Autorización para ingreso como visitante a la Carcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres

Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SDSCJ

Última actualización: 01 Septiembre 2023 - 3:47p.m.

Obtener permiso para el ingreso a la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres, como visitante: familiar, allegado, amigo o persona conocida de un Interno. La Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres es una dependencia adjunta a la Subsecretaría de Acceso a la Justicia, de la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, de conformidad con el Decreto 413 de 2016 y en concordancia con la Ley 489 de 1989, condición que la hace diferente del resto de cárceles del país, ya que no depende del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario INPEC.  

Requisitos del Trámite

Coordinación de encuentros virtuales familiares.  Actualmente la Cárcel Distrital en función de garantizar el espacio para que se realice el acercamiento entre las Personas Privadas de la Libertad y sus familias y/o amigos, ha implementado las visitas virtuales mediante programas y plataformas autorizadas. 

  • Canal virtual para solicitar visita vía skype con una persona privada de la libertad: remisiones.cdvam@gmail.com. Por favor colocar en el Asunto: Solicitud visita vía Skype con una persona privada de la libertad. 

          Nota: (La Visita virtual solo será aprobada previo estudio de cada caso)

NOTA: Tenga en cuenta que la persona privada de la libertad es quién autoriza su ingreso a la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres. Sin su autorización previa usted no podrá ingresar. 

IMPORTANTE

En atención a las instrucciones impartidas en virtud de la emergencia sanitaria generada por la Pandemia del Coronavirus COVID-19 por parte del Ministerio del Interior en el decreto 1408 del 03 de noviembre de 2021, se informa que a partir del 16 de noviembre del presente año todo visitante deberá presentar obligatoriamente al momento del ingreso a este Establecimiento Carcelario el carne de vacunación contra COVID-19 o certificado digital en vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación.

Canal telefónico

  • Línea 195
  • Teléfono: (601) 3 77 95 95 Ext. 2012, 2013, 2047, 2049

Horario de Atención: lunes a viernes: 7:00 am - 4:30 pm

 CANALES PRESENCIALES:

  • RADICACIÓN: Ventanilla de atención al ciudadano, Carrera 8 # 1C -50 Sur, Bogotá. Barrio Calvo Sur - Teléfono: (601) 3779595 Ext. 2055Horario de Atención: Lunes a viernes de 7:00 a.m. - 4:30 p.m.

Canal virtual

Tenga en cuenta

INGRESO DE ENCOMIENDAS 

En consideración a los lineamientos vigentes tanto del orden nacional como distrital, para la detección y manejo de casos de COVID-19 y con el propósito de continuar implementando medidas que contribuyan a la mitigación de los riesgos de contagio asociados a esta pandemia y en cumplimiento de la Resolución 012 del 07 de enero de 2021 “Por la cual se declara la alerta roja en el sistema hospitalario de Bogotá y se adoptan otras medidas”. Con base en lo anterior, este Establecimiento Carcelario autoriza el ingreso de elementos de encomiendas ordinarias (comestibles, cigarrillos, pilas y elementos de aseo personal) para las personas privadas de la libertad, de acuerdo con los siguientes parámetros y horarios: 

NOTA: EL RECIBO DE ENCOMIENDAS SE REALIZARÁ CADA 15 DÍAS CON EL INGRESO A VISITAS. 

 

PARA INGRESAR UNA ENCOMIENDA RECUERDE QUE:  

  1. El ingreso de encomiendas lo realizará el familiar o amigo de la Persona Privada de la Libertad el día de la visita. 
  2. Se autoriza solo el ingreso de un (1) familiar y/o amigo de los que fueron relacionados en el último formato suministrado por cada persona privada de la libertad. 
  3. El familiar y/o el amigo debe presentar a su ingreso la cédula original de hologramas en caso de ser colombiano. 
  4. Los visitantes extranjeros deben presentar la cédula de extranjería o permiso temporal de protección.  
  5. Las personas privadas de la libertad que no cuenten con redes de apoyo o personas allegadas, la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres les suministrará los elementos necesarios como apoyo durante su reclusión.  
  6. NO se autoriza el ingreso de menores de edad, personas con síntomas gripales, enfermedades crónicas, mujeres embarazadas y personas con temperatura mayor a 38 grados. 

