Refrendación del carné de aplicador de plaguicidas
Entidad responsable
¿Qué es y para qué sirve?
El carné de técnico aplicador de plaguicidas es un documento para cada persona empleada o contratista de empresa aplicadora de plaguicidas y que la misma, cuente con concepto sanitario Favorable emitido por la entidad de sectorial de salud a cargo de la conceptualización, como se encuentra estipulado en los artículos 111 y 112 del Decreto 1843 de 1991.
Es un trámite que se genera de manera presencial en el momento de refrendación del documento.
TELEFÓNICO (Únicamente para información)
- Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.
Este trámite no genera costo.
Al finalizar el trámite usted obtiene el carné de aplicador de plaguicidas.
De manera inmediata.
El ciudadano puede hacer seguimiento acerca del estado de su trámite a través del correo plaguicidas.tanques@gmail.com.
¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos
Haber realizado el curso de capacitación de carácter teórico-práctico impartido por entidades oficiales o privadas, debidamente autorizadas, con una intensidad mínima de 60 (horas) acumulables al año.
- Hoja de vida de la persona a carnetizar, donde se relacione la experiencia como aplicador de plaguicidas (máximo una hoja).
- Carta de solicitud de carnetización relacionando los aplicadores.
- Fotocopia del certificado de idoneidad, expedido por la entidad que impartió el curso, indicando intensidad horaria y temas (Certificado emitido por el SENA).
- Carné de aplicador de plaguicidas de uso en salud pública emitido por la empresa aplicadora de plaguicidas.
SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR OCCIDENTE ESE PROYECTO DE VIGILANCIA INTENSIFICADA A EMPRESAS APLICADORAS DE PLAGUICIDA Y LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE EN BOGOTÁ D.C. | |||||
REQUISITOS NORMATIVOS PARA CONCEPTUALIZAR SANITARIAMENTE LA ACTIVIDAD DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE | |||||
VERSIÓN: 14 ABRIL DE 2020 | CÓDIGO: FOR-RLT-02 | Página 1 de 4 | |||
Contexto Normativo | Ley 09 de 1979 | ||||
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Marco Normativo Especifico | Resolución Distrital 2190 de 1991 | |||||
Consideraciones:
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6 | CAPÍTULO III De los requisitos para el licenciamiento a empresas de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento. (Conceptualización Sanitaria) | Dicha solicitud debe ser radicada a través de la dirección electrónica http://autoregulacion.saludcapital.gov.co o diríjase a la página web de la Secretaria de Salud en esta dirección www.saludcapital.gov.co y dar clic en el botón de negocios saludables negocios rentables. | ||||
7 | De los equipos. Para la realización de estas actividades, las empresas deberán usarse equipos en perfecto estado de funcionamiento, de modo que no constituyan riesgo para la salud del operario y eviten fugas que puedan causar daño a la comunidad o al ambiente. | Contar con hojas de vida de la maquinaria y el equipo, cronogramas y registros de mantenimiento. | ||||
8 | Condiciones Locativas. La empresa deberá destinar para sus operaciones un local que reúna mínimo los siguientes requisitos en cuanto a instalaciones, edificaciones y servicios: | a)Espacio adecuado para administración y atención al público, debidamente aislado de las áreas de manejo, preparación y almacenamiento de sustancias. b)Área de almacenamiento de materia prima con estantería y divisiones que garanticen adecuada separación de productos y suficiente aireación, ventilación e iluminación. c)Área para almacenamiento y conservación de equipos, repuestos de aplicación y protección. d)Área de preparación de productos, con suficiente ventilación hacia área libre y de fácil limpieza. e)Cuarto con guardarropas de doble compartimiento, para uso de los operarios. f)Servicios sanitarios debidamente dotados de elementos de aseo. | ||||
9 | Almacenamiento de Residuos | Del almacenamiento de residuos | Implementar código de colores para la separación en la fuente de los residuos sólidos. Definir área para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos que cumpla condiciones locativas, capacidad y ubicación. | |||
10 | De la dotación. El propietario o representante legal de la empresa está obligado a dotar de los equipos y elementos de protección personal e indumentaria a los operarios. | Presentar registros detallados e históricos de la entrega de elementos de protección personal por cada uno de los operarios. de lo cual se debe tener en cuenta el riesgo de la actividad. | ||||
11 | De las medidas contra incendio. Deberá disponerse de los equipos y elementos contra incendio de acuerdo al riesgo. | Dotar de extintores de acuerdo al riesgo, los cuales deben ser fijos y señalizados. | ||
