Autorización para la operación de juegos de suerte y azar en la modalidad de promocionales
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
Obtener autorización para organizar y operar juegos de suerte y azar con el fin de publicitar o promocionar bienes o servicios, establecimientos, empresas o entidades, en los cuales se ofrezca un premio al público, sin que para acceder al juego se pague directamente.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
- PBX: 601 3351535 Extensiones: 2263 - 2224 o 2211
VIRTUAL
Este trámite se debe hacer por medio de nuestra página web http://www.loteriadebogota.com en la opción "GESTORES" https://loteriadebogota.com/portal-gestores/ - leer antes el instructivo que está en la sección "tenga en cuenta"
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónRealizar el pago: Descripción del pago:
Descripción | Tipo moneda | Tipo valor |
Derechos de explotación equivalentes al catorce por ciento (14%) del valor total del plan de premios. | Pesos ($) | Avalúo y/o liquidación |
Gastos de administración equivalentes al uno por ciento (1%) del catorce por ciento (14%) del valor total del plan de premios. | Pesos ($) | Avalúo y/o liquidación |
Información del medio de pago:
Entidad recaudadora | Tipo cuenta | Número cuenta |
Banco Davivienda | Ahorros | 009900210304 |
Se obtiene la autorización para la operación del juego promocional.
En 7 Día(s) - hábil(es)
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Diligenciar la solicitud de autorización a través de la plataforma "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/solicitar-concepto-de-excepcion-y-autorizacion-3/
- Planes de premios: con la respectiva justificación técnica y económica, el lugar y el calendario de realización de los sorteos
- Factura de compra de los bienes, servicios o elementos que componen el plan de premios o en su defecto, cotización de los mismos: este documento puede ser suplido por la promesa de contrato de compraventa o certificado de matrícula inmobiliaria según el caso
- Garantía única de cumplimiento: esta garantía debe estar constituida en cuantía igual al valor total del plan de premios ofrecido, con una vigencia mínima por el término del juego promocional y dos (2) meses más. Podrá ser constituida por anualidades y será presentada en la primera solicitud de juego promocional del respectivo año. En caso de tener solo la cotización de los bienes, servicios o elementos que componen el plan de premios: Certificado de disponibilidad que garantice el pago de plan de premios
- Subir o cargar los anteriores documentos en la sección "gestores" de la página web de la Lotería de Bogotá https://loteriadebogota.com/portal-gestores/
- Antes de proceder a realizar su trámite a través del botón "GESTORES" de la página web de la Lotería de Bogotá, debe leer detalladamente el manual o instructivo de solicitud, el cual igualmente se encuentra ubicado en la página web de la Lotería de Bogotá en la sección de juegos promocionales y rifas / promocionales / trámites y requisitos para solicitar concepto de excepción y autorización juegos promocionales / instructivo de solicitud: instructivo solicitud concepto de excepción y autorización de promocionales y rifas
- Estos son los últimos cambios en cuanto a normatividad que aplica a los Juegos Promocionales y Rifas, los cuales son de gran importancia para su solicitud y autorización por parte de la Lotería de Bogotá:
- 1. Formato Reporte Ganadores: Acuerdo 574 de 2021. Para el diligenciamiento se debe tener en cuenta:
- Una vez se entregue un premio cuyo valor supere las 150 UVT ($ 5.700.00), diligenciar el formato “Reporte de Ganadores” por cada uno de los ganadores.
- El formato ya diligenciado “Reporte de Ganadores” debe subirse al sistema de Promocionales y Rifas (GESTORES) junto con las Actas de Entrega, Opción “Importar Actas”.
- 2. Póliza de Cumplimiento: Numeral 2 artículo 2.7.4.3. del Decreto 1068 de 2015 modificado por el artículo 20 del Decreto 1494 de 2021): o La Garantía de Cumplimiento tiene una vigencia desde el inicio del juego promocional y hasta la fecha del último sorteo y un (1) año más.
- 3. Declaración Juramentada: La Lotería de Bogotá, en su calidad de sujeto responsable de contar con un Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en adelante LA/FT/FPADM, para los juegos de suerte y azar del Distrito Capital, ha dispuesto el formato para quienes deseen obtener autorización para la realización de Juegos Promocionales o Rifas, en calidad de Gestores.
- Decreto 2104 de 2016 (Artículo 1) "Por el cual se modifica el Decreto 1068 201 Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con juegos promocionales."
- Decreto 148 de 2003, (Artículo 1) «Por el cual se asigna una función a la Lotería de Bogotá».
- ley 643de 2001 (Artículos 5, 31) "Por la cual se fija el régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar"
- Decreto 1068 de 2015 Artículos: 2.7.4.3.0 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público"
- Acuerdo 574 de 2021. (Todos) "Por el cual se adopta el Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva para los juegos de suerte y azar del nivel territorial"
- Decreto 1068 de 2015. (Numeral 2 artículo 2.7.4.3) "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público"
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