Colombia mayor
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
El programa de protección social al adulto mayor - “Colombia Mayor” tiene como objetivo aumentar la protección a los adultos mayores por medio de la entrega de una transferencia monetaria para aquellos que se encuentran desamparados, que no cuentan con una pensión, o viven en la indigencia o en la extrema pobreza.
Colombia mayor se desarrolla en 1.103 municipios y en 3 inspecciones departamentales, cuenta con más de 1 millón 698 mil beneficiarios en el programa y es apoyado por las alcaldías municipales, quienes cumplen un papel fundamental en la ejecución y seguimiento del programa.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195, atención los 7 días de la semana las 24 horas.
- WhatsApp al número 3188067329 o ingresando a través del siguiente enlace: https://api.whatsapp.com/send?phone=573188067329&text=,
- Comunicarse al teléfono (601) 3791088 en la ciudad de Bogotá y en el resto del país a la línea de atención 018000951100 en horario de lunes a viernes de 8:00 A.M. hasta las 6:00 P.M. y sábados de 8:00 A.M hasta la 1:00 P.M.
- De igual forma podrá remitir mensaje de texto gratuito al 85594 o contactarnos a través de nuestro servicio de chat en línea en el siguiente enlacehttps://nggly242.inconcertcc.com/DPS/index.html
VIRTUAL
Por último, le sugerimos ingresar regularmente a la página web https://prosperidadsocial.gov.co/colombia-mayorpara conocer más información del programa.
- Twitter: @ProsperidadCol.
- Facebook: https://www.facebook.com/Prosperidad.Social/?locale=es_LA.
- Instagram: https://www.threads.net/@prosperidadcol.
- YouTube:https://www.youtube.com/@ProsperidadCol.
PRESENCIAL
Ver puntos de AtenciónReiteramos que los trámites ante los programas de Prosperidad Social NO tienen costo ni requieren intermediarios, por tanto, los interesados en el programa pueden acudir de manera directa.
Prosperidad Social aumenta el monto de la transferencia para mayores de 80 años.
La entidad expidió la resolución que implementa el subsidio diferenciado, a partir del quinto ciclo de pagos del programa.
Cerca de 500 mil personas mayores empezarán a recibir 225.000 pesos mensuales por ciclo.
https://prosperidadsocial.gov.co/Noticias/colombia-mayor-prosperidad-social-aumenta-el-monto-de-la-transferencia-para-mayores-de-80-anos/
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
- Ser colombiano.
- Tener mínimo tres años menos de la edad que se requiere para pensionarse por vejez (Actualmente 54 años para mujeres y 59 para hombres).
- Estar dentro del punto de corte SISBÉN IV definido por prosperidad Social1 y aprobado por la mesa de equidad que incluye a los adultos mayores en los grupos A, B y hasta C1, es decir que en la base de datos de SISBÉN IV actualizada al último corte entregado por el Departamento Nacional de Planeación, se ubique en un grupo igual o inferior al C01.
- Carecer de rentas o ingresos suficientes para subsistir.
- Los adultos mayores que se encuentren en protección de los centros de protección social al adulto mayor - CPSAM, los que viven en la calle o de la caridad pública, así como los indígenas de escasos recursos que residen en resguardos, a los que no se les aplica la encuesta SISBÉN, serán identificados mediante un listado censal elaborado por la entidad o la autoridad competente. La entidad territorial o el resguardo seleccionará a los beneficiarios, que cumplan con los requisitos, según sea el caso.
- Los beneficiarios de los centros de protección social al adulto mayor y centros día - CD serán escogidos previa convocatoria y verificación de requisitos por parte de Prosperidad Social.
¿Qué se debe hacer?
El proceso de inscripciones se realiza de la siguiente manera:
- El adulto mayor se acerca a la alcaldía de su municipio con su cédula de ciudadanía en físico. En la mayoría de los entes territoriales el trámite se realiza en la oficina de atención al adulto mayor, en la ciudad de Bogotá se adelanta en las subdirecciones locales de la secretaría de integración social, antiguos COL.
- La persona responsable del trámite en la alcaldía verifica el requisito de la edad mínima contra cédula de ciudadanía, la escanea e inicia el diligenciamiento de la inscripción en el sistema de información de Colombia Mayor.
- Una vez el interesado inicia su inscripción, el sistema verifica de manera automática el cumplimiento de los criterios de Ingreso al programa:
Criterios de Ingreso:
- Ser colombiano: se validará a partir del registro de una cédula de ciudadanía colombiana como tipo de documento único para la inscripción.
- Tener como mínimo, tres años menos de la edad establecida para adquirir el derecho a la pensión de vejez de los afiliados al sistema general de pensiones. El sistema de Información va a calcular automáticamente la edad, obteniendo la diferencia en años de la fecha de nacimiento de la persona con la fecha de diligenciamiento de la inscripción en el sistema de Información.
- Estar dentro del punto de Corte SISBÉN IV del programa Colombia Mayor, incluye a aquellos adultos mayores en los grupos A, B y hasta C1.
Una vez se cargan los datos en el sistema, se realizan cruces de información con las diferentes fuentes externas de entidades que tienen bases con referencia a pensiones e identificación de rentas.
Con base en el Decreto Legislativo No. 812 del 4 de junio de 2020, https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=93686&dt=S se estableció al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social - Prosperidad Social como la entidad encargada de la administración y operación de los programas de Transferencias Monetarias del Gobierno nacional, en carácter de subsidios directos y monetarios, a la población en situación de pobreza y de extrema pobreza. A partir de la expedición de dicho Decreto, los programas Protección Social al Adulto Mayor -Colombia Mayor, la Compensación del impuesto sobre las ventas -IVA- e Ingreso Solidario son responsabilidad de Prosperidad Social.
Con base en la adenda al CONPES S105 de 2007, https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Conpes/Social/105.pdf adicionado mediante Adenda N° 1 del 15 de julio de 2019 y Mediante la Resolución 5244 del 28 de noviembre de 2019, https://centrodedocumentacion.prosperidadsocial.gov.co/2020/Normativa/Resoluciones/RES-CONJUNTA-02759-Mintrabajo.pdf se llevó a cabo la unificación del valor del subsidio del Programa Colombia Mayor a OCHENTA MIL PESOS M/CTE ($80.000) para todos los beneficiarios del programa.
Para los ciclos operativos de cobro, Prosperidad Social informará las fechas disponibles, los puntos de cobro y pondrá a disposición de los interesados la información relevante para el desarrollo del ciclo de pago. El operador encargado de la dispersión de los recursos a los beneficiarios para la vigencia 2024 es SUPERGIROS y sus aliados a nivel nacional.
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