12 | De los primeros auxilios. Para efectos de prestación de primeros auxilios, las empresas en lugar apropiado y de fácil acceso, deberán disponer de un botiquín que contenga los elementos necesarios para atender casos de urgencia o emergencia. | Los botiquines deben ser dotados de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Distrital No. 0705/2007. | ||
13 | De los servicios médicos. Toda persona natural o jurídica que en forma permanente, temporal o esporádica contrate o emplee trabajadores, estará obligada a suministrarles el servicio de atención y control médicos. | a)Exámenes de ingreso: clínico y de laboratorio. b)Exámenes periódicos de control determinado por el riesgo que signifique la actividad, por lo menos uno anual. c)Exámenes médicos y de laboratorio al retiro del trabajador. Nota Aclaratoria: Los exámenes a que se refiere el presente artículo serán de acuerdo con los riesgos asociados s la actividad enfatizados en trabajo en alturas o espacios confinados. | ||
14 | De la idoneidad del personal. El personal que labore en estas actividades deberá recibir cursos de capacitación y entrenamiento por cuenta de la personal natural o jurídica que los contrate. | Estos cursos de carácter teórico-práctico en limpieza y desinfección de tanques son impartidos por empresas particulares, por lo cual dicha información debe ser solicitada al correo plaguicidas.tanques@gmail.com | ||
15 | Del Protocolo de Procedimientos Artículo 5. Nombre del desinfectante utilizado, (genérico y comercial del producto, forma de presentación, concentración, autorización sanitaria del producto). Artículo 6. Aplicación del producto, procedimiento, y concentración por metro cuadrado. Artículo 7. Control al procedimiento: Muestreo y análisis en laboratorio de agua que se encuentre autorizado. | Presentar Protocolo de Procedimientos para el desarrollo de las actividades de limpieza y desinfección de tanques de agua potable, el cual debe hacer énfasis en Material y ubicación, anexar cuadro de dilución del desinfectante utilizado a 200 ppm (NTC 4576), el cual debe contar con Aval de un profesional en química del cual se debe anexar fotocopia del título profesional, cédula y tarjeta profesional. | ||
16 | OTROS | Contar con la ficha de datos de seguridad de todos los productos químicos utilizados y almacenados, revisando que cumplan con 16 secciones, en idioma español y actualizadas. Socializar con los trabajadores y disponer archivo físico en la bodega. | ||
17 | presentar cronograma de lavado y desinfección de tanque(s) de almacenamiento de agua potable, mínimo dos veces al año. Realizado con empresa autorizada que cuente con concepto sanitario favorable menor a un año. | |||
18 | Contar con formatos de diagnóstico y certificación de servicios de actividades realizadas por parte de la empresa. |
19 | Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo | Presentar plan de trabajo anual con actividades y recursos necesarios para el cumplimiento del SGSST, aprobado por la gerencia y con definición clara de objetivos, metas e indicadores. | ||
20 | Presentar calificación o diagnóstico inicial emitido por la ARL o profesional de acuerdo a lo plasmado a la Res 0312 de 2019. | |||
21 | presentar soportes de afiliación en riesgos laborales teniendo en cuenta riesgo químico para el desarrollo de las actividades. | |||
22 | Presentar soportes de afiliaciones y pagos en salud del personal. | |||
23 | Atención de Emergencias y Contingencias | Presentar plan de contingencia para los escenarios de riesgo priorizados en la empresa que incluya niveles de alerta, despliegue de la estructura organizacional con sus respectivas funciones y recursos. | ||
24 | Dotar del kit respectivo de derrames, ubicar y señalizar en área de almacenamiento. | |||
25 | Presentar e implementar plan de evacuación y emergencias de la empresa. |
¿Qué se debe hacer?
- Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas para el trámite para las empresas aplicadoras de plaguicidas relacionados a requerimiento lavado de tanques, aplicación de plaguicidas, procesos de control de vectores y procesos de desinfección.
- Solicitar cita por medio de correo electrónico plaguicidas.tanques@gmail.com.
- En respuesta de correo electrónico de acuerdo a la programación remitida, se presentará el interesado en el punto y horario de atención señalado con los respectivos documentos ya mencionados.
- Decreto 1843 de 1991,: (Artículos 111, 112,171 - 175,181). Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V,VI, VII Y XI de la ley 09 DE 1979, sobre uso y manejo de plaguicida.
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