El pico y placa rotativo para vehículos de carga, mayores a 20 años, continuará rigiendo en abril los sábados de 5:00 a.m. a 9:00 p.m.
De ese modo, el sábado 2 de abril de 2022, inicia la restricción para placas pares, es decir, las terminadas en 0,2,4,6 y 8. Para el siguiente sábado, aplica para placas impares, las terminadas en 1,3,5,7 y 9.
No obstante, hay que aclarar que los vehículos de carga, mayores a 20 años, tienen restricción de circulación en Bogotá de lunes a viernes, de 6:00 a.m. a 8:00 a.m. y de 5:00 p.m. a 8:00 p.m., sin importar el dígito de la placa.
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Pico y placa para vehículos de carga durante abril de 2022
Semana del 1 al 3 de abril
- Sábado 2: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
Semana del 4 al 10 de abril
- Sábado 9: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
Semana del 11 al 17 de abril
- Sábado 16: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
Semana del 18 al 24 de abril
- Sábado 23: La restricción aplica para placas terminadas en 1,3,5,7 y 9
Semana del 25 al 30 de abril
- Sábado 30: La restricción aplica para placas terminadas en 0,2,4,6 y 8
Vehículos de carga también pueden aplicar a excepción de pico y placa
Los vehículos de carga liviana a gas hacen parte de las excepciones a la medida de pico y placa en Bogotá. Para aplicar, debes llenar el formulario que encuentras en bit.ly/Livianos.
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El Decreto Distrital 546 de 2021 exime de la restricción de circulación ambiental los sábados, a los vehículos mayores de 20 años convertidos a gas.
Para acceder a la excepción, los vehículos de carga liviana deben cumplir con los siguientes requisitos:
El año modelo del vehículo debe ser superior a 20 años.
El vehículo debe estar registrado en el Runt como convertido a gas natural.
El vehículo debe tener una capacidad de carga menor o igual a 3.500 kg.