Levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de un vehículo automotor

¿Qué es y para qué sirve?

Levantar limitaciones o gravámenes a la propiedad de un vehículo automotor.

Dirigirse a un punto de atención VUS.


TELEFÓNICO

  • Call center 291-69-99, horario de atención: lunes a viernes: 7:00 a.m. a 7:00 p.m., sábado: 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
  • Línea: 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

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Derechos del trámite

  • Inscripción o Levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad (prenda) - Carro, Moto, Maquinaria Agrícola, de Construcción e Industrial Autopropulsada, no automotores, Remolques y Semirremolques $127.000.

Con esta solicitud usted accederá al trámite Levantamiento de limitación o gravamen a la propiedad de un vehículo automotor y obtendrá Licencia de tránsito.

Que se obtiene en 3 Día(s) - hábil(es).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Cumplir con los siguientes requisitos generales:

  • No debe presentar ningún soporte, ya que la institución verificará que usted la cumpla.

Según la Circular N° 222 del 13 de diciembre de 2016, emitida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, en la actualidad existen tres clases de comprobantes de documento en trámite: la Contraseña, el comprobante de documento en trámite que físicamente expide la Registraduría Nacional del Estado Civil y el comprobante de documento en trámite con código de verificación QR vía web.

  • Estar inscrito en el Registro Único Nacional de Tránsito - RUNT como persona natural o jurídica. Cuando el trámite se realice a través de un tercero, este también deberá estar registrado.
  • El propietario debe encontrarse a paz y salvo por concepto de multas por infracciones de tránsito.
  • FORMULARIO DE SOLICITUD DE TRÁMITES DEL REGISTRO NACIONAL AUTOMOTOR.
  • Documento en el que conste el levantamiento de la limitación o gravamen a la propiedad.
  • Improntas: Deben adherirse en el documento en el que conste el levantamiento de la limitación o gravamen.
  • Licencia de tránsito.
  • Tener Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) vigente.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para mayores de edad: Cédula de ciudadanía, contraseña.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Para menores de edad, tarjeta de identidad, contraseña.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.
Contrato de mandato o poder especial. A través del cual el propietario o titular del derecho le confía la gestión de realizar el trámite a un tercero - Poder especial debe estar autenticado ante notaría pública.

En cualquier momento, actualice sus datos registrados en la VUS haciendo clic aquí.


¿Qué se debe hacer?

Pasos para realizar este trámite:

Antes de dirigirse a un punto de atención VUS, por favor lea las instrucciones y recomendaciones que deberá tener en cuenta para que pueda realizar su trámite de manera personal, sin contratiempos y obteniendo el resultado esperado a su solicitud. No recurra a intermediarios.

  1. Cumplir con los requisitos generales.
  2. Ingresa a www.ventanillamovilidad.com.co.
  • Haz clic en el botón “Agendar cita” ubicado en el banner principal.
  • Ingresa con tu número de documento de identidad y contraseña. Si no estás registrado, crea tu cuenta.
  • Da clic en “Comenzar un trámite”.
  • Selecciona la categoría del trámite.
  • Lee atentamente los derechos del trámite y requisitos para que realices el proceso con éxito.
  • Selecciona el punto de la Ventanilla Única de Servicios en que quieres ser atendido.
  • Elige la fecha y hora de tu cita.
  • Diligencia el formulario con tus datos personales y marca la casilla de verificación.

Recuerda

  • Al correo electrónico registrado recibirás la confirmación del agendamiento con el código QR que deberás presentar el día de tu cita. En caso de que no puedas asistir, por favor cancelar o reprogramar.
  • Lleva la documentación completa cumpliendo con los requisitos establecidos en la normatividad vigente.
  1. Radicar los documentos en el Punto de atención VUS indicado.
  2. Realizar el pago de los derechos del trámite directamente en el punto de atención donde solicite el trámite, mediante pagos débito, crédito y efectivo en cualquiera de las ventanillas.
  • Resolución 20213040048735 de 2021, (Artículo 1)
  • Decreto 2360 de 2019, (Todo)
  • Circular 20194200503511 de 2019, (Toda)
  • Resolución 12379 de 2012, (Artículos 3 - 7, 27)
  • Resolución 405 de 2009, (Artículo 2)
  • Ley 1005 de 2006, (Artículo 6)
  • Ley 769 de 2002, (Artículo 47)

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