¿Quieres acceder a subsidio de vivienda del Distrito? Aquí te contamos

Subsidios de vivienda en Bogotá: accede a este beneficio 2024Foto: Secretaría de Hábitat.
Para esta Administración se triplican los recursos del presupuesto destinados al sector vivienda. La meta del cuatrienio son 50.000 soluciones habitacionales.
Publicado:
16
Jul
2024

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La Alcaldía Mayor de Bogotá de junto con la Secretaría del Hábitat (SDH), invitan a la ciudadanía a participar en el programa de subsidios de vivienda 'Reactiva tu Compra, Reactiva tu Hogar' 2024.  

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Una iniciativa dirigida a los hogares bogotanos con menores ingresos que buscan alcanzar el cierre financiero para la adquisición de una vivienda de interés social o prioritario, al mismo tiempo que se contribuye a la reactivación económica del sector. 

A continuación te compartimos un post de la Secretaría Distrital del Hábitat sobre el programa 'Reactiva tu Compra, Reactiva tu Hogar'

Para esta Administración se triplican los recursos del presupuesto destinados al sector vivienda. La meta del cuatrienio son 50.000 soluciones habitacionales.

¿Cómo puedo acceder al subsidio de vivienda?

1. El hogar deberá dirigirse a la sala de ventas del proyecto de vivienda de su preferencia.

2. El enajenador le ayudará al hogar a realizar su postulación al subsidio, a través del enlace dispuesto en la página web de Secretaría Distrital del Hábitat. Para ello, es necesario que el proyecto de vivienda esté previamente inscrito y aprobado en el programa.

3. La Secretaría Distrital del Hábitat validará que la información registrada en la postulación y los documentos solicitados cumplan con los requisitos establecidos.

4. Si el hogar cumple con todos los requisitos, la Secretaría Distrital del Hábitat expedirá la resolución de asignación del subsidio distrital de vivienda que acreditará al hogar como beneficiario del programa.

Consulta aquí: Estos son los Ecopuntos UAESP para la semana del 16 al 19 de julio ¡Conócelos! 

¿Cuáles son los requisitos?

1. El hogar debe tener ingresos inferiores a cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV).

2. El hogar no debe haber sido beneficiario de un subsidio familiar de vivienda, excepto si el subsidio asignado hace parte del cierre financiero para la compra de la vivienda.

3. El hogar no debe ser propietario de vivienda en el territorio nacional.

4. La vivienda que el hogar desee adquirir debe ser de interés social o prioritario, contar con mínimo 36 m2 de área habitable y tener prevista su escrituración para este año

Haz clic aquí para ingresar a la plataforma de registro de enajenadores. Recuerda que este registro no deben hacerlo los hogares, sino los enajenadores (vendedores de vivienda).