Refrendación del carné de aplicador de plaguicidas

¿Qué es y para qué sirve?

El carné de técnico aplicador de plaguicidas es un documento para cada persona empleada o contratista de empresa aplicadora de plaguicidas y que la misma, cuente con concepto sanitario Favorable emitido por la entidad de sectorial de salud a cargo de la conceptualización, como se encuentra estipulado en los artículos 111 y 112 del Decreto 1843 de 1991.

Es un trámite que se genera de manera presencial en el momento de refrendación del documento.


TELEFÓNICO (Únicamente para información)

  • Línea 195 lunes a domingo, 24 horas al día.

Este trámite no genera costo.

Al finalizar el trámite usted obtiene el carné de aplicador de plaguicidas.

De manera inmediata.

El ciudadano puede hacer seguimiento acerca del estado de su trámite a través del correo plaguicidas.tanques@gmail.com.

¿Quién puede realizarlo?, consulta los requisitos

Haber realizado el curso de capacitación de carácter teórico-práctico impartido por entidades oficiales o privadas, debidamente autorizadas, con una intensidad mínima de 60 (horas) acumulables al año.

  • Hoja de vida de la persona a carnetizar, donde se relacione la experiencia como aplicador de plaguicidas (máximo una hoja).
  • Carta de solicitud de carnetización relacionando los aplicadores.
  • Fotocopia del certificado de idoneidad, expedido por la entidad que impartió el curso, indicando intensidad horaria y temas (Certificado emitido por el SENA).
  • Carné de aplicador de plaguicidas de uso en salud pública emitido por la empresa aplicadora de plaguicidas.
 
SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR OCCIDENTE ESE PROYECTO DE VIGILANCIA INTENSIFICADA A EMPRESAS APLICADORAS DE PLAGUICIDA Y LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE ALMACENAMIENTO DE AGUA POTABLE EN BOGOTÁ D.C.
REQUISITOS NORMATIVOS PARA CONCEPTUALIZAR SANITARIAMENTE LA ACTIVIDAD DE LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE TANQUES DE AGUA POTABLE
VERSIÓN: 14 ABRIL DE 2020 CÓDIGO: FOR-RLT-02 Página 1 de 4
Contexto NormativoLey 09 de 1979
      
1. REQUISITOS GENERALESCUMPLIMIENTO
No.REQUERIMIENTO LEGALREQUISITO EXIGIDOSINO
            1Artículo 90 (Ley 09 de 1979): Las edificaciones permanentes o temporales que se utilicen como lugares de trabajo, cumplirán con las disposiciones sobre localización y construcción establecidas en esta Ley, sus reglamentaciones y con las normas de zonificación urbana que establezcan las autoridades competentes.Ley 232 de 1995 Derogado por el art.  242, Ley 1801 de 2016 - Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana, Artículo 87. Requisitos para cumplir                           actividades               económicas. 1.   Cumplir con las normas referentes al uso del suelo, destinación o finalidad para la que fue construida la edificación y su ubicación. (Concepto de idoneidad del uso del suelo para el desarrollo de la actividad económica). 2.   Mantener vigente la matrícula mercantil de la Cámara de Comercio de la respectiva jurisdicción donde se desarrolle la actividad.  
    2Áreas de Almacenamiento de Insumos, Maquinaria y EquipoArtículo 92 (Ley 09 de 1979): Los pisos de los locales de trabajo y de los patios deberán ser, en general, impermeables, sólidos y antideslizantes; deberán mantenerse en buenas condiciones y en lo posible secos.Los pisos, paredes y techos serán lisos y de fácil limpieza. Tendrán iluminación, ventilación y temperatura adecuada.  
      3Artículo 93 (Ley 09 de 1979): Las áreas de circulación deberán estar claramente demarcadas, tener la amplitud suficiente para el tránsito seguro de las personas y estar provistas de la señalización adecuada y demás medidas necesarias para evitar accidentes.  Señalización y demarcación de todas las áreas de trabajo            y            de           almacenamiento. Dotar de señalización alusiva a espacios libres de humo de cigarrillo de conformidad con la Ley 1335 de 2009.  
    4Artículo 109 (Ley 09 de 1979): En todos los lugares de trabajo deberán tener ventilación para garantizar el suministro de aire limpio y fresco, en forma permanente y en cantidad suficiente.  Tendrán iluminación, ventilación y temperatura adecuada en todas las áreas de trabajo y almacenamiento.  
            5Artículo 91 (Ley 09 de 1979): Los establecimientos industriales deberán tener una adecuada distribución de sus dependencias, con zonas específicas para los distintos usos y actividades, claramente separadas, delimitadas o demarcadas y, cuando la actividad así lo exija, tendrán espacios independientes para depósitos de materias primas, elaboración, procesos especiales, depósitos de   productos terminados y demás secciones requeridas para una operación higiénica y segura.        Establecimiento de uso exclusivo para el desarrollo de la actividad, no se permiten ingresos compartidos con actividades comerciales ni residenciales. El área de almacenamiento es de uso exclusivo por empresa.  
Artículo 564: Corresponde al Estado como regulador de la vida económica y como orientador de las condiciones de salud, dictar las disposiciones necesarias para asegurar una adecuada situación de higiene y seguridad en todas las actividades, así como vigilar su cumplimiento de las autoridades de la salud.    
Marco Normativo EspecificoResolución Distrital 2190 de 1991

