Evaluación de permisos de aprovechamiento de fauna silvestre

¿Qué es y para qué sirve?

La Secretaría Distrital de Ambiente como autoridad ambiental en el Distrito, debe otorgar o negar los permisos de aprovechamiento de fauna silvestre, es así como cualquier usuario que desee curtir, manufacturar, comercializar, almacenar o exhibir especímenes de fauna silvestre, debe contar previamente con el respectivo permiso expedido por la Secretaría Distrital de Ambiente -SDA.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • La información se podrá brindar en nuestro PBX (601)3778899, al ingresar al PBX, la llamada se trasladará a una de nuestras cuatro extensiones fijas (601) 3778804 - 3778810 - 3778812 - 3778872, de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., en las cuales podrá solicitar asesoría. Si en el término de 3 (tres) minutos la llamada no es contestada por uno de nuestros agentes de servicio, usted podrá dejar un mensaje de voz, el cual será atendido devolviendo la llamada para dar respuesta a su solicitud. 
  • Línea para denuncia de actos de corrupción: 195, horario de atención de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

VIRTUAL

  • CHATBOT: El chatbot de servicio a la ciudadanía, se encuentra ubicado en la parte inferior de cualquier página del portal web de la SDA.
  • El horario de radicación en nuestro correo electrónico, atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co, es de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., todo correo que ingrese después de esta hora o en días no hábiles será radicado al día siguiente hábil. Tenga en cuenta que, debe adjuntar la documentación completa para que nosotros realicemos la radicación.
  • Podrá subir toda la documentación en nuestro portal webfile.
  • Les invitamos a seguirnos en nuestras redes sociales Facebook®, Instagram®, Twitter® y YouTube®, @AmbienteBogotá y los numerales #DistritoSilvestre #LibresYEnCasa #CuídameLosCucos #YoNoDañoNoMeDañes, #NoEspantoSoloEncanto y #CaracolInvasor.

La Secretaría Distrital de Ambiente te invita a visitar los siguientes enlaces:

Sede electrónica de la Secretaría Distrital de Ambiente: https://ambientebogota.gov.co/.

  • Por otra parte, le invitamos a seguir nuestras redes sociales en las cuales se publican las diferentes actividades, talleres y acciones de participación ciudadana, desarrolladas por la Secretaría Distrital de Ambiente:

Corresponsal Ambiental:

Secretaría Distrital de Ambiente:

 Recomendamos a nuestros usuarios utilizar el navegador Mozilla Firefox, al ingresar a nuestro portal WebFile.


PRESENCIAL

HORARIO DE ATENCIÓN.

  • SuperCADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m. sábados de 8:00 a.m. a 12:00 m.
  • CADE lunes a viernes de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. Hora de almuerzo de 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • SEDE PRINCIPAL                                                                                                               Lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. 

Ver puntos de Atención

Realizar el pago de evaluación de permisos de aprovechamiento de fauna silvestre:

  •  Ingresar al Autoliquidador de la Secretaría Distrital de Ambiente y seguir con las instrucciones para la liquidación del servicio y establecer el valor a cancelar.
  •  Imprimir el recibo generado por el Autoliquidador en impresora láser y dirigirse a cualquier sucursal del Banco de Occidente.

 Evaluación de permisos de aprovechamiento de fauna silvestre.

Respuesta en 30 días hábiles. 

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • En caso de radicar por primera vez en la entidad, deberá presentar su cédula de ciudadanía si es persona natural.

Reunir los siguientes documentos y cumplir con las condiciones requeridas:

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • En caso, de ser persona jurídica, deberá presentar la cámara de comercio junto con la fotocopia de la cédula del representante legal, con el fin, de crear su usuario en el sistema (esto solo se deberá hacer la primera vez que se vaya a radicar).

"El ciudadano debe cumplir con las obligaciones adquiridas en el acto administrativo o concepto técnico, según sea el caso emitido por la Secretaría Distrital de Ambiente y cualquier infracción dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en la ley 1333 de 2009."

  • Evite incluir hojas en blanco dentro del documento, ya que estás no deben ser foliadas y no son incluidas en el momento de escanear. 
  • Si desea llevar copia del número del radicado, deberá traer copia de la primera hoja del documento para ponerle copia del sticker.

En los puntos de atención de la RedCADE mencionados anteriormente, se atenderá un máximo de 3 solicitudes por turno, en caso de tener más documentos o solicitudes de recibos es necesario volver a tomar un nuevo turno hasta completar el número de solicitudes.


 ¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.
  2. Radicar los documentos en los puntos de atención o en nuestro canal virtual.   
  3. Tener en cuenta la información contenida en:

Nota:

  • La normatividad ambiental vigente en materia de fauna silvestre estableció que el desarrollo de actividades de aprovechamiento de este recurso debe contar con el respectivo permiso, autorización o licencia otorgada por la autoridad ambiental competente ANTES de dar inicio a la actividad. 
  • Cualquier solicitud deberá ser radicada en la Secretaria distrital de Ambiente SDA, con el suficiente tiempo de anticipación, ya que las evaluaciones incluyen los análisis técnicos y jurídicos respectivos. 
  • La solicitud de permisos temporales de exhibición o comercialización de fauna silvestre debe presentarse con al menos un (1) mes de anticipación a la fecha establecida para el inicio de la actividad.
  • Toda persona natural o jurídica que desee realizar actividades relacionadas con el aprovechamiento o manejo (curtición, marroquinería, comercialización, almacenamiento, bodegaje, etc.) de la fauna silvestre (animales vivos, preservados, productos, etc.) en Bogotá, debe contar previamente con el respectivo permiso expedido por la Secretaría Distrital de Ambiente SDA.

Otras recomendaciones a tener en cuenta al momento de radicar su solicitud en alguno de nuestros puntos de atención:

  • Los documentos que presente junto con sus anexos deben estar foliados por HOJA desde el oficio remisorio, sin empastar o argollar, ya que estos deben ser escaneados hoja por hoja.
  • En caso de ser hasta 200 folios favor empacar en sobres de manila y de 201 en adelante en carpetas.
  • Los anexos como planos, CD (con su funda) y/o USB no deben ser foliados, no obstante, es necesario que estos vengan con el nombre de la persona natural y/o jurídica.
  • Ley 611 de 2000 "Por la cual se dictan normas para el manejo sostenible de especies de Fauna Silvestre y Acuática".
  • Decreto 1608 de 1978 "Por el cual se reglamenta el Código Nacional de los Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente y la Ley 23 de 1973 en materia de fauna silvestre" artículo 31. Además, Titulo II, III, IV y V".

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