornadas programadas, donde recibirán orientación y acompañamiento por parte del personal de la Secretaría Distrital del Hábitat

Para realizar la postulación, los hogares deberán cumplir los requisitos establecidos para el programa y presentar la documentación completa al momento de la atención.

¿Dónde y cuándo serán las jornadas?

Las jornadas de postulación se realizarán en las siguientes localidades, fechas y lugares:

  • Suba: del 7 al 10 de septiembre en el CDC Tibabuyes (calle 144 # 136a-65).
  • Santa Fe: 7 y 8 de septiembre en el Centro de Memoria Paz y Reconciliación (carrera 19b # 24-82) jornada especial dirigida a víctimas.
  • Ciudad Bolívar: 14 y 15 de septiembre en la Alcaldía Local de Ciudad Bolivar (diagonal 62sur # 20f-20).
  • Kennedy: del 16 al 18 de septiembre en la Alcaldía Local de Kennedy (transversal 78k # 41a-4 sur).
  • Chapinero: 22 y 23 de septiembre en el auditorio de la Secretaría Distrital del Hábitat (calle 52 # 13-64).

Las familias interesadas en postularse podrán elegir la fecha y lugar de su elección, salvo la jornada especial dirigida a víctimas. Así las cosas, si una familia intenta postularse y no puede hacerlo por falta de un documento, podrá ir en los días posteriores a los sitios designados para completar el proceso de postulación.

¿En qué consiste Arrendamiento Temporal Solidario?

Arrendamiento Temporal Solidario es un apoyo económico distrital que se entrega, por una única vez, a hogares beneficiarios para contribuir al pago parcial o total del canon mensual de arrendamiento de una vivienda independiente que cumpla con las condiciones establecidas por la Secretaría Distrital del Hábitat.

El subsidio se entrega durante un máximo de seis meses y puede alcanzar 0.62 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV) por mes, cifra que para 2026 corresponde a hasta $ 1.085.561 mensuales.

Este apoyo busca brindar una alternativa habitacional temporal a hogares en condición de vulnerabilidad, mientras avanzan en su proceso de estabilización socioeconómica o hacia una solución de vivienda definitiva.

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Conoce más detalles de la convocatoria en la siguiente publicación en la red social X de la Secretaría Distrital del Hábitat (SDTH): 

¿Quiénes pueden postularse?

El programa está dirigido a hogares cuya jefatura sea mayor de edad, que acrediten ingresos de hasta un salario mínimo legal mensual vigente y que hagan parte de alguno de los siguientes grupos poblacionales:

  • Mujeres víctimas de violencia intrafamiliar o en riesgo de feminicidio.
  • Víctimas del conflicto armado.
  • Víctimas de emergencias o desastres ocurridos durante los cinco años anteriores a la postulación.
  • Personas adultas mayores.
  • Recuperadores de residuos reciclables inscritos en el RURO de la Uaesp.
  • Grupos étnicos.

Pertenecer a alguno de estos grupos poblacionales no constituye, por sí solo, el cumplimiento de todos los requisitos para acceder al subsidio. Los hogares deberán acreditar las demás condiciones establecidas en la normativa vigente y en la convocatoria.

Requisitos

Además de cumplir con las condiciones de población e ingresos, el hogar deberá:

  • Tener una persona que ejerza la jefatura del hogar y sea mayor de edad.
  • Acreditar ingresos de hasta un salario mínimo legal mensual vigente.
  • Contar con contrato de arrendamiento suscrito por las partes (arrendador y arrendatario) vigente. No es obligatorio que el contrato esté autenticado.
  • No tener ningún integrante del hogar como propietario de una vivienda en el territorio nacional, salvo las excepciones establecidas en la normativa vigente.
  • No tener ningún integrante del hogar como beneficiario de un subsidio de vivienda que haya sido efectivamente aplicado.
  • Cumplir con los demás requisitos establecidos en el Decreto Distrital 653 de 2025, la Resolución 224 de 2025 y las normas que las modifiquen o sustituyan.

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El subsidio que asigna el programa Arrendamiento Temporal Solidario no aplica para habitaciones ni inquilinatos, la vivienda que será objeto del subsidio deberá cumplir con estas condiciones específicas:

  • Ser una unidad habitacional independiente.
  • Estar ubicada en un sector legalizado.
  • Contar con condiciones mínimas de habitabilidad y ser previamente verificada y habilitada por la Secretaría Distrital del Hábitat.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital del Hábitat (SDHT) https://habitatbogota.gov.co/ . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
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