Consideraciones:

  1. Que los tanques de almacenamiento domiciliario de aguas requieren un lavado y desinfección periódico a fin de garantizar la conservación de la calidad de agua.
  2. Que se requiere controlar a las Empresas dedicadas a realizar el lavado y desinfección de tanques.
            6CAPÍTULO III De los requisitos para el licenciamiento a empresas de lavado y desinfección de tanques de almacenamiento. (Conceptualización Sanitaria)      Dicha solicitud debe ser radicada a través de la dirección                                              electrónica http://autoregulacion.saludcapital.gov.co             o diríjase a la página web de la Secretaria de Salud en esta dirección www.saludcapital.gov.co y dar clic en el botón de negocios saludables negocios rentables.  
      7De los equipos. Para la realización de estas actividades, las empresas deberán usarse equipos en perfecto estado de funcionamiento, de modo que no constituyan riesgo para la salud del operario y eviten fugas que puedan causar daño a la comunidad o al ambiente.  Contar con hojas de vida de la maquinaria y el equipo, cronogramas y registros de mantenimiento.  
                  8Condiciones Locativas. La empresa deberá destinar para sus operaciones un local que reúna mínimo los siguientes requisitos en cuanto a instalaciones, edificaciones y servicios:

a)Espacio adecuado para administración y atención al público, debidamente aislado de las áreas de manejo, preparación y almacenamiento de sustancias.

b)Área de almacenamiento de materia prima con estantería y divisiones que garanticen adecuada separación de productos y suficiente aireación, ventilación e iluminación.

c)Área para almacenamiento y conservación de equipos, repuestos de aplicación y protección.

d)Área de preparación de productos, con suficiente ventilación hacia área libre y de fácil limpieza.

e)Cuarto con guardarropas de doble compartimiento, para uso de los operarios.

f)Servicios sanitarios debidamente dotados de elementos de aseo.

  
      9Almacenamiento de Residuos      Del almacenamiento de residuosImplementar código de colores para la separación en   la   fuente    de    los    residuos     sólidos. Definir área para el almacenamiento temporal de los residuos sólidos que cumpla condiciones locativas, capacidad y ubicación.  
    10De la dotación. El propietario o representante legal de la empresa está obligado a dotar de los equipos y elementos de protección personal e indumentaria a los operarios.Presentar registros detallados e históricos de la entrega de elementos de protección personal por cada uno de los operarios. de lo cual se debe tener en cuenta el riesgo de la actividad.  
       
