Diego Ricardo Piñeros Nieto, Alcalde Local de Los Mártires, convoca a los ciudadanos pertenecientes a las siguientes organizaciones, para que participen en la conformación del Consejo de Planeación Local (CPL), en el marco del Acuerdo 13 de 2000, adicionado por el acuerdo distrital No. 436 de 2010:
Asociación de Juntas de Acción Comunal
Asociaciones de padres de familia
Organizaciones juveniles
Rectores de establecimientos educativos
Organizaciones de comerciantes
Organizaciones de industriales
Gerentes de establecimientos de salud pública local
Organizaciones no gubernamentales
Organizaciones ambientales
Organizaciones campesinas
Organizaciones de las comunidades étnicas e indígenas
Organizaciones de adulto mayor y/o pensionados (representante según Acuerdo 436 de 2010)
Consejo Tutelar (delegado Acuerdo 110 de 2003)
Organizaciones de población con discapacidad
Organizaciones de mujeres
Organizaciones LGBTI
Organizaciones animalistas
Representantes de los distintos espacios locales como asociaciones de usuarios y expresiones sociales, culturales, y organizaciones de víctimas de convivencia y de paz no incluidas en el Acuerdo 13 de 2000 con presencia, vigencia y trabajo local
Alcaldía Local de los Mártires, avenida calle 13 No. 19-71, piso 2, Centro comercial Sabana Plaza, teléfono fijo en Bogotá 375 95 35
Sede Junta Administradora Local, carrera 19 B No. 23-90, piso 1, teléfonos fijos en Bogotá 268 36 36 – 268 37 37
Casa de igualdad, calle 2 No. 29 B-35, barrió Santa Isabel, teléfono fijo en Bogotá 359 95 31
Subdirección Local para la Integración Social, diagonal 22 B bis No. 20-51, teléfonos fijos en Bogotá 368 45 11 – 368 94 99
Hospital Centro Oriente (Sede Salud Pública), carrera 18 B No. 24 A-41
Gimnasio Polideportivo Parque Eduardo Santos, calle 4 bis No. 18 B-30, teléfono fijo 201 16 15
Organizaciones Formales:
Carta de la organización describiendo brevemente su vinculación con la localidad, su experiencia en los asuntos y actividades del sector, el nombre de la persona que postula al Consejo de planeación local
Copia de la personería jurídica o del registro de Cámara de comercio o el acto administrativo que crea la organización
Copia de la cédula de ciudadanía del (la) Representante Legal de la organización y del(a) postulado(a)
Certificación expedida por una organización social y comunitaria de reconocida trayectoria en procesos de desarrollo social en la localidad o por el (la) Representante legal de una entidad o institución, dicha certificación deberá avalar la existencia y reconocimiento en la localidad de la organización que postula (Aval, entendido como una forma de reconocer y valorar el trabajo de líderes, lideresas, organizaciones sociales y comunitarias y sectores, por parte de personas, organizaciones o entidades de carácter local, distrital o nacional de reconocida trayectoria en procesos de desarrollo social, que por las funciones desempeñadas, competencias otorgadas o la naturaleza misma de su trabajo pueden avalar la existencia de un trabajo realizado afín con los procesos en los que tendrá injerencia en los Consejos de Planeación Local).
Copia de la cédula de ciudadanía del(a) delegado(a) de la organización al proceso de elección del Consejo de Planeación Local
Carta de la asociación, establecimiento o consejo con el nombre completo, número de cédula y datos del contacto del(a) delegado(a) al Consejo de Planeación Local, anexando copia de la cédula de ciudadanía del mismo
La asociación de Juntas de Acción Comunal y el Consejo Tutelar, además deberán allegar copia del acta y listado de asistencia donde se realiza la delegación
Entre los días 5 y 8 de febrero de 2016, en los puntos de inscripción y en la página web www.martires.gov.co, se realizará la publicación de los inscritos y se procederá a convocar para elecciones a aquellos sectores, organizaciones o asociaciones donde se acrediten varios representantes para conformar el CPL.
Elección:
Cuando se acrediten varios representantes de un mismo sector, organización o asociación, estos elegirán a quién los represente entre los días 9 al 15 de febrero de 2016 de forma autónoma y democrática y de acuerdo con la convocatoria que realice el alcalde local. Vencido el término si las organizaciones o sectores no se ponen de acuerdo para elegir el representante, el alcalde local procederá a designarlo el día 16 de febrero de 2016.
Promulgación e instalación:
El día 17 de febrero el Alcalde Local promulgará la conformación del Consejo de Planeación Local y acto seguido, el día 18 de febrero, procederá a la instalación del Consejo de Planeación Local de Los Mártires.
Infórmese a diario sobre lo que pasa en las localidades de Bogotá.
Twitter: @ServiCiudadano
Facebook: Servicio al Ciudadano – Bogotá