Con nueva Ley, se busca eliminar violencias contra las mujeres en la política

23·JUL·2025
Hay seis categorías en las que se puede identificar si una mujer es víctima de violencia política y amparar sus derechos fundamentales.
Ley 2453 de 2025 violencia política en mujeres en Bogotá y ColombiaFoto: Secretaría Distrital de la Mujer.
Denuncia la violencia física, psicológica, simbólica, sexual, económica, digital y vicaria en política.

En ‘Bogotá, mi Ciudad, mi Casa’ trabajamos por la seguridad y el bienestar de las familias y de sus entornos. Colombia dio un gran paso para prevenir, atender, rechazar y sancionar la violencia contra las mujeres en política y hacer efectivo su derecho a la participación en todos los niveles, a través de la implementación de la Ley 2453 de 2025, sancionada en abril de 2025. Esta norma reconoce que la Violencia Política contra las mujeres no son hechos aislados, sino que es una violencia estructural que requiere una respuesta contundente del Estado, el compromiso de los partidos, entre otros.

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La Ley 2453 de 2025 indica que las entidades del Estado deben prevenir y atender, y las autoridades judiciales, así como orgasmos de control y disciplinarios, sancionar la violencia contra las mujeres en el ámbito político y así garantizar su participación paritaria en espacios libres de violencia.

Algunas de las acciones, conductas u omisiones que se identifican en la Ley 2453 de 2025 que son violencia política contra las mujeres, son:

  • Amenazar, asustar o intimidar en cualquier forma a una o varias mujeres y/o a sus familias.
  • Difamar, calumniar, injuriar o realizar cualquier expresión que denigre a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos.
  • Restringir el uso de la palabra y su participación en espacios de participación y toma de decisiones.
  • Discriminar a las mujeres en el ejercicio de sus derechos políticos por motivos de su embarazo, parto o posparto; entre otros.
  • Agredir físicamente a una o varias mujeres.
  • Realizar proposiciones, tocamientos, acercamientos o invitaciones no deseadas, de naturaleza sexual.
  • Divulgar imágenes, mensajes o revelar información de las mujeres en ejercicio de sus derechos políticos, por cualquier medio físico o virtual.

Es importante mencionar que la Ley 2453 de 2025 ya se había venido implementando en Bogotá, mediante la creación y fortalecimiento de las Bancadas de Mujeres, liderando la Mesa de Prevención y Atención de VCMP, desarrollando la Escuela Política Lidera Par, y ofreciendo espacios de sensibilización, formación y acompañamiento jurídico.

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¿Cómo denunciar o reportar hechos de violencia contra las mujeres en el ámbito político en Bogotá?

La Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá (SDMujer) tiene los siguientes canales disponibles para las mujeres víctimas de violencia política que son:

  • Línea Púrpura Distrital, llamando al 01 8000 112 137 o al WhatsApp 3007551846, administradas por la Secretaría Distrital de la Mujer.
  • Casas de Igualdad de Oportunidades de las Mujeres, las cuales están dispuestas en el horario de atención de 8:00 a. m. a 5:30 p. m. de lunes a viernes.

La Secretaría Distrital de Gobierno (SDG) dispone de los siguientes canales de denuncia:

  • Línea de Defensores y Defensoras de Derechos Humanos, llamando al 301 382 7520, administrada por la Secretaría Distrital de Gobierno, así mismo el correo electrónico: defensoresydefensoras@gobiernobogota.gov.co.

Este contenido fue creado a partir de la información proporcionada y difundida por la Secretaría Distrital de la Mujer de Bogotá (SDMujer) https://www.sdmujer.gov.co/noticias/news/la-violencia-contra-las-mujeres-en-politica-existe-y-ahora-hay-una-ley-que-busca-garantizar-los-derechos-de-todas . El artículo fue curado por un o una periodista del Portal Bogotá.
Si tienes alguna sugerencia, observación o necesitas más información sobre la nota publicada, puedes hacerlo a través de los canales de atención a la ciudadanía de la entidad mencionada o en Bogotá te Escucha: https://bogota.gov.co/sdqs/.