   
  11De las medidas contra incendio. Deberá disponerse de los equipos y elementos contra incendio de acuerdo al riesgo.Dotar de extintores de acuerdo al riesgo, los cuales deben ser fijos y señalizados.  
    12De los primeros auxilios. Para efectos de prestación de primeros auxilios, las empresas en lugar apropiado y de fácil acceso, deberán disponer de un botiquín que contenga los elementos necesarios para atender casos de urgencia o emergencia.Los botiquines deben ser dotados de acuerdo a lo estipulado en la Resolución Distrital No. 0705/2007.  
          13De los servicios médicos. Toda persona natural o jurídica que en forma permanente, temporal o esporádica contrate o emplee trabajadores, estará obligada a suministrarles el servicio de atención y control médicos.

a)Exámenes de ingreso: clínico y de laboratorio.

b)Exámenes periódicos de control determinado por el riesgo que signifique la actividad, por lo menos     uno                          anual.

c)Exámenes médicos y de laboratorio al retiro del trabajador. Nota Aclaratoria: Los exámenes a que se refiere el presente artículo serán de acuerdo con los riesgos asociados s la actividad enfatizados en trabajo en alturas o espacios confinados.

  
    14De la idoneidad del personal.  El personal que labore en estas actividades deberá recibir cursos de capacitación y entrenamiento por cuenta de la personal natural o jurídica que los contrate.Estos cursos de carácter teórico-práctico en limpieza y desinfección de tanques son impartidos por empresas particulares, por lo cual dicha información debe ser solicitada al correo plaguicidas.tanques@gmail.com  
              15Del Protocolo de Procedimientos Artículo 5. Nombre del desinfectante utilizado, (genérico y comercial del producto, forma de presentación, concentración, autorización sanitaria del producto).   Artículo 6.  Aplicación del   producto, procedimiento, y concentración por metro cuadrado.   Artículo 7. Control al procedimiento: Muestreo y análisis en laboratorio de agua que se encuentre autorizado.    Presentar Protocolo de Procedimientos para el desarrollo de las actividades de limpieza y desinfección de tanques de agua potable, el cual debe hacer énfasis en Material y ubicación, anexar cuadro de dilución del desinfectante utilizado a 200 ppm (NTC 4576), el cual debe contar con Aval de un profesional en química del cual se debe anexar fotocopia del título profesional, cédula y tarjeta profesional.  
      16                OTROSContar con la ficha de datos de seguridad de todos los productos químicos utilizados y almacenados, revisando que cumplan con 16 secciones, en idioma español y actualizadas. Socializar con los trabajadores y disponer archivo físico en la bodega.  
    17presentar cronograma de lavado y desinfección de tanque(s) de almacenamiento de agua potable, mínimo dos veces al año. Realizado con empresa autorizada que cuente con concepto sanitario favorable menor a un año.  
  18Contar con formatos de diagnóstico y certificación de servicios de actividades realizadas por parte de la empresa.  
   
    19Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el TrabajoPresentar plan de trabajo anual con actividades y recursos necesarios para el cumplimiento del SGSST, aprobado por la gerencia y con definición clara de objetivos, metas e indicadores.  
  20Presentar calificación o diagnóstico inicial emitido por la ARL o profesional de acuerdo a lo plasmado a la Res 0312 de 2019.  
  21presentar soportes de afiliación en riesgos laborales teniendo en cuenta riesgo químico para el desarrollo de las actividades.  
22Presentar soportes de afiliaciones y pagos en salud del personal.  
    23Atención de Emergencias y ContingenciasPresentar plan de contingencia para los escenarios de riesgo priorizados en la empresa que incluya niveles de alerta, despliegue de la estructura organizacional con sus respectivas funciones y recursos.  
24Dotar del kit respectivo de derrames, ubicar y señalizar en área de almacenamiento.  
25Presentar e implementar plan de evacuación y emergencias de la empresa.  

 ¿Qué se debe hacer?

  1.  Reunir los documentos y cumplir con las condiciones establecidas para el trámite para las empresas aplicadoras de plaguicidas relacionados a requerimiento lavado de tanques, aplicación de plaguicidas, procesos de control de vectores y procesos de desinfección.
  2. Solicitar cita por medio de correo electrónico plaguicidas.tanques@gmail.com.
  3. En respuesta de correo electrónico de acuerdo a la programación remitida, se presentará el interesado en el punto y horario de atención señalado con los respectivos documentos ya mencionados.
  • Decreto 1843 de 1991,: (Artículos 111, 112,171 - 175,181). Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V,VI, VII Y XI  de la ley 09 DE 1979, sobre uso y manejo de plaguicida.

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