Jardines infantiles

¿Qué es y para qué sirve?

Obtener un cupo en un jardín infantil de la Secretaría Distrital de Integración Social para niñas y niños que habiten en Bogotá. El servicio se presta en tres (3) modalidades: diurna, nocturna y espacios rurales, y aplican las siguientes condiciones: - Para jardines infantiles diurnos: menores de tres (3) años. - Para jardines infantiles nocturnos: menores de seis (6) años, cuyos padres laboren en la noche. - Para espacios rurales: menores de seis (6) años, que residan en zona rural de Bogotá.

Nota: Podrán obtener cupo las niñas y niños menores de seis (6) años con discapacidad o alteraciones en el desarrollo que según concepto técnico profesional deban ingresar; o para niñas y niños de cuatro (4) o cinco (5) años ubicados en UPZ con déficit de oferta en las Instituciones Educativas Distritales (IED) reportadas por la Secretaría de Educación del Distrito -SED.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

Línea 195, lunes a domingo, las 24 horas del día.


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención

Su solicitud no tiene ningún costo.

Cualquier fecha.

Ingreso al jardín infantil.

Se obtiene en 15 días hábiles.

Este tiempo puede variar de acuerdo con la disponibilidad de cupos en el jardín.

En los puntos de atención de la Secretaría Distrital de Integración Social:

http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/2487

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • Herramienta de consulta de cupos disponibles en las casas de pensamiento intercultural de la ciudad, con formulario de manifestación de interés que diligencian los padres o acudientes del niño o niña a inscribir https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiZjE1Y2U4NjYtZDU3Ni00MmY0LWEwN2ItZmFkYTRhZDJlYjg2IiwidCI6ImIzZTMwODA4LWU5YTgtNGYyYS05YmMxLWE3NjBhZTkxMGNmNSIsImMiOjR9&embedImagePlaceholder=true&pageName=ReportSection.
  • 1 fotocopia del registro civil de nacimiento de la niña o niño para quien se solicita el servicio
  • 1 fotocopia de recibo de servicio público del lugar de residencia, lo más reciente posible o Certificado de Residencia expedido por la Alcaldía Local donde se encuentra ubicada la residencia.
  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas que conviven con la niña o niño para quien se solicita el cupo.
  • Previa comunicación telefónica, la madre, el padre o acudiente de la niña o niño, deberá acercarse al jardín para una entrevista por parte de los servidores de la Secretaría Distrital de Integración Social.
  • Habitar en Bogotá D.C.
  1. Para jardines infantiles diurnos: ser menor de tres (3) años.
  2. Para jardines infantiles nocturnos: ser menor de seis (6) años, y contar con cuidadoras/es que laboren en la noche.
  3. Para espacios rurales: ser menor de seis (6) años, y residir en zona rural de Bogotá
  • Para las niñas y niños con discapacidad o alteraciones en el desarrollo:
  • Ser menor a seis (6) años.
  • Para niñas y niños ubicados en UPZ con déficit de oferta en las Instituciones Educativas Distritales (IED) reportadas por la secretaría de Educación del Distrito -SED:
  • Tener cuatro (4) o cinco (5) años.

 Para participar del servicio es necesario cumplir con los criterios de ingreso.


¿Qué se debe hacer?

  1. Consultar disponibilidad de cupos.
  2. Reunir documentos y cumplir requisitos.
  3. Acudir a la entrevista.

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