¡Ojo! Esta es la sanción por salir en tu vehículo en el Día sin carro y sin moto

20·SEP·2022
Durante la jornada la ciudad contará con 1.140 agentes de tránsito, 200 guías regulando el tránsito y más de 50 de puestos de control.
Sanción por sacar el vehículo en el día sin carro y sin moto en BogotáFoto: Alcaldía de Bogotá
También te contamos cuáles son los vehículos que tienen permiso para circular durante la jornada.

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La jornada de Día sin carro y sin moto se llevará a cabo en Bogotá este jueves 22 de septiembre 5:00 a.m. a 9:00 p.m., con la novedad de que se unen los municipios cundinamarqueses de Mosquera y Chía en un horario de 6:00 a.m. a 8:00 p.m.

(También te puede interesar: Medios de transporte que se podrán usar en el Día sin carro y sin moto en Bogotá)

Las sanción por sacar el vehículo durante el día sin carro y sin moto está estipulada en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14. La multa por su incumplimiento es de $468.500 para este 2022; además, el vehículo será inmovilizado.

Para el control en vía, se desplegarán 1.140 agentes de tránsito, 200 guías regulando el tránsito y más de 50 de puestos de control.

Excepciones del día sin carro y sin moto en Bogotá

  • Vehículos y motocicletas conducidos por personas en condición de discapacidad o para su transporte.
  • Vehículos de emergencia.
  • Transporte escolar.
  • Vehículos de transporte con capacidad para movilizar más de 10 pasajeros.
  • Vehículos y motocicletas de las empresas de transporte de servicios públicos domiciliarios.
  • Motocicletas de vigilancia y seguridad privada.
  • Carrozas fúnebres.
  • Motocicletas que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Transporte público.
  • Vehículos y motocicletas para el control del tráfico y las grúas que prestan el servicio a la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • Caravana presidencial.
  • Vehículos y motocicletas militares, de Policía Nacional y de Organismos de Seguridad del Estado.
  • Vehículos y motocicletas de servicio diplomático o consular.
  • Transporte asignado por la Unidad Nacional de Protección a personas que tengan medidas de protección.
  • Vehículos y motocicletas destinados para el control operacional y el mantenimiento del Sistema Integrado de Transporte Público.
  • Transporte para el control de emisiones y vertimientos.
  • Vehículos y motos propulsados por motores eléctricos.

Es importante recordar que los vehículos híbridos no hacen parte de las excepciones.