Reconexión por pérdida servicio móvil.

¿Qué es y para qué sirve?

Trámite mediante el cual el cliente solicita la reconexión del servicio posterior a la ejecución del trámite de suspensión por pérdida.

TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195, de lunes a domingo, 24 horas del día.
  • Línea de Atención de Clientes Hogares 601 3777777 Línea para Clientes de Bogotá.
  • Línea 170 (Marcando desde una Línea fija ETB).
  • Línea 178 (Marcando desde una Línea fija ETB).
  • Línea para Atención Clientes Móviles 018000127777, 601 3777777, *700 (Marcando desde una línea móvil ETB).
  • Línea para Atención Clientes Mipymes 601 3777778- 018000128999 Línea de atención Línea Nacional Clientes Mipymes.
  • Línea de Ventas Masivo y Mipymes 601 3714000.
  • Línea Atención Clientes Segmento Negocios 305 777 7776.
  • Línea para Atención Clientes Empresas y Ciudades Inteligentes 018000123737 Línea Nacional Atención de Clientes Empresariales *800 (Marcando desde una línea Móvil ETB) 018000127774 Línea Clientes Mayoristas.
  • Horario: 24 horas – lunes a domingo.

VIRTUAL


PRESENCIAL

Ver puntos de Atención
  • Este trámite tiene costo de $21.000 IVA incluido por todos los servicios, para la reconexión por pago.
  • Reconexión a solicitud de cliente, de $5,950 por cada servicio, no incluye IVA.
  • Clientes pospago de 4G-móviles, que no generen pago dentro de la fecha oportuna, se les cobrará un valor de $3.900 IVA incluido a partir del 01 de agosto de 2018.
  • Los SVA´s no se suspenden, ni generan costo por reconexión.

Como respuesta se obtiene la reconexión del servicio de telecomunicaciones ETB en los términos de ley.

El operador activará (reconectará) el servicio dentro de los 3 días hábiles siguientes al momento en que el usuario pague los saldos pendientes. (Artículo 2.1.12.1 de la Resolución 5111 de 2017).

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

  • No tener trámites pendientes con ETB.
  • Tener activo el servicio.
  • Original de la cédula de ciudadanía o contraseña.
  • Carta de solicitud debidamente firmada por el titular del servicio.
  • Suministrar los datos de la cuenta, teléfono y entregar el comprobante de pago de la factura.
  • Validar el tipo de reconexión.

Nota: Adicional a los requisitos de ciudadanía en general.

Autorización escrita y firmada por el titular, en caso de actuar a través de apoderado.

 ¿Qué se debe hacer?

  1. Reunir los documentos y cumplir con las condiciones requeridas.
  2. Diligenciar el  formato de presentación de PQR’s (excepto cuando presenta carta firmada).
  3. Realizar la solicitud a través de uno de los canales de atención.
  • Resolución 5111 del 2017: “Por la cual se establece el régimen de protección de los derechos de los usuarios de servicios de comunicaciones, se modifica el capítulo 1del título II de la Resolución CRC 5050 de 2016 y se dictan otras disposiciones”
  • Resolución CRC 5050 de 2016“Por la cual de compilan las Resoluciones de Carácter General vigentes expedidas por la Comisión de Regulación Comunicaciones", y finalmente, estimamos que sobre la normatividad que rige a ETB.
  • Ley 1341 de 2009“Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones”

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