NOTA: Es importante consultar con la Persona Privada de la Libertad sobre el último lineamiento de recibo de encomiendas socializado por la Dirección de la Cárcel Distrital, pues pueden cambiar algunas fechas y elementos permitidos en las mismas.  

 

IMPORTANTE: 

  1. NO SE PERMITE EL INGRESO de comestibles que NO estén relacionados en este comunicado y tampoco el ingreso de lácteos, embutidos, lonjas de bocadillo, mermeladas, arequipes, lecheritas, uvas pasas y ciruelas. 
  1. SE REALIZARÁN REQUISAS de acuerdo con los protocolos de seguridad y bioseguridad persona a persona (manual), por la Unidad Canina y/o por la máquina de inspección de paquetes, por lo que se deben acatar las órdenes emitidas por el Cuerpo de Custodia y Vigilancia en relación con la requisa de los elementos que van a ingresar al Establecimiento Carcelario (incluida la bebida). 
  1. AL INGRESAR AL ESTABLECIMIENTO CARCELARIO se debe mantener el distanciamiento social mínimo de 1.30 mts y el uso correcto y permanente del tapabocas. 

CRONOGRAMA DE ENCOMIENDAS SEPTIEMBRE 2022 

CRONOGRAMA ENCOMIENDAS


 

  • Estos elementos ingresaran con las medidas de bioseguridad establecidas por contingencia COVID19 y cumpliendo con las medidas de seguridad y plena identidad de quien las allega, contempladas en el reglamento interno. 

 

RECUERDE:

El ingreso de la encomienda especial se realiza cada 6 meses. Por lo anterior, se autoriza que para los dos tipos de visita (hombres y mujeres) ingresen elementos. Sin embargo, no olvide que se al ingresar a la Cárcel Distrital se realizará el control de ingreso de encomiendas, para verificar que no ingrese más de una encomienda por personas privada de la libertad. 

NOTA:  

  • Consulte previamente con la persona privada de la libertad el día y horario de visita. 
  • Para la visita íntima NO se permitirá el ingreso de ningún elemento o paquete. 
  • Recuerde toda persona que ingrese a la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres debe presentar el carné de vacunación con el esquema completo. 

PRODUCTOS O ELEMENTOS AUTORIZADOS ENCOMIENDA ORDINARIA 

  1. COMESTIBLES: Los productos y cantidades mencionados a continuación:  

Kit de aseo

 NOTA: De los productos nombrados anteriormente, el ingreso autorizado por privado de la libertad es máximo de 10 productos incluidas las bebidas y deben estar rotulados, empaquetados original de fábrica y con fecha de vencimiento legible.    

   2. OTROS ELEMENTOS AUTORIZADOS  

  • CIGARRILLOS: Máximo cinco (5) paquetes (por veinte 20 unidades cada uno) de cigarrillo original, sellado de fábrica, por persona privada de la libertad. 
  • PINES: Máximo setenta mil pesos ($70.000) de pines, por persona privada de la libertad. 
  • PILAS/BATERÍAS: Máximo dos (2) pares (4 pilas), por persona privada de la libertad. 

KIT DE ASEO 

El kit de aseo será suministrado por el establecimiento carcelario de acuerdo con las fechas determinadas por la Dirección y complementado al mes siguiente por el familiar y/o amigo, de acuerdo con los productos y cantidades establecidos. 

INGRESO KIT DE ASEO POR FAMILIAR Y/O AMIGO DE LA PERSONA PRIVADA DE LA LIBERTAD 

Productos y cantidades autorizados para el kit de aseo 

kit de aseoantecedentes

*Estos elementos deberán estar empacados en bolsa transparente

 NOTAS: 

  • Se podrá ingresar en las fechas establecidas, un (1) libro sin pasta dura, conforme a lo establecido en el Reglamento de Régimen Interno y lineamientos de la Dirección del Establecimiento Carcelario. 
  • Si la persona privada de la libertad requiere el cambio de audífonos por deterioro o daño, deberá solicitar por trabajo social la respectiva autorización de cambio, previa devolución del accesorio a reemplazar. 

