Nueva reglamentación para el Registro Único Tributario – RUT

14·NOV·2013
A través del Decreto 2460, del 07 de noviembre de 2013, el Gobierno Nacional expidió nuevas condiciones para la inscripción, actualización suspensión y ...

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A través del Decreto 2460, del 07 de noviembre de 2013, el Gobierno Nacional expidió nuevas condiciones para la inscripción, actualización suspensión y cancelación del Registro Único Tributario – RUT. La inscripción deberá efectuarse, de forma previa, al inicio de la actividad económica, al cumplimiento de obligaciones administradas por la DIAN, y a la realización de operaciones en calidad de importador, exportador o usuario aduanero.

En Bogotá, la actualización de la ubicación podrá realizarse el 15 y 16 de noviembre de 2013, en la MEGAFERIA “La DIAN a su alcance, en un solo lugar”, en el Centro de Convenciones G-12.

Con estas modificaciones, a la hora de realizar la inscripción ya no será necesario presentar un recibo de servicio público. Tampoco se requerirá la firma autógrafa del certificado, cuando se generen copias a través de los medios electrónicos de la DIAN.

Las personas naturales que se encuentren en el exterior, podrán solicitar la inscripción y actualización del registro a través del servicio en línea de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias.

Una vez implementados los ajustes al servicio de actualización del RUT en línea, los ciudadanos-contribuyentes podrán actualizar todos los datos de ubicación. Durante estos días, los Puntos de Contacto de la DIAN en Bogotá no prestarán servicio a los ciudadanos-contribuyentes.

Actualmente, dentro de los registros de la DIAN, se encuentran inscritas en el RUT 10.789.260 personas.

Recuerde qué es el RUT

El RUT es administrado por la DIAN y constituye el mecanismo único para identificar, ubicar y clasificar a las personas y entidades que tengan la calidad de contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y no contribuyentes declarantes de ingresos y patrimonio; los responsables del régimen común y los pertenecientes al régimen simplificado; los agentes retenedores; los importadores, exportadores y demás usuarios aduaneros, y los demás sujetos de obligaciones administradas por DIAN, respecto de los cuales esta requiera su inscripción.

Mayor información teléfono 546 22 22 o Línea Nacional 018000129080.