Duplicado licencia de conducción

Última actualización: 20 Febrero 2024 - 10:55a.m.

¿Qué es y para qué sirve?

Es el trámite por medio del cual se otorga una copia exacta de la licencia de conducción vigente.

Nota:

El duplicado es copia fiel de la licencia de conducción que se encuentre cargada en la plataforma de RUNT, con idénticas características tanto en su forma como en su contenido.

Dirigirse a un punto de atención de la VUS.


TELEFÓNICO

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
  • Call center (601) 291-69-99 horario de atención: Lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atenciòn

Tiene un valor de:

  • Duplicado de la licencia de conducción carro: $204.000.
  • Duplicado de la licencia de conducción moto: $161.600.

Con esta solicitud usted accederá al trámite, duplicado de licencia de conducción.

En 57 minutos.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • Presentar original del documento de identidad.

Según la Circular N.º 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: La Contraseña, el Comprobante de Documento en Trámite, que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Comprobante de Documento en Trámite con código de verificación QR vía web

  • Interesado debe estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).
  • Estar a paz y salvo por multas e infracciones a las normas de tránsito.
  • Haber cancelado los derechos del trámite.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Para nacionales mayores de edad:

  • Cédula de ciudadanía- contraseña*.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Para menores de edad:

  • Tarjeta de identidad – contraseña*.

La solicitud es personal.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Para extranjeros mayores de edad:

  • Cédula de extranjería o contraseña certificada (provisionalmente) o, pasaporte vigente.
  • Para todo trámite de licencia de conducción, la foto será tomada de manera gratuita en cualquiera de los Puntos de atención de la VUS.
  • En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí.

¿Qué se debe hacer?

Pasos para realizar este trámite:

Antes de dirigirse a un punto de atención de la VUS, por favor lea lasinstrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

    1. Cumplir con los requisitos generales
    2. Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co
  • Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
  • Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
  • Da clic en “Comenzar un trámite”.
  • Selecciona la categoría del trámite.
  • Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
  • Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
  • Elige la fecha y hora de tu cita.
  • Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.

Recuerda

  • Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
  • Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

Recuerde estar autenticado ante RUNT para realizar trámites y llevar la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.

    1. Radicar los documentos en el Punto de atención de la VUS indicada.
    2. Realizar el pago de los derechos del trámite, directamente en el punto donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas
  • Decreto 1785 de 2020 “Por el cual se fija el salario mínimo mensual legal"
  • Resolución 20203040016055 de 2020 “Por la cual se actualizan las tarifas de los servicios del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT”.
  • Circular 20194200503511 de 2019 "Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2019".
  • Circular 20144010489341 de 2014"Reporte y cargue de tarifas de trámites año 2015".
  • Circular 20144010289831 de 2014"Denominación reglamentaria de los trámites de Organismos de Tránsito".
  • Resolución 12379 de 2012 Artículo 29, Numeral 14 "Por la cual se adoptan los procedimientos y se establecen los requisitos para adelantar los trámites ante los organismos de tránsito".
  • Decreto de ley 019 de 2012 Artículos 9, 30 y 197 "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
  • Resolución 405 de 2009 Artículo 2 "Por medio de la cual se determina el valor de las tasas para los trámites de los Registros Distritales que presta la Secretaría Distrital de Movilidad, de conformidad con la entrada en vigencia del Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT".
  • Resolución 2395 de 2009  Artículo 1-5 "Por la cual se fijan las tarifas a favor del Ministerio de Transporte de las Especies Venales asignadas a los Organismos de Tránsito del país, los derechos de los trámites que atiende el Ministerio y las tarifas de los servicios para garantizar la sostenibilidad del Registro Único Nacional de Tránsito – RUNT".
  • Resolución 1300 de 2007 Artículo 2 "Por la cual se determinan los requisitos para el cambio de la Licencia de Conducción por adquirir la mayoría de edad y para la expedición del duplicado".
  • Ley 1005 de 2006 Artículo 6 "Por la cual se adiciona y modifica el Código Nacional de Tránsito Terrestre, Ley 769 de 2002".
  • Resolución 1500 de 2005 "Por la cual se reglamentan las categorías de la Licencia de Conducción, de conformidad con el artículo 20 de la Ley 769 de 2002".
  • Ley 769 de 2002 Artículos 9 - 22 "Por la cual se expide el Código Nacional de Tránsito Terrestre y se dictan otras disposiciones".

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