ELEMENTOS AUTORIZADOS ENCOMIENDA ESPECIAL 

encomienda especial

INGRESO DE MEDICAMENTOS 

El ingreso de medicamentos se realizará los mismos días de recibo de encomiendas TENIENDO EN CUENTA QUÉ: 

  • Solo se recibirán medicamentos debidamente formulados por el médico de la EPS o el médico de la Unidad de Servicios de Salud (USS) de la Cárcel Distrital de Varones y Anexo de Mujeres.
  • Las gafas, muletas, cabestrillos, entre otros elementos, solo se recibirán si están soportados bajo fórmula del médico tratante o especialista.
  • Si la persona privada de la libertad está llevando un tratamiento con medicina alternativa, los medicamentos deberán contar con la certificación de los permisos del INVIMA y la respectiva fórmula médica.
  • Si se requieren medicamentos por urgencias, el personal de enfermería llamará al familiar de la persona privada de la libertad para informarle y establecerá la fecha y hora de recibo de los mismos en el Establecimiento Carcelario.
  • Todo medicamento será revisado por el Cuerpo de Custodia y Vigilancia, la Unidad Canina y la máquina de inspección de paquetes.

ENCOMIENDAS ESPECIALES

El ingreso de los productos en las encomiendas especiales se realizará de acuerdo a las necesidades de las personas privadas de la libertad y al listado autorizado conforme al Reglamento de Régimen Interno o los lineamientos dados por la Dirección del Establecimiento Carcelario.Si la persona privada de la libertad requiere con carácter urgente en fecha diferente a las establecidas, el cambio de alguna prenda de uso personal (ropa interior, calzado, camiseta o buzo, entre otros) por deterioro o daño, deberá solicitar a trabajo social la respectiva autorización de cambio, previa verificación y devolución de la prenda que será reemplazada.

ENCOMIENDAS ALLEGADAS POR EMPRESAS DE MENSAJERIA

Las personas privadas de la libertad podrán, previa verificación, recibir ENCOMIENDAS allegadas por medio del servicio de mensajería del familiar y/o amigo que residan fuera de Bogotá. Estas encomiendas deberán cumplir estrictamente con los lineamientos en cuanto a elementos autorizados y la cantidad de los mismos; de lo contrario no serán recibidas. 

 Día en el que se recepcionaran las encomiendas en el centro carcelario: 

Las encomiendas por correo certificado se recepcionaran en la puerta principal por medio del área de Trabajo social de la siguiente forma: 

  • INTERRAPIDISIMO los miércoles de 8:00am a 10:30. 
  • SERVIENTREGA los días jueves de 8:00am a 10:30am. 

Estos serán los ÚNICOS días en los que se recibirán encomiendas por correo certificado, posterior a la recepción serán entregadas en los respectivos pabellones.  

 

Quienes pueden enviar encomiendas por correo certificado. 

Las personas que cumplan con las siguientes características serán las UNICAS autorizadas para enviar y recibir encomiendas por correo certificado. 

Las personas que no hayan inscrito familiares en el VISITOR, y que no tengan familiares en Bogotá ni municipios aledaños. 

Es de anotar que NO se recibirán encomiendas enviadas desde Bogotá, ni municipios aledaños como (Cajicá, Chía, Choachí, Cota, Facatativá, Funza, La Calera, Madrid, Mosquera, Sibaté, Soacha, Sopó, Tabio y Tenjo). 

 

Características para que las encomiendas puedan ser recibidas:

Las encomiendas enviadas por correo certificado deben venir en bolsa transparente, debidamente rotulada, (nombre de la PPL, y patio), así mismo se debe enviar un listado de los elementos enviados. 

Es de anotar que los elementos que se envían por este medio, deben ser los autorizados para ser ingresados el día de visita presencial sin excepción alguna, si no se cumple con esto serán devueltas.  

“tener en cuenta que los elementos como jabones, shampoo, crema entre otros, se reciben UNICAMENTE si vienen empacados en bolsa transparente debidamente rotulada” 

Al momento de la entrega, la PPL debe suministrar el nombre de la persona que le envío la encomienda, la cual debe estar plenamente identificada en la guía de envió que trae consigo con la encomienda

 

 

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