Formulación y radicación del proyecto del plan parcial

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener la aprobación de la propuesta del plan parcial desarrollado conforme a lo establecido en los determinantes. Mediante el plan parcial se establece el aprovechamiento de los espacios privados, con la asignación de sus usos específicos, intensidades de uso y edificabilidad.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195. Atención: Lunes a domingo, 24 horas al día.

VIRTUAL

  • Página web de la Secretaría Distrital de Planeación a través del Consulte el Estado de su Trámite. Los ciudadanos podrán requerir información general de la Secretaría Distrital de Planeación a través del correo electrónico servicioalciudadanoGEL@sdp.gov.co. También podrá consultar una lista con las preguntas frecuentes y sus respectivas respuestas, relacionadas con la gestión, trámites y servicios de la entidad, aquí.

PRESENCIAL

Antes de acercarse a un punto de atención, descargue la APP SuperCADE Virtual y consulte en tiempo real, cuál punto de la Red CADE es el más favorable para realizar el trámite, dado que la aplicación le indica los tiempos de espera tanto en sala como en el módulo de atención. 

Ver puntos de Atención

El trámite no tiene costo.

Como respuesta se obtiene viabilidad del proyecto de plan parcial.

En un término de 120 días hábiles. Que se contemplan 120 días para obtener la viabilidad del plan parcial y 90 días adicionales para obtener la adopción del plan parcial.

El ciudadano podrá realizar seguimiento al estado de su solicitud a través los siguientes canales de atención:

  • Presencial: Acercándose a la ventanilla de correspondencia y radicación de la Secretaría Distrital de Planeación, con el número de radicado otorgado al momento de realizar la solicitud.
  • Virtual: A partir del número de radicado otorgado al momento de realizar la solicitud, el interesado puede consultar la página web de la Secretaría Distrital de Planeación a través del Consulte el Estado de su Trámite.
  • Es posible consultar de manera preliminar y verbal información relacionada con este trámite a través del agendamiento de una cita virtual. Puede agendarla aquí.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Descargar y diligenciar el formulario POT-FO-005
  • Original(es) (impreso y digital) del documento, memoria justificativa del proyecto, con sus condiciones de partida y criterios de diseño, donde se expliquen las condiciones evaluadas en la fase de diagnóstico lista, la pertinencia y procedencia del plan parcial, así como los objetivos y criterios que orientaron las determinaciones de planificación adoptadas en la formulación del mismo.
  • Original (impreso y digital) del documento planeamiento urbanístico, proyectado con la definición de los sistemas de espacio público y los espacios privados.
  • Original (impreso y digital) del documento de cuantificación general y financiera, de la edificabilidad total según uso o destino y de la inversión.
  • Original (impreso y digital) del documento, estrategia de gestión y financiación, de los instrumentos legales aplicables para el efecto, tales como propuesta de reparto de cargas y beneficios e identificación de áreas generadoras de plusvalía.
  • Propuesta del proyecto de decreto que adopta el plan parcial con sus normas urbanísticas.
  • Documento proyecto de delimitación de las unidades de actuación urbanística, si las hubiere, y los proyectos de reajuste de terrenos o cooperación entre partícipes.
  • Documento, factibilidad o constancia de ampliación de redes, para extender o ampliar las redes de servicios públicos y las condiciones específicas para su prestación efectiva.

Cartografía en escalas 1:2000 o 1:5000 original (Impreso y digital), la cual debe de incluir como mínimo:

