Concepto sanitario
Entidad responsable
Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E.
¿Qué es y para qué sirve?
Acreditar el cumplimiento de las normas sanitarias y condiciones de salubridad.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- (601) 3 282 828, horario: lunes a viernes de 7:00 a.m. - 4:30 p.m.
- Línea 195, horario: lunes a domingo, 24 horas al día.
VIRTUAL
- Acceso directo a la página de la Secretaría de Salud (Negocios Saludables, Negocios rentables).
- En caso de que la la página de la Secretaria Distrital de Salud presente fallas, la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente, pone a tu disposición el siguiente formulario donde podrás realizar tu solicitud de concepto sanitario o levantamiento de medida sanitaria: https://forms.office.com/pages/responsepage.aspx?id=CTxKJo3j70eHFPfBDfuYzm-ST_nVb7JEqTpU-M-aRfpUMkdBTzhNVzROSEVBSVgyR0tOVTVIMFhJQS4u&origin=lprLink
- Para solicitar copia de Concepto Sanitario de elaborar carta de solicitud y enviar vía correo electrónico a: radicacionmedioselectronicos@subredcentrooriente.gov.co o ingresando a Bogotá te escucha.
- Para realizar seguimiento a su solicitud entra a https://autorregulacion.saludcapital.gov.co/autorregulacion, recuerde estar inscrito ante la secretaría de salud para solicitar el concepto sanitario y seguimiento a su solicitud.
PRESENCIAL
Este se puede ser solicitado de manera presencial, de lunes a viernes, en horario de 7:00 am a 4:00 pm en las ventanillas de radicación ubicadas en las siguientes direcciones:
Unidad de Servicios de Salud Primero de Mayo (CAPs), dirección: Calle 22 sur # 8 A 58
Sede Administrativa Subred Centro Oriente, dirección: Diagonal 34 # 5 43
Esta Solicitud NO tiene ningún costo.
- Concepto sanitario.
- 2 Meses.
- La visita técnica y emisión del respectivo concepto sanitario, se realizará dentro de los 15 días siguientes a la realización de la solicitud.
Para hacer seguimiento a su solicitud en la página web https://autorregulacion.saludcapital.gov.co/autorregulacion opción "Consulta estado solicitud".
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Reunir los documentos requeridos para realizar el trámite.
- En caso de que el concepto sanitario sea para un establecimiento abierto al público:
- Original y fotocopia de la carta de solicitud, el interesado debe elaborar la solicitud escrita dirigida al gerente de la Subred Centro Oriente, donde se informe los datos del establecimiento como: nombre del propietario, razón social, actividad, dirección, barrio, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico.
- En caso de que el concepto sanitario sea para vehículos que transportan alimentos:
- Original y fotocopia de tarjeta de propiedad de los vehículos.
- El vehículo debe estar señalizado con la leyenda de transporte de alimentos en ambos laterales.
- Original y fotocopia de cédula de ciudadanía del conductor y del acompañante.
- Original y fotocopia de certificado médico de las personas que transportan los alimentos, incluidos conductores con énfasis asintomático, respiratorio y asintomático de piel, con la aptitud para manipular alimentos.
- Original y fotocopia de certificación de manipulación de alimentos.
- Radicar la solicitud de manera presencial.
SOLICITUD COPIA DE CONCEPTO SANITARIO:
- Solicitud de levantamiento de medida sanitaria impuesta y/o copia del concepto sanitario:
- En caso de requerirse el solicitar el levantamiento de una medida sanitaria impuesta, el usuario debe radicar el original y fotocopia de la solicitud, es importante resaltar que para mayor claridad el oficio de solicitud a radicar debe contar con datos básicos como: Nombre del propietario, razón social, actividad, dirección, barrio, horario, localidad, teléfono de contacto y correo electrónico.
- El vehículo que transporta pasajeros, no puede ser utilizado para el transporte de alimentos.
- No se emite concepto para vehículo de estacas.
- Para motocarros se puede emitir concepto sanitario siempre y cuando la tarjeta de propiedad del vehículo enuncie que es un vehículo motocarro y tiene capacidad de carga.
- Se debe contar con elementos de protección personal como: uniforme completo, gel antibacterial y/o pañitos húmedos que contengan hipoclorito, toallas de manos desechables, tapabocas y gorro para el personal que transporta alimentos.
- Se debe contar con elementos de dotación del vehículo como: estibas plásticas, canastillas, si se requieren elementos de medición (termómetros). En caso de furgones térmicos, ganchos, empaques, bandejas, entre otros.
¿Qué se debe hacer?
TRÁMITE DE CONCEPTO SANITARIO PARA ESTABLECIMIENTOS Resolución. 2674 de 2013 REQUISITOS PARA CONCEPTO SANITARIO DE UN ESTABLECIMIENTO ABIERTO AL PÚBLICO.
- Para tramitar el concepto sanitario de un establecimiento abierto al público y/o empresa aplicadora de plaguicida, el usuario deberá buscar en la página institucional de la Subred Integrada de Servicios de Centro Oriente E.S.E., el botón link, de acceso directo a la página de la Secretaría de Salud (Negocios Saludables, Negocios rentables), para la inscripción virtual por parte del usuario de solicitud de concepto sanitario de los establecimientos abiertos al público, si el establecimiento está ubicado en las localidades de Rafael Uribe Uribe, Candelaria, Mártires, San Cristóbal, Santa fe y Antonio Nariño.
- Acuerdo 641 de 2016:“Por el cual se efectúa la reorganización del Sector Salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo 257 de 2006 y se expiden otras disposiciones”.
- Decreto 2150 de 1995, (Artículos 47 Numeral 2, 48):"Por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
- Decreto 1879 de 2008, (Artículo 2 Parágrafo): "Por el cual se reglamentan la Ley 232 de 1995, el artículo 27 de la Ley 962 de 2005, los artículos 46, 47 y 48 del Decreto Ley 2150 de 1995 y se dictan otras disposiciones".
- Ley 09 de 1979,: "Por la cual se dictan Medidas Sanitarias".
- Ley 232 de 1995, (Artículo 2 Literal b):"Por medio de la cual se dictan normas para el funcionamiento de los establecimientos comerciales".
- Ley 962 de 2005, (Artículo 27): "Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalización de trámites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones públicas o prestan servicios públicos".
- Resolución 604 de 1993, (Artículo 27): "Por la cual se reglamenta parcialmente el título V de la Ley 9ª de 1979, en cuanto a las condiciones sanitarias de las ventas de alimentos en la vía pública".
- Resolución 2263 de 2004,"Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de estética y similares y se dictan otras disposiciones"Resolución 2117 de 2010, (Artículo 1 Parágrafo primero, 7):"Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los establecimientos que ofrecen servicio de estética ornamental tales como, barberías, peluquerías, escuelas de formación de estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines y se dictan otras disposiciones".
- Resolución 2674 de 2013, (Artículos 2 Literal d, 50):"Por la cual se reglamenta el artículo 126 del Decreto-ley 019 de 2012 y se dictan otras disposiciones".
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