  • Planos del diagnóstico.
  • Plano topográfico del área de planificación, señalando los predios con sus folios de matrícula inmobiliaria.
  • Plano de localización de los sistemas generales o estructurantes, proyectados y existentes.
  • Planos normativos de la formulación.
  • Plano general de la propuesta urbana o planteamiento urbanístico.
  • Plano de la red vial y perfiles viales. 1.7 Plano de espacio público y de la localización de equipamientos.
  • Plano del trazado de las redes de servicios públicos. 1.9 Plano de usos y aprovechamientos.
  • Plano de asignación de cargas urbanísticas.
  • Plano del proyecto de delimitación de las unidades de actuación urbanística y/o de gestión.
  • Plano de localización de las etapas de desarrollo previstas.
  • Plano de delimitación de las zonas o sub zonas beneficiarias de las acciones urbanísticas que permitan determinar el efecto de plusvalía, cuando a ello hubiere lugar.
  • Excepción 1: En caso de que el plan parcial propuesto genere impactos sobre el ambiente, el solicitante deberá presentar el original de documento  estudio ambiental, teniendo en cuenta las consideraciones establecidas por la Secretaria Distrital de Ambiente.
  • Excepción 2: En caso de que el plan parcial propuesto contemple usos comerciales o dotaciones de escala metropolitana o urbana, el solicitante deberá presentar el original de documento estudio de movilidad que contemple los análisis rigurosos de la situación con o sin proyecto y de los impactos que genera sobre la movilidad circundante inmediata y de las zonas de influencia.
  • Excepción 3: En caso de que el plan parcial propuesto genere impactos sociales, el solicitante deberá presentar el original de documento estudio social en el cual se identifiquen escenarios que contemplen la participación de los dueños del suelo dentro de los proyectos.
  • Excepción 4: En caso de que el plan parcial propuesto sea objeto de concertación con la autoridad ambiental respectiva, el solicitante deberá presentar el original (impreso y digital) del documento soporte ambiental que contenga como mínimo: la identificación de los elementos que por sus valores naturales deban ser conservados y las medidas específicas de protección para evitar su alteración o destrucción; análisis de las características geológicas, geotécnicas, topográficas y ambientales del territorio; delimitación de las áreas de reserva y protección ambiental, las zonas de amenaza, riesgo y las condiciones específicas para su manejo por el plan de ordenamiento territorial y la autoridad ambiental y las condiciones para el manejo y disposición de vertimientos.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Original y fotocopia de la cédula de ciudadanía del propietario del predio que hace la solicitud.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Poder o delegación debidamente otorgada, cuando se actúe el trámite mediante apoderado o promotor.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

  • Para el caso de ser el solicitante una organización, se deberá estar registrado en cámara de comercio como persona jurídica.

¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones necesarias para realizar el trámite.
  2. Radicar el formato y los documentos en la ventanilla de correspondencia y radicación de la Secretaría Distrital de Planeación.
  • Ley 388 de 1997 (Artículos 15, 27, 36- 51, 73- 90) "Por la cual se modifica la Ley 9 de 1989, y la Ley 2 de 1991 y se dictan otras disposiciones"
  • Ley 902 de 2004 (Artículo 1 Numeral 1.4, 3.3) "Por la cual se adicionan algunos artículos de la Ley 388 de 1997 y se dictan otras disposiciones".
  • Ley 1437 de 2011 (Título 2, Capítulo 1) "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo"
  • Ley 2079 de 2021 (Artículo 29) "Por medio de la cual se dictan disposiciones en materia de vivienda y hábitat"
  • Decreto Único Reglamentario 1077 de 2015 (Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 1) "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Vivienda, Ciudad y Territorio"
  • Decreto 019 de 2012 , (Artículo 180) "Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración Pública".
  • Decreto 555 de 2021 "Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C"
  • Decreto 080 de 2016 (Capítulo 6) "Por medio del cual se actualizan y unifican las normas comunes a la reglamentación de las Unidades de Planeamiento Zonal y se dictan otras disposiciones"  
  • Decreto 088 de 2017  "Por medio del cual se establecen las normas para el ámbito de aplicación del Plan de Ordenamiento Zonal del Norte - “Ciudad Lagos de Torca” y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 803 de 2018"Por medio del cual se definen los lineamientos y las competencias para la determinación, la liquidación, el cobro y el recaudo de la participación del efecto plusvalía y se dictan otras disposiciones"
  • Decreto 425 de 2018 (Artículo 10) "Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 088 de 2017, modificado por el Decreto Distrital 049 de 2018 y se determinan otras disposiciones"
  • Decreto 049 de 2018  "Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 088 de 2017"

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